VILCHES/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN JOAQUIN
Rol
C-2586-2022
Fecha
1 de diciembre de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, do a ñ Nancy Jeannette Vilches Medina, operadora de envase, domiciliada en Avenida Ecuador 4578, departamento 1204, Estaci n Central, deduceó demanda de prescripci n extintiva de acci n de cobro de permisos de circulaci n, enó ó ó contra de la Ilustre Municipalidad de San Joaqu ní , representada legalmente por su Alcalde don Crist bal Labra Bassa, ambos domiciliados en Avenida Santa Rosa 2606,ó comuna de San Joaqu n.í Argumenta ser due a del veh culo marca marca KIA, modelo SOUL EX 1.6,ñ í a o 2016,ñ placa patente HSXZ.82-6, que presenta deuda por concepto de permisos de circulaci n entre los a os 2016 y 2022, encontr ndose en una situaci n econ micaó ñ á ó ó deficiente que le imposibilita pagar todo lo adeudado, por lo que solicita, a fin de poder regularizar la situaci n, que conforme a lo dispuesto en los art culos 2521 y 2493 deló í C digo Civil, se declare la prescripci n extintiva respecto de los permisos de circulaci nó ó ó correspondientes a los a os 2016 a 2019, ambos inclusive.ñ A folio 11 consta la notificaci n de la demanda; a folio 12, el municipioó demandado la contest allan ndose a la misma en todas sus partes, solicitando queó á atendido lo anterior, se le exima del pago de costas. A folio 16, se cit a las partes a o r sentencia.ó í
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el art culo 12 del Decreto Ley N 3.063 de 1979 sobre Rentasí ° Municipales, dispone que los veh culos que transitan por las calles, caminos y v así í p blicas en general, estar n gravados con un impuesto anual por permiso de circulaci n,ú á ó a beneficio exclusivo de la municipalidad respectiva. De esta manera, al tratarse de tributos que impone el Estado en virtud de su potestad tributaria, resulta aplicable el t rmino de prescripci n establecido en el art culoé ó í 2521 del C digo Civil, esto es, el trascurso de tres a os exigido para la prescripci n deó ñ ó las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos. SEGUNDO: Que conforme a lo dispuesto en el art culo 1698 del C digo Civil,í ó la carga procesal de acreditar la existencia y extinci n de la obligaci n cuya prescripci nó ó ó se solicita declarar, corresponde a la demandante, quien al efecto acompa a folio 1,ñó prueba documental no objetada dentro de la oportunidad legal correspondiente, consistente en copia de certificado de inscripci n y anotaciones vigentes del veh culoó í placa patente HSXZ.82-6, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n y deó documento titulado Estado de Cuenta Permiso de Circulaci n/ 2022, emitido por laó RIT« » Foja: 1 Direcci n de Renta de la Ilustre Municipalidad de San Joaqu n, respecto del veh culoó í í placa patente HSXZ.82-6. TERCERO: Que la parte demandada no rindi prueba alguna, habi ndoseó é allanado a la demanda. CUARTO: Que, de la copia del certificado de inscripci n y anotaciones vigentesó acompa ado, consta que la actora es propietario del veh culo respecto del que solicita lañ í declaraci n de prescripci n de la acci n de cobro de la deuda por concepto de permisosó ó ó de circulaci n; y el estado de cuenta emanado del municipio demandado y que no haó sido objetado, que el veh culo relativo a esta í litis adeuda el pago de los permisos de circulaci n correspondientes a los a os 2016 a 2022.ó ñ QUINTO: Que correspondiendo el permiso de circulaci n al impuesto anual,ó aparece que desde la fecha en que se hicieron exigibles los permisos de circulaci nó correspondientes a los a os 2016, 2017, 2018 y 2019, inclusive, que son aquellos cuyañ declaraci n de prescripci n se solicita, a la fecha de notificaci n de la demanda, esto es,ó ó ó el 2 de noviembre de 2022, ha transcurrido el plazo de 3 a os que establece el art culoñ í 2521 ya citado, por lo que se acoger la demanda respecto de los per odos se alados.á í ñ De igual modo
Fallo
se declarar la extinci n de multas, intereses, reajustes o todo otroá ó monto que les accedan a los permisos de circulaci n correspondientes a los a os antesó ñ se alados, atendida precisamente la calidad de accesorios de estos.ñ SEXTO: Que no se condenar en costas a la parte demandada atendido suá allanamiento total a la acci n interpuesta en su contra.ó Y visto adem s lo dispuesto por los art culos 144, 160, 170, 342 y siguientes delá í C digo de procedimiento civil, art culos 2.492, 2.493, 2.497 y 2.521 del C digo Civil, yó í ó Decreto Ley 3.063, se declara: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por do a Nancy Jeannette Vilchesñ Medina, y en consecuencia, se declara que se encuentra prescrita la acci n para el cobroó de los permisos de circulaci n correspondientes a los periodos comprendidos entre losó a os 2016 a 2019, ambos inclusive, respecto del veh culo placa patente HSXZ.82-6,ñ í marca KIA MOTORS, modelo SOUL EX 1.6, a o 2016, as como tambi n lasñ í é referentes a multas, intereses, reajustes o todo otro monto que les accedan, por dichos periodos. II.- Que cada parte pagar sus costas.á Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Rol: C-2586-2022. DICTADA POR MAR AÍ LEONOR GEISSE FERN NDEZÁ , JUEZ SUPLENTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, uno de Diciembre de dos mil veintid só Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verific
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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-2586-2022 CARATULADO : VILCHES/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN JOAQUIN San Miguel, uno de Diciembre de dos mil veintid só VISTO: A folio 1, do a ñ Nancy Jeannette Vilches Medina, operadora de envase, domiciliada en Avenida Ecuador 4578, departamento 1204, Estaci n Central, deduceó demanda de prescrip
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