Juzgado de Letras y Gar.de Pucón

EPULEF/BANCO DE CHILE

Rol

C-244-2020

Fecha

6 de diciembre de 2022

Materia

LEY INDÍGENA (ART.56 DE LA LEY 19.253

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: A folio 1 comparece don MARCELO EDUARDO NECULMAN MU OZ,Ñ RUT N 10.343.900-0, abogado, domiciliado en calle General Urrutia N 283, oficina° ° N 23, Puc n, en representaci n procesal de don ° ó ó ALDO EPULEF GUTI RREZ,É RUT N 6.299.814-8, agricultor, domiciliado en Kil metro 26 de la Ruta Internacional° ó Puc n a Curarrehue, dedujo demanda de nulidad absoluta del contrato de hipoteca enó contra de BANCO DE CHILE, RUT N 97.004.000-5, Sociedad An nima Bancaria,° ó representada legalmente por don EDUARDO EBENSPERGER ORREGO, RUT N 9.851.837-1, ingeniero comercial, ambos con domicilio en calle Ahumada N 251,° ° Santiago. A folio 27, tiene lugar audiencia de contestaci n y conciliaci n con fecha 28 deó ó septiembre de 2021, contestaci n por minuta escrita que rola en fojas veintid s.ó ó A folio 73, Corporaci n Nacional de Desarrollo Ind gena -en adelante CONADI-ó í contesta Oficio. A folio 78, quedan los autos para fallo. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que, a folio 1 comparece don Marcelo Neculman Mu oz, enñ representaci n procesal de don Aldo Epulef Guti rrez, deduce demanda de nulidadó é absoluta del contrato de hipoteca en contra de Banco de Chile, representado legalmente por don Eduardo Ebensperger Orrego, en base a los hechos y fundamentos que expone. Se ala que, con fecha 25 de mayo de 2012, por escritura p blica otorgada enñ ú Villarrica, ante don Francisco Javier Mu oz Flores, Notario P blico y Conservador deñ ú Minas Titular de la comuna de Villarrica, Repertorio N 1266-2012, don Aldo Epulef° Guti rrez, celebr con Banco de Chile, un contrato hipotecario por el cual constituyé ó ó una hipoteca de primer grado para asegurar a este ltimo, el cumplimiento exacto,ú ntegro y oportuno de todas y cualesquiera de las obligaciones que el constituyenteí adeude o le adeudare en el futuro, - directa o indirectamente en moneda nacional o extranjera, conjunta o separadamente, ya sea como suscriptor, como aceptante, girador, endosante o avalista - , en lo que se conoce como una cl usula de garant a generalá í hipotecaria pactada en base a lo dispuesto en el inciso final del art culo 2413 del C digoí ó Civil, cuyos t rminos espec ficos se indican en la cl usula segunda de la referida escrituraé í á p blica.ú Indica que, la hipoteca como derecho real qued asentada sobre los siguientesó predios de propiedad del constituyente: A).- LOTE N MERO UNOÚ , de una superficie de 0,6441 hect reas, que deslinda: NORTE: Camino P blico de Puc n a Curarrehue ená ú ó 72,32 metros; ESTE: Con Lote n mero 2 creado en esta subdivisi n en 107,11 metros;ú ó SUR: Con Lote n mero 6 creado en esta subdivisi n en 24,54 metros y r o Cahueda eú ó í ñ en 60,12 metros; y, OESTE: Parcela n mero 2 en 76,57 metros; B).- ú LOTE NUMERO DOS, de una superficie de 0,7208 hect reas, que deslinda: NORTE:á Camino p blico de Puc n a Curarrehue en 70,09 metros; ESTE: Con Lote n mero 3ú ó ú creado en esta subdivisi n en 107,34 metros; SUR: Con Lote n mero 6 creado en estaó ú Código: SMZXXCXJQBQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 subdivisi n en 64,51 metros; y, OESTE: Con Lote n mero 1 creado en esta subdivisi nó ú ó en 107,11 metros. C).- LOTE N MERO CUATROÚ , de una superficie de 0,5186, que deslinda: NORTE: Camino p blico de Puc n a Curarrehue en 53,78 metros; ESTE:ú ó Con Lote n mero 5 creado en esta subdivisi n en 95,77 metros; SUR: Con Lote n meroú ó ú 9 creado en esta subdivisi n en 54,63 metros; y, OESTE: Con Lote n mero 3 creado enó ú esta subdivisi n en 66,80 metros y con Lote n mero 8 creado en esta subdivisi n enó ú ó 28,79 metros. D).- LOTE N MERO CINCOÚ , de una superficie de 0,5001 hect reas,á que deslinda: NORTE: Camino p blico de Puc n a Curarrehue en 52,33 metros; ESTE:ú ó Con Jos Conejeros en 96 metros; SUR: Con Lote n mero 10 creado en esta subdivisi né ú ó en 52,13 metros; y, OESTE: Con Lote n mero 4 creado en esta subdivisi n en

Fallo

por tanto ineficaces desde el punto deí vista del derecho, pues su nico objeto es impedir que su representado pueda obtener elú pago de los cr ditos. La regla que deriva de tal doctrina en el mundo jur dico consiste ené í que a nadie es l cito hacer valer un derecho en contradicci n con su anterior conducta,í ó lo que concierne al principio que impide que las conductas contradictorias sean legitimadas y que se expresa en la m xima á “venire contra factum propium non valet .” El derecho subjetivo debe ejercitarse, por tanto, seg n la confianza depositada enú el titular por la otra parte y seg n la consideraci n que sta pueda pretender, de acuerdoú ó é con la clase de vinculaci n especial existente entre ellas.ó El sustento de tal principio se halla en la buena fe, consagrada en el art culo 1546í del C digo Civil, al interior de los contratos, para explicar c mo se han de ejecutar losó ó mismos, pero que es de general aplicaci n dentro de nuestro derecho y, en definitiva, deó todo ordenamiento jur dico, no solo como un supuesto de hecho tendiente a regularí diversas situaciones jur dicas, sino que como una exigencia del comportamiento jur dicoí í de los hombres, tanto en los convenios, acuerdos o negocios jur dicos que celebran entreí s , como en su interpretaci n y ejecuci n. Prueba indesmentible de lo anterior lo son losí ó ó art culos 1560 y 1564 del C digo Civil y asimismo el 1683, que niega la posibilidad aí ó quien conoc a de un vicio e igualmente celebr el contrato, pedi

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Puc nó CAUSA ROL : C-244-2020 CARATULADO : EPULEF/BANCO DE CHILE Pucon, seis de Diciembre de dos mil veintid só VISTOS: A folio 1 comparece don MARCELO EDUARDO NECULMAN MU OZ,Ñ RUT N 10.343.900-0, abogado, domiciliado en calle General Urrutia N 283, oficina° ° N 23, Puc n, en representaci n procesal de don ° ó ó ALDO EPUL

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica