9º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE CHILE/RIOJA

Rol

C-23732-2019

Fecha

30 de noviembre de 2022

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En presentaci n de 29 de julio de 2019 comparece don Roberto Grantó Del R o, abogado, domiciliado en calle Morand N 322, oficina 502, comunaí é ° de Santiago, mandatario judicial y en representaci n convencional del Bancoó de Chile, sociedad an nima bancaria, cuyo gerente general es don Eduardoó Ebensperger Orrego, ingeniero, estos ltimos domiciliados en paseo Ahumadaú N 251, 3 piso, comuna de Santiago, ° ° demandando en juicio sumario de cobro de pesos a don Rub n Rioja Ovando, ignora profesi n u oficio, domiciliado ené ó calle Josu Smith Solar N 528, departamento 405, comuna de Providencia y/oé ° en avenida Los D tiles N 5.884, casa 72, Condominio Punta Olivos, comunaá ° de Huechuraba, por la suma de $15.378.037.-, m s intereses, con costas. á Indica que el 15 de junio de 2018 su representado, como mutuante, celebr un contrato de mutuo de dinero con el demandado, como mutuario,ó por la suma de $3.880.891.- A contar de dicha fecha la obligaci n devengar aó í intereses a raz n de la tasa m xima convencional que la ley permite estipularó á para operaciones en moneda nacional no reajustables. El t tulo que documenta el mutuo fue suscrito por mandato del deudor aí la Sociedad Operadora de Tarjetas de Cr dito Nexus S.A., representada poré don Iv n Le n vila y su firma est autorizada por un notario, mandato queá ó Á á el escribano tuvo a la vista, todo seg n el Contrato Unificado de Producto deú “ Personas , el que seg n consta de hoja de firma, el cliente recibi en un” ú ó ejemplar. Este pr stamo hasta la fecha no ha sido solucionado, raz n por la cual elé ó demandado adeuda la suma de $3.880.891.- m s los intereses convenidos. á Adicionalmente, el 20 de junio de 2018 las partes celebraron, en las calidades se aladas, otro contrato de mutuo de dinero por la suma deñ $6.497.146.- A contar de dicha fecha la obligaci n devengar a intereses aó í raz n de la tasa m xima convencional que la ley permite estipular paraó á operaciones en moneda nacional no reajustables

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que el art culo 1698 del C digo Civil, establece Incumbeí ó “ probar las obligaciones o su extinci n al que alega aquellas o esta . ó ” Código: FXZVXCWTYXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Por su parte, de conformidad al art culo 2196 del C digo Civil Elí ó “ mutuo o pr stamo de consumo es un contrato en que una de las partes entregaé a la otra cierta cantidad de cosas fungibles con cargo de restituir otras tantas del mismo g nero y calidadé ” Finalmente, el art culo 1 de la Ley N 18.010 dispone que Soní ° “ operaciones de cr dito de dinero aquellas por las cuales una de las partesé entrega o se obliga a entregar una cantidad de dinero y la otra a pagarla en un momento distinto a aquel en que se celebra la convenci n . ó ” SEGUNDO: Que para acreditar la existencia de la obligaci n la parteó demandante acompa : ñó - Pagar a la vista Tarjeta de Cr dito N 4349560572505662, suscrito elé é ° 15 de junio de 2018 por don Iv n Le n vila, como apoderado de Sociedadá ó Á Operadora de Tarjetas de Cr dito Nexus S.A., actuando como mandatario delé suscriptor en virtud de mandato que se tuvo a la vista, por la suma de $3.880.891.- - Pagar a la vista Tarjeta de Cr dito N 5228320599312441, suscrito elé é ° 20 de junio de 2018 por don Iv n Le n vila, como apoderado de Sociedadá ó Á Operadora de Tarjetas de Cr dito Nexus S.A., actuando como mandatario delé suscriptor en virtud de mandato que se tuvo a la vista, por la suma de $6.497.146.- - Pagar a Plazo L nea de Cr dito en Cuenta Corriente (L nea deé í é í Cr dito Autom tico en Cuenta Corriente) L nea de Cr dito N 10009573507,é á í é ° suscrito el 7 de noviembre de 2011 por la suma de $5.000.000.-, con vencimiento al 11 de abril de 2018. - Protocolizaci n Contrato Unificado de Personas, Repertorio N 9.976-ó ° 2014, otorgado el 27 de marzo de 2014. En el cap tulo IX. N 15 de esteí ° ltimo documento el demandado de autos otorg un mandato a la Sociedadú ó Operadora de Tarjetas de Cr dito Nexus S.A. para que a trav s de cualquieraé é de sus representantes, en nombre y representaci n del cliente, suscribieraó pagar s y/o reconociera deudas en favor del banco, todo seg n el resto de lasé ú instrucciones contenidas en dicho instrumento. - 2 Hojas de Firma Contrato Unificado de Personas, Versi n 9, de 27 deó octubre de 2011, con firma del demandado. TERCERO: Que con el m rito de los documentos descrito en laé motivaci n precedente se puede tener por establecido que las partes celebraronó Código: FXZVXCWTYXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl tres operaciones de cr dito de dinero, en virtud de la cual el bancoé demandante entreg en mutuo las cantidades de $3.880.891.-, $6.497.146.- yó $5.000.000.- al demandado, quien se oblig a restituirla a la vista trat ndose deó á los dos primeros casos, y con vencimiento al 11 de noviembre de 2018 trat ndose del ltimo de ellos

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-23732-2019 CARATULADO : BANCO DE CHILE/RIOJA Santiago, treinta de noviembre de dos mil veintid s.ó VISTOS: En presentaci n de 29 de julio de 2019 comparece don Roberto Grantó Del R o, abogado, domiciliado en calle Morand N 322, oficina 502, comunaí é ° de Santiago, mandatario judicial y en representaci n convencio

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