GODOY/
Rol
V-952-2022
Fecha
1 de diciembre de 2022
Materia
CURADOR, NOMBRAMIENTO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Por presentación efectuada con fecha 02 de agosto del presente año, se da inicio a esta causa Rol V-952-2022, en que comparece don Mario Caroca Cortés, abogado del Centro de Atención Jurídico Social de la Corporación de Asistencia Judicial de Copiapó, en representación de doña Catalina Elena Godoy Aguilar, cédula de identidad N° 17.193.789-2, trabajadora dependiente, domiciliada en calle Valentín Letelier N° 5473, Estación Paipote, comuna de Copiapó, quien solicita sea designada como nueva curadora general de su hermano, don Esteban Sebastián Godoy Aguilar, cédula de identidad N° 16.248.613-6, de su mismo domicilio, en atención a que quién había estado ejerciendo el cargo ha fallecido. Como fundamento a su solicitud, expresa que por sentencia firme dictada en causa Rol C - 347-2007, seguida ante el Juzgado de Familia de Copiapó, sobre interdicción, se declaró al hermano de su representada, don Esteban Sebastián Godoy Aguilar, interdicto por causa de demencia, y que en dicho acto además, se designó curadora de sus bienes a su madre, doña Susana Del Carmen Aguilar Cruz, quien falleció con fecha 25 de marzo del año 2020 . Señala que el cambio de curador es necesario para poder seguir cobrando la pensión del hermano de su representada, dinero que resulta de vital importancia para su subsistencia atendida su condición médica. Por otro lado, dice que es necesario para ejercer cualquier otro derecho que le corresponda al interdicto. Código: XYXFXCPDCJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Conforme lo que expone, y normas legales que cita, afirma que procede se nombre como curador general para que lo represente y pueda actuar en la vida jurídica don Esteban Sebastián Godoy Aguilar, a su hermana doña Catalina Elena Godoy Aguilar, ya individualizada. SEGUNDO: A fin de acreditar los hechos en los cuales se ha fundado su solicitud, acompaña a la petición los siguientes documentos: 1.- Copia de la Inscripción que corre a Fojas 614 vuelta N° 343, del Registro de Prohibiciones e Interdicciones del Conservador de Bienes Raíces de esta ciudad, correspondiente al año 2008; 2.- Copia de Sentencia dictada en la causa RIT C-347-2007, de fecha 26 de febrero de 2008, sobre interdicción por demencia, del Juzgado de Familia de esta ciudad; 3.- Certificado de Nacimiento de la solicitante doña Catalina Elena Godoy Aguilar, nacida el día 21 de enero de 1989, y de don Esteban Sebastián Godoy Aguilar, nacido el día 24 de agosto de 1985, los cuales dan cuenta que ambos son hijos de don Grineldo Aladino Godoy Godoy y de doña Susana Del Carmen Aguilar Cruz; 4.- Certificado de defunción de doña Susana Del Carmen Aguilar Cruz, de fecha 25 de marzo del año 2020; 5.- Copia del Certificado de Discapacidad de don Esteban Sebastián Godoy Aguilar; 6.- Copia de la Credencial de discapacidad de don Esteban Sebastián Godoy Aguilar; 7.- Notificación de fecha 28 de febrero de 2008, del Juzgado de Fami
Fallo
se declara: I.- Ha lugar a la solicitud de folio 1, y se designa CURADOR GENERAL de don Esteban Sebastián Godoy Aguilar, a su hermana, doña Catalina Elena Godoy Aguilar, ambos ya individualizados, quien deberá aceptar el cargo encomendado, eximiéndosele de la obligación de rendir fianza. Sirva la presente resolución de suficiente discernimiento, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 854 del Código de Procedimiento Civil, se exime a la solicitante de la obligación de reducir la presente sentencia a escritura pública y de practicar Inventario Solemne de bienes, debiendo realizar únicamente un apunte privado de los bienes del interdicto, bajo firma de la curadora designada, y de tres de los parientes más cercanos o de otras personas respetables a falta de éstos, de conformidad al artículo 380 del Código Civil. II.- Practíquese anotación marginal para efectos de dejar constancia de la designación de la curadora general en la inscripción que rola a fojas 614 vuelta Código: XYXFXCPDCJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl N° 343 del Registro de Prohibiciones e Interdicciones del Sr. Conservador de Bienes Raíces de esta ciudad, correspondiente al año 2008. Regístrese, notifíquese, dese copia autorizada y archívese en su oportunidad. Dictada por doña María Teresa Marabolí Vergara, Jueza Letrada Titular de este Segundo Juzgado de Letras de esta ciudad. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispues
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL : V-952-2022 CARATULADO : GODOY/ Copiapó, uno de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Por presentación efectuada con fecha 02 de agosto del presente año, se da inicio a esta causa Rol V-952-2022, en que comparece don Mario Caroca Cortés, abogado del Centro de Atención Jurídico Social de
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