9º Juzgado Civil de Santiago

CORTEZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CONCHALÍ

Rol

C-5575-2022

Fecha

30 de noviembre de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En presentaci n de 13 de junio de 2022 comparece do a Linda Luzó ñ Cortez Romero, domiciliada en San Antonio N 3843, comuna de° Conchal , interponiendo demanda en juicio ordinario de menor cuant aí í sobre prescripci n de deuda de derechos de aseo a la Municipalidad deó Conchal , representada legalmente por su alcalde don Ren de la Vegaí é Fuentes, ambos domiciliados en avenida Independencia N 3.499, comuna° de Conchal .í Indica que ha recibido informe de deuda de derechos de aseo, emitido el 7 de abril de 2022, por la Direcci n de Administraci n yó ó Finanzas de la Municipalidad de Conchal , en que se indica que debe aí noviembre de 2019 un total de $1.500.474 por concepto de derechos de aseo municipal, por el per odo comprendido entre el 30 de abril de 2008 yí 30 de noviembre de 2019. En todo este lapso de tiempo no se le ha requerido de pago alguno por parte de la demandada. Cita los art culos 2521, 2492 y 2493 del C digo Civil. í ó Solicita en definitiva, declarar la prescripci n de deuda de derechosó de aseo, desde el 30 de abril de 2008 hasta el 31 de mayo de 2019, inclusive. Por presentaci n de 30 de agosto de 2022 la demandada contest laó ó demanda, haciendo presente que aun operando la prescripci n, laó obligaci n subsistir como natural, por tanto la deuda deber mantenerseó á á informada en el sistema inform tico de la municipalidad.á Por resoluci n de 28 de noviembre de 2022 se cit a las partes paraó ó o r sentencia.í

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que seg n lo se alan los art culos 6 y 7 del D.L.ú ñ í N 3.063, sobre Rentas Municipales, las municipalidades cobrar n unº á derecho por el servicio domiciliario de extracci n de basuras.ó Código: HRVQXCFKSXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEGUNDO: Que al respecto, el art culo 2514 del C digo Civil,í ó establece La prescripci n que extingue las acciones y derechos ajenos exige“ ó solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligaci n se haya hechoó exigible .” A su vez, el inciso primero del art culo 2515 del mismo cuerpo legalí agrega Este tiempo es en general de tres a os para las acciones ejecutivas y“ ñ de cinco para las ordinarias , regla que debe aplicarse en la especie por” tratarse de derechos municipales y no de impuestos. Finalmente, el art culo 2518 del C digo Civil se ala que Laí ó ñ “ prescripci n que extingue las acciones ajenas puede interrumpirse, yaó natural, ya civilmente. Se interrumpe naturalmente por el hecho de reconocer el deudor la obligaci n, ya expresa, ya t citamente .ó á ” TERCERO: Que seg n lo establecido en el Certificado de Deudaú “ Derechos de Aseo de 7 de abril de 2022, el actor es deudor de derechos” por la extracci n de basura del inmueble de su propiedad a cuyo pago seó encontraba obligaba, los que vencieron entre el 30 de abril de 2008 y el 30 de abril de 2019. CUARTO: Que desde el vencimiento de las obligaciones hasta la presentaci n de la demanda de autos, ha transcurrido el plazo de cinco a osó ñ para declarar prescrita la acci n para el cobro de los derechos de aseo cuyosó vencimientos corresponden al per odo comprendido entre el 30 de abril deí 2008 hasta el 30 de noviembre de 2013, por lo que se acoger parcialmenteá la demanda. QUINTO: Que por requerir la prescripci n extintiva de las acciones,ó declaraci n judicial, la demandada ser eximida del pago de las costas de laó á causa. En consecuencia y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 1698,á í 2514 y siguientes del C digo Civil; y, art culos 144, 170, 698 y siguientesó í del C digo de Procedimiento Civil, se acoge parcialmente la demanda deó autos, sin costas, declar ndose prescrita sin costas, la acci n para perseguirá ó el cobro de las deudas por concepto de derechos de aseo municipal impagos Código: HRVQXCFKSXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl del inmueble de propiedad de la demandante, cuyos vencimientos corresponden al per odo comprendido entre el 30 de abril de 2008 hasta elí 30 de noviembre de 2013, ambas inclusive. Reg strese, notif quese y arch vese.í í í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta de noviembre de dos mil veintid s.ó Código: HRVQXCFKSXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser val

Fallo

por tanto la deuda deber mantenerseó á á informada en el sistema inform tico de la municipalidad.á Por resoluci n de 28 de noviembre de 2022 se cit a las partes paraó ó o r sentencia.í CONSIDERANDO PRIMERO: Que seg n lo se alan los art culos 6 y 7 del D.L.ú ñ í N 3.063, sobre Rentas Municipales, las municipalidades cobrar n unº á derecho por el servicio domiciliario de extracci n de basuras.ó Código: HRVQXCFKSXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEGUNDO: Que al respecto, el art culo 2514 del C digo Civil,í ó establece La prescripci n que extingue las acciones y derechos ajenos exige“ ó solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligaci n se haya hechoó exigible .” A su vez, el inciso primero del art culo 2515 del mismo cuerpo legalí agrega Este tiempo es en general de tres a os para las acciones ejecutivas y“ ñ de cinco para las ordinarias , regla que debe aplicarse en la especie por” tratarse de derechos municipales y no de impuestos. Finalmente, el art culo 2518 del C digo Civil se ala que Laí ó ñ “ prescripci n que extingue las acciones ajenas puede interrumpirse, yaó natural, ya civilmente. Se interrumpe naturalmente por el hecho de reconocer el deudor la obligaci n, ya expresa, ya t citamente .ó á ” TERCERO: Que seg n lo establecido en el Certificado de Deudaú “ Derechos de Aseo de 7 de abril de 2022, el actor es deudor d

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-5575-2022 CARATULADO : CORTEZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CONCHALÍ Santiago, treinta de noviembre de dos mil veintid s.ó VISTOS: En presentaci n de 13 de junio de 2022 comparece do a Linda Luzó ñ Cortez Romero, domiciliada en San Antonio N 3843, comuna de° Conchal , interponiendo demanda en juicio ordinario de menor

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