VALENZUELA CARRASCO CLAUDINA ISABEL CON MUNICIPALIDAD DE LA SERENA
Rol
C-2032-2022
Fecha
30 de noviembre de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que con fecha 06 de octubre de 2022, comparece do a Claudina Isabelñ Valenzuela Carrasco, se ignora su profesi n u oficio, domiciliada en pasaje Carlosó Jiles Pizarro N° 1970, Villa El Parque, La Serena, interponiendo demanda de prescripción extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad de La Serena, representada por su Alcalde don Roberto El as Jacob Jur , ambos domiciliados ení é calle Arturo Prat N° 451, La Serena, en base a lo siguiente. Refiere ser due a ñ del inmueble ubicado en pasaje Carlos Jiles Pizarro N° 1970, correspondiente al Sitio N°5, de la Manzana 11 del Loteo El Parque de Las Compa as IV Etapañí , La Serena. El inmueble se encuentra inscrito a fojas 5078 N° 4062 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces deí La Serena, correspondiente al a o 2008.ñ Es del caso que el inmueble singularizado presenta una deuda total por la suma de $301.632.- correspondiente al periodo comprendido entre el 30 de junio de 2014 y el 30 de septiembre de 2017, por concepto de derechos de aseo municipal. As las cosas, y atendido que la demandada se encuentra en pasividad desdeí que la deuda se hizo exigible, solicita tener por interpuesta demanda de extinci nó de acci n de cobro de derechos de aseo en contra de la ó Ilustre Municipalidad de La Serena ya individualizada- acogerla a tramitaci n y, en definitiva, declarar que– ó los derechos de aseo, sus intereses y reajustes, desde junio de 2014 a septiembre de 2017, ambos a os inclusive, se encuentran prescritos.ñ Código: JXLRXCLXXXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2032-2022 Foja: 1 Que con fecha 17 de octubre de 2022 se acogi ó a tramitación la demanda en juicio ordinario de mayor cuant a.í Que con fecha 27 de octubre de 2022 se notific personalmente el libelo aó la parte demandada. Que con fecha 16 de noviembre de 2022, comparece do a Valeska Robledoñ Santander, abogada en representaci n de la demandada, solicitando se t
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho se alados en la demanda.ñ Que con fecha 28 de noviembre del a o en curso se cit a las partes a o rñ ó í sentencia. I. EN CUANTO AL FONDO DE LA ACCI N DEDUCIDA. Ó I. 1. DEMANDA PRINCIPAL: PRIMERO: Que la cuestión que se debe esclarecer en el presente caso consiste en determinar si la acción de cobro que detenta la Ilustre Municipalidad de La Serena, respecto de la deuda por aseo domiciliario que mantiene la Sra. Valenzuela, se encuentra prescrita. Código: JXLRXCLXXXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2032-2022 Foja: 1 SEGUNDO: Que la demandante principal, a fin de comprobar el fundamento de su acción, acompa la siguiente prueba documental:ñó En el primer otros del libelo de fecha 0í 6 de octubre de 2022: 1.- Copia de Estado de deuda de derechos de aseo domiciliario emitido por la Ilustre Municipalidad de La Serena, con fecha 04 de octubre de 2022. 2.- Copia con vigencia de la inscripci n del inmueble de autos.ó 3.- Certificado de aval o fiscal de la propiedad en cuesti n.ú ó TERCERO: Que por otro lado, la demandada principal acompa lañó siguiente prueba documental: En el quinto otros de su presentaci n de fecha 16 de noviembre de 2022:í ó - Estado de cuenta corriente derechos de aseo domiciliario del inmueble de autos. CUARTO: Que en primer lugar, y a fin de establecer la normativa aplicable a la prescripci nó extintiva de la acci n de cobro de servicios de ó aseo domiciliario, es necesario determinar la naturaleza jur dica de dichos cobros.í Sobre el particular, el Decreto Ley N° 3063 Sobre Rentas Municipales, distingue entre las rentas municipales que provienen de impuestos, y las que provienen de derechos y otro tipo de contribuciones municipales. QUINTO: Que en lo relativo a las rentas derivadas de derechos municipales, el art culo 41 del decreto citado precisa “í Ll manse derechos municipales lasá prestaciones que est n obligadas a pagar a las municipalidades, las personasá naturales o jur dicas de derecho p blico o de derecho privado, que obtengan de laí ú Administraci n Local una concesi n o permiso o que reciban un servicio de lasó ó mismas, salvo exenci n contemplada en un texto legal expreso”.ó En suma, conllevando el aseo domiciliario el pago de una tarifa como contraprestaci n de una labor que la municipalidad suple, no constituye unó impuesto; raz n por la que ó corresponde aplicar el art culo 2515 del C digo Civil yí ó no el art culo 2521 del mismo cuerpo legal. Es decir, en el caso de autos aplica elí plazo de prescripci n de cinco a os que se contempla para las acciones ordinarias.ó ñ Código: JXLRXCLXXXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2032-2022 Foja: 1 SEXTO: Que esclarecido lo anterior, corresponde ahora determinar si en autos opera o no la prescripci n alegada.ó Pues bien, de acuerdo a la prueba acompa ada en el curso delñ procedimiento, consta que d
Fallo
Por tanto, previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda reconvencional en contra de do a Claudina Isabel Valenzuela Carrasco,ñ acogerla en todas sus partes, y declarar que est obligada a pagar a la Ilustre Municipalidad deá La Serena la suma de $337.595.- (trescientos treinta y siete mil quinientos noventa y cinco pesos) m s reajustes a la poca del pago, y costas. á é Que con fecha 22 de noviembre de 2022, la demandante principal evacu eló tr mite de la r plica reiterando los argumentos expuestos en el libelo. Asimismo, seá é allan a la demanda reconvencional. ó Que con fecha 25 de noviembre del a o en curso, la Municipalidad de Lañ Serena evacu el tr mite de la r plica reconvencional ó á é reiterando los fundamentos de hecho y de derecho se alados en la demanda.ñ Que con fecha 28 de noviembre del a o en curso se cit a las partes a o rñ ó í sentencia. I. EN CUANTO AL FONDO DE LA ACCI N DEDUCIDA. Ó I. 1. DEMANDA PRINCIPAL: PRIMERO: Que la cuestión que se debe esclarecer en el presente caso consiste en determinar si la acción de cobro que detenta la Ilustre Municipalidad de La Serena, respecto de la deuda por aseo domiciliario que mantiene la Sra. Valenzuela, se encuentra prescrita. Código: JXLRXCLXXXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2032-2022 Foja: 1 SEGUNDO: Que la demandante principal, a fin de comprobar el fundamento de su acción, acompa la siguiente prueba documental:ñó En el primer
Texto Completo (Preview)
C-2032-2022 Foja: 1 FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-2032-2022 CARATULADO : VALENZUELA CARRASCO CLAUDINA ISABEL CON MUNICIPALIDAD DE LA SERENA La Serena, treinta de Noviembre de dos mil veintid só Vistos: Que con fecha 06 de octubre de 2022, comparece do a Claudina Isabelñ Valenzuela Carrasco, se ignora su profesi n u oficio,
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica