2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

GUTIÉRREZ/EDIFICIO CERRO COLORADO HABITACIONAL I

Rol

O-3658-2022

Fecha

3 de julio de 2023

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos que constan en registro de audio: 1) Pamela Alejandra Matos Camargo, cédula de identidad N°26.883.519-9. 2) Teresa Valeria Quiroz Krawczyk, cédula de identidad N°26.116.021-8. 3) Armando Nicolas Coloma Peppe, cédula de identidad N° 14.441.568-K. Otros medios de prueba: 1) Video de cámara de seguridad, de fecha 8 de febrero de 2022, duración 1:34. 2) Video de cámara de seguridad, de fecha 9 de febrero de 2022, duración 1:35. 3) Video de cámara de seguridad, de fecha 10 de febrero de 2022, duración 1:25. 4) Video de cámara de seguridad, de fecha 11 de febrero de 2022, duración 2:38. Video de cámara de seguridad, de fecha 12 de febrero de 2022, duración 2:51. Se deja constancia que la parte demandante viene en oponerse a la incorporación de los videos, debido a que la parte demandada no cumplió con el apercibimiento legal, el Tribunal no hace lugar a la solicitud, conforme consta en registro de audio. El Tribunal ordena a la parte demandada a que debe acompañar los videos en un pendrive o medio electrónico, para que queden en custodia del Tribunal. Se incorpora por el Tribunal, en virtud facultades artículo 429 CT: Documental: 1) Carta de aviso de término de relación laboral, de fecha 21 de febrero de 2022. La parte DEMANDANTE incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Acta de comparendo de conciliación de fecha 25 de abril de 2022. 2) Liquidaciones de remuneraciones de don HÉCTOR ENRIQUE GUTIÉRREZ BELLO de los meses de enero de 2022, diciembre, noviembre, octubre, septiembre y agosto de 2021. 3) Contrato de trabajo de fecha 1 de abril de 2015, celebrado entre don HÉCTOR ENRIQUE GUTIÉRREZ BELLO y EDIFICIO CERRO COLORADO HABITACIONAL I. 4) Anexo de contrato de trabajo de fecha 1 julio de 2015 celebrado entre don HÉCTOR ENRIQUE GUTIÉRREZ BELLO y EDIFICIO CERRO COLORADO HABITACIONAL I. El Tribunal tiene por incorporada la prueba documental de la parte demandante y ordena su custodia. Confesional: La parte demandante no incorpora este me

Fundamentos

CONSIDERANDO: Parte resolutiva

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 10, 41, 63, 67, 162, 163, 168, 172, 173, 420 y siguientes, 453, 454 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I. Que, HA LUGAR a la demanda interpuesta por don HÉCTOR ENRIQUE GUTIÉRREZ BELLO, en contra de EDIFICIO CERRO COLORADO HABITACIONAL I, representado por don Armando Nicolás Coloma Peppe y, se declara que el despido de que fue objeto el demandante con fecha 21 de febrero del 2022 es indebido e injustificado y, en consecuencia, se condena a dicha demandada a pagar las siguientes prestaciones: 1. $523.728.- por indemnización sustitutiva del aviso previo. 2. $3.666.096.-, por indemnización por años de servicio. 3. $2.932.876.-, por recargo legal del 80% sobre indemnización anterior de acuerdo al artículo 168 letra C del Código del Trabajo. 4. $1.282.980.- por concepto de feriado legal adeudado, de los periodos 2017 a 2021. 5. $175.360.-, por saldo remuneración del mes de febrero del 2022. II. Que, las sumas ordenadas a pagar deberán serlo más reajustes e intereses conforme lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III. Que, no se condena en costas a la demandada, por estimarse que tuvo motivo plausible para litigar. IV. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo dispuesto en ella dentro de quino día, en caso contrario certifíquese conforme lo dispuesto en el artículo 468 del Código del Trabajo y pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 03 DE JULIO DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 4 (PRESENCIAL) RUC 22-4-0407839-2 RIT O-3658-2022 MAGISTRADA LORENA FLORES CANEVARO ADMINISTRATIVA DE ACTAS CLAUDIA CÉSPEDES SOTOMAYOR HORA DE INICIO 11:19 HORAS HORA DE TÉRMINO 13:03 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2240407839-2-1349-2307

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