NÚÑEZ/
Rol
V-135-2022
Fecha
1 de diciembre de 2022
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que en procedimiento voluntario, con fecha 10 de Febrero de 2022, comparece la solicitante doña CONSTANZA CAROLINA NUÑEZ ITURRA, estudiante, cedula nacional de identidad número 21.094.229-7, domiciliada en calle Cannes número 1934, comuna de Puente Alto, ciudad de Santiago, región Metropolitana, solicitando cambio de apellido, y rectificación de su partida de nacimiento inscrita en el registro S 3 del año 2002 del Servicio de Registro Civil e Identificación de la comuna de Independencia, número de inscripción 4.266, para efectos de quedar en definitiva como “CONSTANZA CAROLINA MORENO ITURRA”, conforme lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 17.344. Expresa en el cuerpo del escrito que, como consta en el certificado de nacimiento que se acompaña, nació el día 25 de Agosto del año 2002, y fue inscrita con el nombre Constanza Carolina Núñez Iturra, cedula de identidad 21.094.229-7, bajo el número de inscripción 4.266, en el registro S 3 del año 2002 del Servicio de Registro Civil e Identificación de la comuna de Independencia. Consta también que su padre es Juan Antonio Moreno Gamboa, cedula de identidad 8.315.786-0. Que, en efecto, con fecha 02 de Noviembre del año 2020, por medio de escritura pública otorgada ante el notario público de Santiago, don Patricio Hernán Cathalifaud Moroso, la cual acompaña, a la luz de lo dispuesto en el artículo 191 del Código Civil, primeramente, repudio el reconocimiento tácito de paternidad realizado por David Andrés Núñez Vera y, seguidamente, don Juan Antonio Moreno Gamboa, en virtud del numeral tercero del artículo 187 del mismo cuerpo legal, la reconoció como su hija. Dicho instrumento público fue debidamente subinscrito al margen de su inscripción de nacimiento. Que a fin de regularizar esta situación, solicita que conforme a lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley Nº 17.344, los documentos que acompaña e información sumaria de testigos que ofrece, se ordene que se rectifique su partida de nacimiento que figura inscri
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece doña CONSTANZA CAROLINA NUÑEZ ITURRA, solicitando cambio de apellido por las razones de hecho referidas en lo expositivo y lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 17.344. SEGUNDO: Que, para acreditar los fundamentos de la solicitud, se acompañó en autos los siguientes documentos: a a) Certificado de Nacimiento de la compareciente. b b) Copia simple de escritura pública de fecha 02 de noviembre del año 2020, otorgada ante el notario público de Santiago, don Patricio Hernán Cathalifaud Moroso. Numero de repertorio N°2795/2020. TERCERO: Que, en la información sumaria de testigos, comparecieron: a) María Isabel Ponce Tobar, cedula de identidad 10.988.297-6 y b) Carol Andrea Miranda LLanquinao, cedula de identidad 17.545.541-8. La primera testigo declara que conoce a la solicitante desde que nació, porque es amiga de su madre hace más de 40 años. Agrega que la solicitante quiere cambiar su apellido paterno por el apellido del esposo de su madre don Juan Moreno, porque él ha asumido el rol de padre, que la ha cuidado desde que tenía 3 o 4 años de edad, ocupándose de cubrir todas sus necesidades tanto económicas como afectivas. Código: VMLJXCMWYDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Por ultimo señala que la solicitante no mantiene ningún vínculo con su padre biológico, siendo este una persona ajena para ella. La segunda testigo declara que conoce a la solicitante hace más de 10 años, ya que son vecinas y amigas. Señala que la solicitante quiere cambiar su primer apellido de “Nuñez” a “Moreno” porque nunca ha tenido alguna relación con su padre biológico, tampoco con su familia por lo que se siente incómoda con su apellido. Agrega que para la solicitante la verdadera persona que considera su padre es don Juan Moreno, esposo de su madre y quien ha ejercido como figura paterna desde que era una niña. CUARTO: Que conforme se ordenó, se recibió el informe del Servicio de Registro Civil, en el cual se señala que: 1.- Consta en nuestros registros la inscripción de nacimiento N° 4266, Registro S3, del año 2002, de la circunscripción de INDEPENDENCIA, siendo titular de ella CONSTANZA CAROLINA NÚÑEZ ITURRA, nacida el 25 de agosto de 2002, consignándose en el rubro correspondiente al padre a don Juan Antonio Moreno Gamboa, y en el correspondiente a la madre a doña Mariela Gabriela Iturra Carrasco. 2.- Al respecto, cabe mencionar que en la referida inscripción de nacimiento, a la fecha de la revisión de la misma en la base de datos computacional del Servicio, consta subinscripción de acta de reconocimiento del padre por escritura de fecha 2 de noviembre de 2020, ante el Notario Suplente de Santiago, practicada con fecha 17 de diciembre de 2020, asimismo, consta rectificación administrativa por Orden del Servicio N° 6040, de fecha 2 de diciembre de 2020, en el sentido de establecer de no reproducir reconocimiento al momento de la inscripción, ni
Fallo
se RESUELVE: I.- Que, se ACOGE la solicitud de doña CONSTANZA CAROLINA NUÑEZ ITURRA, cedula nacional de identidad número 21.094.229-7, y se ordena rectificar la partida de nacimiento del Servicio de Registro Civil e Identificación de la Circunscripción de Independencia, inscrita en el registro S 3 del año 2002 del Servicio de Registro Civil e Identificación de la comuna de Independencia, número de inscripción 4.266, para efectos de quedar en definitiva como CONSTANZA CAROLINA MORENO ITURRA. II.- Que, se ordena al señor Director Nacional del Servicio de Registro Civil e Identificación, que proceda a rectificar la respectiva inscripción. Sirva una copia autorizada de la presente sentencia, debidamente ejecutoriada, de mérito suficiente para requerir las inscripciones solicitadas. Regístrese, notifíquese y, en su oportunidad, archívese. V-135-2022 DICTADA POR DOÑA CLAUDIA PARGA RIOS. JUEZA TRAMITADORA. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Puente Alto, uno de Diciembre de dos mil veintid só Código: VMLJXCMWYDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Código: VMLJXCMWYDX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-12-01T14:52:45-0300
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 27 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Puente Altoº CAUSA ROL : V-135-2022 CARATULADO : N EZ/ÚÑ Puente Alto, uno de Diciembre de dos mil veintid só VISTOS: Que en procedimiento voluntario, con fecha 10 de Febrero de 2022, comparece la solicitante doña CONSTANZA CAROLINA NUÑEZ ITURRA, estudiante, cedula nacional de identidad número 21.094.229-7, domicili
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