JORQUERA/CONSTRUCTORA LUIS CARRERA S.A
Rol
C-34625-2019
Fecha
7 de diciembre de 2022
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que a folio 1 con fecha16 de diciembre de 2019, se presenta doña Nicole Mary Ann Jorquera Tolhuysen, domiciliada en El agua Quieta Sur N°6843, Altos del Bosque, La Florida, Región Metropolitana, y señala: Que, dentro de plazo, deduce demanda en juicio sumario en contra de INMOBILIARIA SANTA ROSA DE APOQUINDO S.A. , persona jurídica del giro de su denominación, representada por don Germán BartelJeffery, ingeniero civil, y por don Cristian Adolfo Sánchez Lay, ingeniero comercial, todos domiciliados en calle Asturias N° 280, oficina 301, comuna de Las Condes, Santiago y de ENACO S.A., persona jurídica del giro de su denominación, representada legalmente por don Patricio Muñoz, ambos domiciliados en calle Asturias N°280, oficina 301, comuna de Las Condes. Funda su demanda en los siguientes antecedentes: I) ANTECEDENTES DE HECHO: I.1) Individualización del inmueble y antecedentes de su adquisición: Expresa al respecto que es dueña conjuntamente con su marido, Sebastián Andrés Romero Romero, de la casa ubicada en calle El Agua Quieta Sur número 6843, del Loteo Santa Sofía de Macul, identificado precedentemente, de la Comuna de La Florida, Región Metropolitana, que corresponde al lote número 217 del plano de loteo que rola archivado bajo el Nº 35.138 – ZZW, con fecha 9 de Julio de 2018, en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y cuyos deslindes son los siguientes: Al Norte, con calle El Agua Quieta Sur; al Sur, con lote número 196 de la misma manzana; al Oriente con lote número 216 de la Código: FJVJXCBYYXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl «C-34625-2019» misma manzana, y al Poniente, con lote número 218 de la misma manzana. La propiedad fue inscrita a nuestro nombre, en el conservador de bienes raíces bajo la foja 817330, número 115051, del año 2018. La propiedad fue adquirida mediante un contrato de compraventa, mutuo e Hipoteca con la Inmobiliaria Santa Rosa de Apoqu
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con su demanda de folio 1 de fecha 16 de diciembre de 2019 la parte demandante persigue que se declare que las demandadas, en su calidad de propietarias primeras vendedoras del inmueble del que se trata en autos, son responsables por todos los daños y perjuicios provenientes de las fallas o defectos que esta presenta, y que, en consecuencia deben arreglarlos e indemnizar los perjuicios causados a la demandante, por los conceptos y montos señalados en el cuerpo de este escrito, o por el monto que se estime conforme al Código: FJVJXCBYYXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl «C-34625-2019» derecho y a la equidad; y condenar a las demandas expresamente al pago de costas. Funda su demanda en que es dueña conjuntamente con su marido, Sebastián Andrés Romero Romero, de la casa ubicada en calle El Agua Quieta Sur número 6843, del Loteo Santa Sofía de Macul, identificado precedentemente, de la Comuna de La Florida, Región Metropolitana, que corresponde al lote número 217 del plano de loteo que rola archivado bajo el Nº 35.138 – ZZW, con fecha 9 de Julio de 2018, en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y cuyos deslindes son los siguientes: Al Norte, con calle El Agua Quieta Sur; al Sur, con lote número 196 de la misma manzana; al Oriente con lote número 216 de la misma manzana, y al Poniente, con lote número 218 de la misma manzana. La propiedad fue inscrita a nuestro nombre, en el conservador de bienes raíces bajo la foja 817330, número 115051, del año 2018. La propiedad fue adquirida mediante un contrato de compraventa, mutuo e Hipoteca con la Inmobiliaria Santa Rosa de Apoquindo, persona jurídica del giro de su denominación, representada por don Germán Bartel Jeffery, y por don Cristian Adolfo Sánchez Lay, para adquirir una propiedad en el conjunto habitacional denominado “Alto Macul” de la comuna de La Florida. Mediante este contrato, la Inmobiliaria Santa Rosa de Apoquindo S.A., vendió, cedió y transfirió a don Sebastián Andrés Romero Romero y a doña Nicole Mary Ann Jorquera Tolhuysen, el inmueble ubicada en la calle El Agua Quieta Sur número 6843, del Loteo Santa Sofía de Macul, de la Comuna de La Florida, Región Metropolitana, que corresponde al lote número 217 del plano de loteo que rola archivado bajo el Nº 35.138 – ZZW, con fecha 9 de Julio de 2018, en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Señala que la recepción Definitiva de Obras de Edificación de la Edificación del inmueble señalado, se otorgó mediante Certificado de Recepción Definitiva de Obras de Edificación número 486, otorgado por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de La Florida, con fecha 28 de Junio de 2018. Fallas o defectos constructivos de la propiedad: Al efecto manifiesta que la compra de la casa individualizada en el punto I.1.-, el que fue destinado a la habituación del matrimonio compuesto por la demandante y su esposo y su hijo de 2 años de edad, se h
Fallo
Por tanto, la indemnización por daño moral es “satisfactiva” -como señalan los autores- y tiende a procurar a la víctima agrados y placeres que atenúen la pérdida del interés afectado. Luego, siendo inepto el libelo por este motivo, oponen la excepción prevista en el N°4 del artículo 303 en relación con el N°4 del artículo 254, ambas del Código de Procedimiento Civil, en cuanto a que la demanda no contiene la exposición clara de los hechos en que se funda.- Por el primer otrosí, contestan la demanda interpuesta por doña Nicole Mary Ann Jorquera Tollhuysen,: I.- ANTECEDENTES: 1.- Doña Nicole Mary Ann Jorquera Tollhuysen, interpone demanda aparentemente de acuerdo lo dispone el artículo 18 de la Ley General de Urbanismos y Construcciones, señalando que y como fundamento del supuesto hecho culposo, lo siguiente: “I.4.- Daños provocados y Obligación de Indemnizarlos Desde que comencé junto a mi familia a vivir en la casa he sufrido de variados perjuicios. Solo a modo de ejemplo: por un largo periodo los muebles del dormitorio, de la demandante de autos, incluyendo la cama, debieron estar en la sala de estar, tanto yo como mi hijo pequeño, nos hemos caído y tropezado con la alfombra suelta. Se ha afectado la vida familiar, porque las planificaciones de las actividades familiares han sido constantemente afectadas por la presencia de maestros en a casa o por el anuncio de visitas de inspección, que en algunos Código: FJVJXCBYYXQ Este documento tiene firma electrónica y su original
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«C-34625-2019» FOJA: 89 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 28 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-34625-2019 CARATULADO : JORQUERA/CONSTRUCTORA LUIS CARRERA S.A Santiago, siete de Diciembre de dos mil veintid só VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que a folio 1 con fecha16 de diciembre de 2019, se presenta doña Nicole Mary Ann Jorquera Tolhuysen, domiciliada en El agua Quieta Sur N°6843,
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