TOLOZA/FUENTES
Rol
C-119-2022
Fecha
5 de diciembre de 2022
Materia
PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, con fecha 28 de enero de 2022, comparece do a Priscila Salgado Vald s,ñ é abogada, con domicilio en Rom n D az N 1406, departamento N 206, Providencia,á í ° ° Santiago, en representaci n de don ó Polonio del Tr nsito Toloza Ericesá , electricista, domiciliado en Galvarino n mero 302, Laguna Verde, Valpara so y de don ú í Pablo Esteban Toloza Erices, alba il, domiciliado en pasaje Iquique sin n mero, Quillota,ñ ú quien interpone demanda de precario, en juicio sumario, en contra de don Osvaldo Santiago Fuentes Frez, ignora profesi n u oficio, con domicilio en Guillermo Murilloó n mero 8, El Progreso, Laguna Verde, Valpara soú í . Que, con fecha 16 de febrero de 2022, se notifica de acuerdo a lo prevenido en el art culo 44 del C digo de Procedimiento Civil al demandado.í ó Que, con fecha 23 de febrero de 2022, se lleva a efecto el comparendo de estilo, con la asistencia de la abogada de los demandantes, y del abogado del demandado. La demandada contesto la demanda, solicitando su rechazo. Llamadas las partes a conciliaci n esta no se produjo.ó Que, con fecha 25 de febrero de 2022 se recibe la causa a prueba. Que, con fecha 1 de diciembre de 2022, se cit a las partes a o r sentencia.ó í
Fundamentos
CONSIDERANDO: I. EN CUANTO A LA OBJECI N DE DOCUMENTOS.Ó PRIMERO: Que por presentaci n de 11 de agosto de 2022, al folio 71, laó demandante vino en objetar los documentos acompa ados por el demandado en elñ primer otros de la presentaci n de folio 26, signados con los n meros 7, 8 y 9,í ó ú correspondientes a comprobantes de transferencias electr nicas de los meses de agosto,ó octubre y diciembre de 2021, los cuales objeta y observa por falta de integridad. Junto con lo anterior, la demandante en lo principal de su presentaci n de 7 deó noviembre de 2022, a folio 77, objet los documentos acompa ados por la demandadaó ñ por presentaci n de 27 de octubre de 2022 a folio 75, correspondientes a comprobanteó de transferencia electr nica.ó Código: XHXXXCGXNXP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 SEGUNDO: Que, en cuanto a la objeci n de documentos formulada a folio 71,ó sin perjuicio de tener presente que los documentos que la parte objeta no se tuvieron por acompa ados, tal como consta en el acta de audiencia de percepci n documental de 8ñ ó de agosto de 2022 a folio 68, la objeci n igualmente ser a desestimada, toda vez que, laó í parte alega su falta de integridad pero no la fundamenta en causal legal y, por lo dem s,á consta que apuntan a impugnar el m rito probatorio de los documentos acompa ados,é ñ cuesti n que se encuentra entregada, por ley, de manera privativa al tribunal.ó Que, en cuanto a la objeci n de documentos formulada a folio 77, respecto deó aquellos singularizados a folio 75, para efectos de desestimarla se tendr en consideraci ná ó que la demandante no fundamenta la objeci n en causa legal alguna, simplementeó solicita restarle m rito probatorio, cuesti n que como ya se se al est entregada deé ó ñ ó á manera privativa a este tribunal, raz n por la cual habr de ser desechada.ó á II. EN CUANTO A LAS TACHAS: TERCERO: Que con fecha 21 de abril de 2022, la demandante formula tacha en contra del testigo don Eduardo Del Carmen Reyes Aravena, fundada en la causal del N 8 del art culo 358 del C digo de Procedimiento Civil, por cuanto l se ala que es° í ó é ñ amigo de don Osvaldo Fuentes por m s de 30 a os, que se visitan com nmente por suá ñ ú amistad y que l apoya y ayuda en este juicio a don Osvaldo Fuentes.é El demandado, evacuando el traslado, solicita su rechazo, por cuanto como se ha entendido por la Doctrina y la Jurisprudencia, la tacha que se est invocando se debeá fundar en antecedentes claros y adem s, se tiene que tratar de una amistad ntima, ená í ninguna parte de la declaraci n del testigo ha manifestado que ste tenga una amistadó é ntima con el demandado, sino que simplemente ha mencionado que son amigos y queí se visitan espor dicamente, son vecinos, pero de sus dichos no se deduce ni se haá expresado de manera manifiesta que tengan una amistad ntima. Es m s, el testigo haí á se alado que su inter s, al final, es que se haga justicia. Por lo tanto, en n
Fallo
Por estas consideraciones y vistos, adem s, lo dispuesto en el art culo 1713 y 2195á í inciso segundo del C digo Civil y 341 y siguientes, y 680 y siguientes del C digo deó ó Procedimiento Civil, se declara: I.- En cuanto a la objeci n de documentos:ó 1.- Que se rechazan las objeciones de documentos deducidas por la parte demandante a folio 71 y a folio 77. II.- En cuanto a las tachas: 1.- Que se acoge la tacha opuesta por la parte demandante respecto del testigo don Eduardo Del Carmen Reyes Aravena. 2.- Que se rechaza la tacha opuesta por la parte demandante respecto del testigo don Guillermo Jonathan Galarce Moya. IV.- En cuanto al fondo: 1.- Que, se rechaza la demanda presentada con fecha 28 de enero de 2022 por la abogada Priscila Salgado en representaci n de don Polonio Del Transito Tolozaó Erices y don Pablo Esteban Toloza Erices en contra de don Osvaldo Santiago Fuentes Frez. 2.- Que, no se condena en costas al demandante, por estimar que ha litigado con motivo plausible. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Rol N 119-2022° Pronunciada por do a ñ Silvia Veloso Bustos, Juez Titular del Quinto Juzgado Civil de Valpara so.í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Valparaiso, cinco de Diciembre de dos mil veintid só Código: XHXXXCGXNXP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Código: XHXXXCGXNXP Este documento tien
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Foja: 1 FOJA: 73 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 5 Juzgado Civil de Valpara soº í CAUSA ROL : C-119-2022 CARATULADO : TOLOZA/FUENTES Valparaiso, cinco de Diciembre de dos mil veintid só VISTOS: Que, con fecha 28 de enero de 2022, comparece do a Priscila Salgado Vald s,ñ é abogada, con domicilio en Rom n D az N 1406, departamento N 206, Providencia,á í ° ° Santiago, en representaci
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