COMPAÑÍA MINERA DOÑA INÉS DE COLLAHUASI SCM/
Rol
V-111-2021
Fecha
9 de diciembre de 2022
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Don MARIO GONZÁLEZ DÍAZ, chileno, casado, abogado, en representación de COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI SCM, empresa chilena del rubro de su denominación, ambos domiciliados en calle Baquedano N°902, presentó con fecha 15 de junio de 2021, la manifestación minera de 60 pertenencias mineras de 5 hectáreas cada una, abarcando un área total de 300 hectáreas, denominadas “TRAYECTO Z 1 AL 60”. SEGUNDO: La manifestación se inscribió a fojas 283 bajo el Nº 176, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Iquique, correspondiente al año 2021. TERCERO: La manifestación y la solicitud de mensura antes referidas se publicaron con fecha 7 de julio de 2021 y 17 de enero de 2022, respectivamente, en el Boletín Oficial de Minería de la Provincia de Iquique. CUARTO: El Servicio Nacional de Geología y Minería emitió el informe correspondiente con fecha 21 de noviembre de 2022, consignando que “los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, su acta, y plano están correctos; la forma, las dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno manifestado como dentro del abarcado por la solicitud de mensura” Código: HKQDXCFZXCR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl QUINTO: Las coordenadas UTM de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior del grupo de pertenencias mineras, denominada “TRAYECTO Z 1 AL 60” materia de esta concesión, son: VERTICE NORTE (m) ESTE (m) P.I. 7.702.800,00 386.250,00 1 7.703.800,000 385.500,000 2 7.703.800,000 386.000,000 38 7.702.000,000 386.000,000 40 7.702.000,000 387.000,000 48 7.701.800,000 387.000,000 45 7.701.800,000 385.500,000 SEXTO: Se hace presente además, que la solicitud de manifestación minera a su ingreso fue denominada por el solicitante como “TRAYECTO Z 1 AL 60”, con un grupo de 60 pertenencias y una superficie total de 300 hectáreas, sin embargo, con posterioridad y conjuntamente con la reducción de las pertenencias mensuradas a un total de 24 pertenencias y reduciendo la superficie total de la manifestación a un total 120 hectáreas, fue tácitamente denominado como “TRAYECTO Z 1 AL 24”, al referirla así en todos los documentos, lo que es concordante con las pertenencias finalmente solicitadas, razón por la cual se consignará en definitiva como “TRAYECTO Z 1 AL 24”, con la cantidad de pertenencias y hectáreas finalmente señaladas. Y Vistos, además, lo dispuesto en los artículos 85 y 87 del Código de Minería, y artículo 42 del Reglamento
Fallo
SE DECLARA: SE APRUEBA el acta y plano de mensura del grupo de 24 pertenencias denominadas “TRAYECTO Z 1 AL 24”, con una Código: HKQDXCFZXCR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl superficie total de 120 hectáreas y se declaran constituidas las referidas pertenencias a favor de su titular COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI SCM, ya individualizado. Publíquese esta sentencia en extracto conforme lo ordena el artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. Inscríbase esta sentencia dentro del plazo de 120 días que señala el artículo 89 del Código de Minería en el Registro correspondiente del Conservador de Minas de Iquique y remítase copia del plano al Conservador de Minas referido para su archivo. Hágase entrega al interesado del original del plano a fin de que dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. En su oportunidad, certifíquese la ejecutoria de la sentencia. El solicitante deberá extraer del sistema de tramitación electrónica las copias necesarias para el cumplimiento de lo ordenado. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. Dictada por doña PATRICIA ALEJANDRA SHAND SCHOLZ, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras de Iquique. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. y se notificó por el estado diario la sentencia precedente, en Iquique, nueve de Diciembre de dos
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FOJA: 26 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Iquique CAUSA ROL : V-111-2021 CARATULADO : COMPAÑÍA MINERA DOÑA INÉS DE COLLAHUASI SCM/ Iquique, nueve de Diciembre de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Don MARIO GONZÁLEZ DÍAZ, chileno, casado, abogado, en representación de COMPAÑÍA MINERA DOÑA INES DE COLLAHUASI SCM, empresa chilena del rubro de su
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