GONZÁLEZ/
Rol
V-314-2020
Fecha
30 de noviembre de 2022
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1 rectificada a folio 30, comparece don Francisco Javier González Vergara, estudiante, domiciliado en Santa Inés Nº2537, departamento 6, block, comuna de Conchalí. Señala que el apellido paterno con el que fue inscrito corresponde al apellido de la persona con quien su madre tenía una relación al momento en que su nombre fue inscrito, sin haber tenido él una relación con su padre biológico, por lo que, siempre ha sido conocido con el nombre de Francisco Javier Vergara Vergara, tanto en el ámbito de su vida familiar, como social, en consecuencia, hace mucho más de 5 años ha sido conocido y tratado con el apellido su madre y no por el apellido González. Por lo expuesto y lo dispuesto en la letra b) del artículo 1 de la Ley 17.344 y demás normas legales pertinentes, solicita la rectificación de su apellido paterno, para quedar en definitiva su nombre completo como Francisco Javier Vergara Vergara. Con fecha 13 de enero de 2021 el Servicio de Registro Civil e Identificación evacuó su informe. Con fecha 3 de enero de 2022 se efectuó la publicación pertinente en el Diario Oficial. Con fecha 19 de agosto de 2022 fue agregada a los autos la información sumaria de testigos. Con fecha 14 de noviembre de 2022 se ordenó ingresar los autos para fallo.
Fundamentos
CONSIDERANDO: Código: HXWWXCMMXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 PRIMERO: Que compareció don Francisco Javier González Vergara y solicitó la rectificación de su partida de nacimiento en el sentido de reemplazar su apellido paterno “González” por “Vergara”, quedando en definitiva su nombre completo como “Francisco Javier Vergara Vergara”. Lo anterior, por los fundamentos que ya fueran reseñados precedentemente. SEGUNDO: Que el solicitante no registra anotaciones en el Registro General de Condenas, conforme se obtiene del informe del Registro Civil y su certificado agregado a los autos; la existencia de informe favorable del Servicio de Registro Civil e Identificación en lo concerniente a su solicitud y además, no se ha formulado oposición a su petición. TERCERO: Que, si bien la información sumaria de testigos, no resulta suficiente para tener por acreditada la causal legal en que el solicitante funda su petición, esto es, el haber sido conocido durante más de cinco años, por el apellido cuya rectificación solicita, de la misma fluye el menoscabo moral que le provoca el uso del apellido actual con que aparece inscrito, con el cual no se identifica de manera alguna. CUARTO: Que de los antecedentes agregados a los autos, se reúnen los requisitos para acceder a lo solicitado, habida consideración de configurarse, en la especie, la causal prevista en el literal a) del inciso segundo del artículo 1° de la Ley 17.344.-
Fallo
Por lo expuesto y lo dispuesto en la letra b) del artículo 1 de la Ley 17.344 y demás normas legales pertinentes, solicita la rectificación de su apellido paterno, para quedar en definitiva su nombre completo como Francisco Javier Vergara Vergara. Con fecha 13 de enero de 2021 el Servicio de Registro Civil e Identificación evacuó su informe. Con fecha 3 de enero de 2022 se efectuó la publicación pertinente en el Diario Oficial. Con fecha 19 de agosto de 2022 fue agregada a los autos la información sumaria de testigos. Con fecha 14 de noviembre de 2022 se ordenó ingresar los autos para fallo. CONSIDERANDO: Código: HXWWXCMMXXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 PRIMERO: Que compareció don Francisco Javier González Vergara y solicitó la rectificación de su partida de nacimiento en el sentido de reemplazar su apellido paterno “González” por “Vergara”, quedando en definitiva su nombre completo como “Francisco Javier Vergara Vergara”. Lo anterior, por los fundamentos que ya fueran reseñados precedentemente. SEGUNDO: Que el solicitante no registra anotaciones en el Registro General de Condenas, conforme se obtiene del informe del Registro Civil y su certificado agregado a los autos; la existencia de informe favorable del Servicio de Registro Civil e Identificación en lo concerniente a su solicitud y además, no se ha formulado oposición a su petición. TERCERO: Que, si bien la información sumaria de test
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Foja: 1 FOJA: 30 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 15 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-314-2020 CARATULADO : GONZ LEZ/Á Santiago, treinta de Noviembre de dos mil veintid só VISTOS: A folio 1 rectificada a folio 30, comparece don Francisco Javier González Vergara, estudiante, domiciliado en Santa Inés Nº2537, departamento 6, block, comuna de Conchalí. Señala que el apellido p
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