2º Juzgado Civil de Viña del Mar

SALGADO/

Rol

V-285-2022

Fecha

7 de diciembre de 2022

Materia

BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: Con fecha 24 de octubre de 2022, comparece don Juan Silvestre Inostroza Olivos, pensionado, domiciliado en Antonio Varas N° 1562, comuna de Quilpu ;é y do a ñ Leslie Carolina Inostroza Salgado, educadora de p rvulos, domiciliada ená Antonio Varas N° 1562, comuna de Quilpu , compareciendo, en calidad deé curadora definitiva de bienes de su madre, do a ñ Dominga del Rosario Salgado L pezó , declarada interdicta por sentencia judicial de fecha 9 de mayo de 2022, domiciliada en el establecimiento de larga estad a para el adulto mayor “ELEAMí MAR A JES S”, ubicado en calle Samuel Valencia N° 836, comuna de Quilpu ,Í Ú é quienes vienen en solicitar se conceda autorizaci n judicial para enajenaró el bien ra z denominado Parcela Forestal n mero 1440, ubicada en Re aca de laí ú ñ comuna de Vi a del Mar.ñ Con fecha 24 de octubre de 2022, la parte solicitante acompañó documentos. Con fecha 10 de noviembre de 2022, se llev a efecto informaci n sumariaó ó de testigos. Con fecha 21 de noviembre de 2022, se agreg informe del Defensoró P blico. ú Se trajeron los autos para fallo.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, con fecha 24 de octubre de 2022, comparece don Juan Silvestre Inostroza Olivos, pensionado, domiciliado en Antonio Varas N° 1562, comuna de Quilpu ; y do a é ñ Leslie Carolina Inostroza Salgado, educadora de p rvulos, domiciliada en Antonio Varas N° 1562, comuna de Quilpu ,á é compareciendo, en calidad de curadora definitiva de bienes de su madre, do añ Dominga del Rosario Salgado L pezó , declarada interdicta por sentencia judicial de fecha 9 de mayo de 2022, domiciliada en el establecimiento de larga estad aí para el adulto mayor “ELEAM MAR A JES S”, ubicado en calle SamuelÍ Ú Código: XCXJXCZBDYQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Valencia N° 836, comuna de Quilpu , quienes vienen en solicitar se concedaé autorizaci n judicial para enajenar el bien ra z denominado Parcela Forestal n meroó í ú 1440, ubicada en Re aca de la comuna de Vi a del Mar.ñ ñ Indica que, con fecha 23 de febrero de 1977, contrajeron matrimonio do añ Dominga del Rosario Salgado L pez ó y don Juan Silvestre Inostroza Olivos, ante el oficial del Registro Civil de la circunscripci n ó Quilpué, inscrito con el n mero 77ú del registro de matrimonios correspondiente al mismo a o, bajo el ñ r gimen deé sociedad conyugal. Expone que, seg n consta en la inscripci n de fojas 717, n mero 796, delú ó ú Registro de Propiedad del a o 2017, del Conservador de Bienes Ra ces de Vi a delñ í ñ Mar, don Juan Silvestre Inostroza Olivos adquiri por la suma de $5.000.000.-, laó Parcela Forestal n mero 1440, ubicada en Re aca de la comuna de Vi a del Mar,ú ñ ñ individualizada en los planos agregados con los n meros 122 del a o 1954 y 1131ú ñ del a o 1964, ambos en el Registro de Documentos del Conservador de Bienesñ Ra ces de Valpara so, cuyos deslindes particulares, son los siguientes: AL NORTE,í í con parcelas n meros 1436 y 1437; AL SURORIENTE, con camino cortafuego;ú AL PONIENTE, con parcela 1439.- ROL N° 7032-60. Refiere que, seg n consta en el Certificado de Aval o Fiscal del Servicio deú ú Impuestos Internos, correspondiente al primer semestre de 2022, dicha propiedad tiene un destino agr cola y un aval o fiscal asciende a $436.225.-í ú Se ala que, do a ñ ñ Dominga del Rosario Salgado L pezó , comenz a padeceró demencia de tipo Alzheimer, en estado avanzado, y que, por razones de un mejor cuidado y atenci n de su enfermedad, fue ingresada a un establecimiento de largaó estad a para el adulto mayor (ELEAM) “ELEAM MAR A JES S”, que resultaí Í Ú ser id neo en atenci n a su estado y gravedad actual. ó ó Expresa que, mediante sentencia definitiva, ya firme y ejecutoriada, dictada con fecha 09 de mayo de 2022, en causa Rol N° V-5-2022, del Primer Juzgado de Letras de Quilpu , se declar la interdicci n definitiva de do a é ó ó ñ Dominga del Rosario Salgado L pezó , por causa de demencia por Alzheimer, luego de acreditar en dicho proceso judicial, su discapacidad mental y movilidad reducida, pri

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los art culosí 817 y 819 del C digo de Procedimiento Civil, ó y de conformidad al m rito de losé antecedentes allegados y analizados se declara que: Se concede a do añ Leslie Carolina Inostroza Salgado la autorizaci n paraó enajenar el bien social de do añ Dominga del Rosario Salgado L pez,ó correspondiente a la Parcela Forestal n mero 1440, ubicada en Re aca de laú ñ comuna de Vi a del Mar, cuya inscripci n de dominio rola a fojas 717 n meroñ ó ú 796 del Registro de Propiedad del a o 2017, en el Conservador de Bienes Ra cesñ í de Vi a del Mar,ñ esto es mediante p blica subasta, en los t rminos se alados, porú é ñ el se or Defensor P blico.ñ ú Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Rol V-285-2022 Dictada por do a ñ Cecilia Sagredo Olivares, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Vi a del Marñ , siete de Diciembre de dos mil veintid só Código: XCXJXCZBDYQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Código: XCXJXCZBDYQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-12-07T10:44:43-0300

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Vi a del Marº ñ CAUSA ROL : V-285-2022 CARATULADO : SALGADO/ Vi a del Marñ , siete de Diciembre de dos mil veintid só Visto: Con fecha 24 de octubre de 2022, comparece don Juan Silvestre Inostroza Olivos, pensionado, domiciliado en Antonio Varas N° 1562, comuna de Quilpu ;é y do a ñ Leslie Carolina Inostroza Salgad

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