FUENZALIDA/TERÁN
Rol
C-3961-2022
Fecha
12 de diciembre de 2022
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, comparece GONZALO ESTEBAN FUENZALIDA CRUZ, con domicilio en calle Coronel Souper N 4060, departamento 1306° B, comuna de Estaci n Central, Regi n Metropolitana, viene en interponeró ó demanda de terminaci n de contrato de arrendamiento por no pago deó rentas, cobro de las mismas y restituci n del inmueble en procedimientoó sumario especial de la Ley N 18.101, en contra de ° CAROLAINE PATRICIA MEDINA MU OZ, Ñ funcionario p blico, y en contra deú JONATHAN DANIEL TERAN GONZALEZ, desconoce profesi n uó oficio, este ltimo en calidad de fiador y codeudor solidario, ambos conú domicilio en Pasaje Los Jilgueros N 1113, comuna de Padre Hurtado,° Regi n Metropolitana. ó Funda su demanda indicando que con fecha 27 de febrero de 2020, celebr con do a Carolaine Patricia Medina Mu oz, un contrato deó ñ ñ arrendamiento, respecto del inmueble del cual es propietario, y que se encuentra ubicado en Pasaje Los Jilgueros N 1113, comuna de Padre° Hurtado. Detalla que a marzo del a o 2022, la renta de arrendamiento alcanzñ ó la suma de $430.000.- pesos, mensuales, reajustada en un 5% cada 12 meses. As tambi n, en la cl usula novena del contrato don Jonathan Danielí é á Ter n Gonz lez, se constituy en calidad de fiados y codeudor solidario deá á ó las obligaciones contra das por la demandada principal. í Advierte, que el demandado no ha pagado las rentas desde el mes de abril y mayo del 2022, adeudando bajo este concepto la suma de $860.000, Código: FRZLXCEXLNS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3961-2022 Foja: 1 m s la suma de $30.000, correspondiente a la diferencia no pagada por elá canon del mes de marzo del 2022. Agrega, que la demandada tambi n debeé la suma de $643.300.- por electricidad, y la suma de $323.530.- pesos, por concepto de agua potable, arrojando una deuda por concepto de servicios b sicos de $966.830.- pesos. á Posteriormente, y previas citas legales, solicita se declare: a) Termina
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, GONZALO ESTEBAN FUENZALIDA CRUZ, demanda a CAROLAINE PATRICIA MEDINA MU OZ,Ñ por terminaci n de contrato de arrendamiento por no pago de rentas, enó procedimiento sumario especial de la Ley N 18.101, en calidad de° arrendataria, y a JONATHAN DANIEL TERAN GONZALEZ, en calidad de fiador y codeudor solidario, conforme fuere se alado en la parteñ expositiva de esta sentencia. SEGUNDO: Que, no consta que la parte demandada haya contestado la demandada interpuesta en su contra, raz n por la cual se tuvoó por precluido el plazo para contestar la demanda. TERCERO: Que, para acreditar su pretensi n, y en lo que interesa,ó la demandante produjo la siguiente prueba: 1.- A folio 1, contrato de arrendamiento celebrado con fecha 27 de febrero de 2019, entre Gonzalo Esteban Fuenzalida Cruz, en calidad de arrendador, y por la otra Carolaine Medina Mu oz en calidad deñ arrendatario, respecto del inmueble ubicado en Pasaje Los Jilgueros N 1113,° comuna de Padre Hurtado, Regi n Metropolitana. En la cl usula quinta, seó á pact la vigencia desde el 01 de marzo de 2020, por una duraci n de unó ó a o renovable autom ticamente. En su cl usula sexta, se pact una renta deñ á á ó arrendamiento por la suma de $390.000.- pesos, pagadero en forma anticipada, dentro de los primeros cinco d as de cada mes, reajustableí autom ticamente cada 12 meses en 5% a contar de la fecha de inicio delá contrato. Constan firmas autorizadas con fecha 27 de febrero de 2020, ante don Raimundo Espinoza Wood, Notario P blico. ú 2.- A folio 19, boleta electr nica de Aguas Andinas S.A., respecto aó inmueble de pasaje los jilgueros N 1113, Villa El Tr bol, Padre Hurtado,° é Código: FRZLXCEXLNS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3961-2022 Foja: 1 con fecha de emisi n 01/08/2022, por la suma total de $325.800.- pesos,ó corte en tr mite.á 3.- A folio 19, detalle de facturaci n cargos tarifarios decretoó VAD11T/2016, del inmueble ubicado en Los Jilgueros N 1113, Padre° Hurtado, fecha de facturaci n 16/08/2022, por un total a pagar deó $168.400.- pesos. CUARTO: Que, en lo que respecta a la valoraci n de la pruebaó producida en autos, sta ser apreciada de acuerdo a las reglas de la sanaé á cr tica, conforme lo preceptuado por el N 7 del art culo 8 de la Ley 18.101.í ° í QUINTO: Que, conforme a lo dispuesto en el art culo 1698 delí C digo Civil, correspond a por una parte a la demandante acreditar laó í existencia del v nculo contractual fundante de su pretensi n y lasí ó estipulaciones del mismo, lo que a juicio de este tribunal se ha logrado en virtud del contrato de arrendamiento singularizado en el considerando tercero que antecede. Dicho instrumento, como se dijo anteriormente, es valorado conforme a las reglas de la sana cr tica, í que no fuer objetado de contrario por lo que se le tiene por reconocido, y ha quedado demostrada la existencia del contrato de arrendamiento entre las partes, como as tambi
Fallo
POR ESTAS CONSIDERACIONES, y lo dispuesto en la Ley N° 18.101; los art culos 1437, 1545, 1551 N 3 y 1698 del C digo Civil; 139,í ° ó 144, 160 y 170 del C digo de Procedimiento Civil; y dem s normasó á pertinentes, se dispone: I.- Que, SE ACOGE la demanda de terminaci n de contrato deó arrendamiento por no pago de rentas, interpuesta a lo principal de folio 1, declar ndose terminado el contrato sub lite, y conden ndose al arrendatarioá á a restituir a la demandante el inmueble arrendado, dentro de tercero d aí desde que este fallo cause ejecutoria, bajo apercibimiento de lanzamiento con auxilio de la fuerza p blica.ú II-. Que, SE CONDENA a las demandadas al pago solidario de las rentas de arrendamiento adeudadas correspondiente los meses de abril y mayo del a o 2022, ambos inclusive, como as tambi n, la suma deñ í é $30.000.- pesos, correspondiente a la diferencia no pagada por el canon del mes de marzo del 2022; teniendo presente que el canon de arrendamiento a la fecha de suscripci n del contrato corresponde a la suma de $390.000.-ó pesos mensuales y reajustable conforme lo pactado en la cl usula sexta delá contrato; as como al pago de todas aquellas rentas devengadas durante laí tramitaci n de este juicio hasta la fecha de la entrega efectiva de laó propiedad; sumas que deber n ser reajustadas de conformidad con loá preceptuado en el art culo 21 de la Ley N 18.101, todo ello conformeí ° liquidaci n que se practicar en Secretar a de este Tribunal en laó á í oportunidad respe
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C-3961-2022 Foja: 1 FOLIO: 32 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 22 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-3961-2022 CARATULADO : FUENZALIDA/TER NÁ Santiago, doce de Diciembre de dos mil veintid só VISTO: A folio 1, comparece GONZALO ESTEBAN FUENZALIDA CRUZ, con domicilio en calle Coronel Souper N 4060, departamento 1306° B, comuna de Estaci n Central, Regi n Metropolitana, viene en
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