TANNER SERVICIOS FINANCIEROS S.A/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION
Rol
C-2385-2022
Fecha
3 de diciembre de 2022
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 01 con fecha 07 de septiembre de 2022, comparece el abogado don José Miguel Acuña Flores, domiciliado en calle Chacabuco N° 485, piso 9, edificio Latin Capital comuna de Concepcion, en representación de Tanner Servicios Financieros S.A., sociedad del giro de su denominación, representada legalmente por su gerente general don Derek Charles Sassoon, biólogo, domiciliados para estos efectos en Avenida Apoquindo N° 3076, oficina N° 1002, comuna de Las Condes e interpone demanda ejecutiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Concepción, actividades de Administración Pública, representada legalmente por su alcalde, don Álvaro Ortiz Vera, domiciliado para estos efectos en calle O ´Higgins N° 525, comuna de Concepcion y en definitiva solicita que se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $9.996.314, más intereses, hasta el completo e íntegro pago de lo adeudado, con costas. Funda su demanda en que de conformidad al mérito de autos, la ejecutada adeuda a su representada la suma de $9.996.314, en capital, en virtud de un documento mercantil, factura electrónica N° 177, de fecha 15 de noviembre de 2021 emitida por Servicios de Ingeniería y Comercializadora Consultel Limitada, pasando su representado a ser titular de la misma, en virtud de una cesión de créditos efectuada. Precisa que la cesión del crédito mercantil le fue notificada a la ejecutada, en virtud del artículo 9 inciso 2 de la Ley N° 19.983, mediante la anotación en el registro. Enfatiza que la factura acompañada cumpliría los requisitos señalados en el artículo 5° de la Ley N° 19.983 para proceder a su cobro ejecutivo. Expone que el ejecutado no reclamó en contra del contenido de la factura en la oportunidad correspondiente, en los términos señalados en el artículo 3° de la Ley N° 19.983. Su pago es actualmente exigible y la acción para su cobro no está prescrita. En Código: HTXSXCWHXJP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en
Fundamentos
motivos expuestos en la sección anterior de este
Fallo
se declara inadmisible la excepción opuesta y en consecuencia se cita a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERNADO: 1°.- Que comparece el abogado don José Miguel Acuña Flores en representación de Tanner Servicios Financieros S.A., sociedad del giro de su denominación, representada legalmente por su gerente general don Derek Charles Sassoon, e interpone demanda ejecutiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Concepcion, actividades de Administración Publica, representada legalmente por su alcalde, don Álvaro Ortiz Vera y en definitiva solicita que se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $9.996.314, más intereses, hasta el completo e íntegro pago de lo adeudado, con costas. Por Código: HTXSXCWHXJP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 los motivos expuestos en la sección anterior de este fallo los cuales se dan por íntegramente reproducidos. 2°.- Que comparece en representación de la ejecutada el abogado don Marcelo Droguett Inostroza, oponiéndose a la ejecución interpuesta, solicitando su rechazo con costas. Para ello opone la excepción del número 9 del artículo 464 del Código de Procedimiento, es decir, la excepción de pago de la deuda, por lo señalado en la sección anterior de este fallo, lo cual se da por reproducido. 3°.- Que a folio 12, con fecha 23 de noviembre de 2022, se declaró inadmisible la excepción opuesta, por extemporánea. 4°
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : C-2385-2022 CARATULADO : TANNER SERVICIOS FINANCIEROS S.A/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION Concepci nó , tres de Diciembre de dos mil veintid s.ó VISTO: A folio 01 con fecha 07 de septiembre de 2022, comparece el abogado don José Miguel Acuña Flores, domiciliado en calle Chacabuc
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