Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia

SUPERMERCADO ELTIT LIMITADA CON INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO DE VALDIVIA

Rol

I-42-2022

Fecha

29 de junio de 2023

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que ante este Tribunal se llevó a efecto audiencia de juicio en procedimiento de aplicación general en los antecedentes Rit N° I-42- 2022, compareciendo don Jorge Silhi Zarzar, abogado, en representación de SOCIEDAD SUPERMERCADO ELTIT LIMITADA, domiciliados calle Antonio Varas 979 oficina 402, Temuco, y la reclamada INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE VALDIVIA, representada doña Camila Lorca Cisternas, ambos domiciliados en calle Avenida Ramón Picarte Nº 608 piso 2, Valdivia, quien compareció a la misma asistida por el a abogado doña María Loreto Yud Elissetche.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don Jorge Silhi Zarzar, abogado, en representación de Sociedad Supermercado Eltit Limitada interpuso reclamación en procedimiento de aplicación general en contra de Inspección Provincial del Trabajo de Valdivia, representada por doña Camila Lorca Cisternas, en contra de la resolución N° 313 de fecha 05 de octubre del año 2022, solicitando que en definitiva se deje sin efecto o anule las multas impuestas a su representada y en su lugar se resuelva que se les absuelve del pago de las multas que se contienen en la resolución recurrida, sea por las razones primeras señaladas en este libelo, o las deducidas por falta de fundamentos. En subsidio, rebajarlas a su parte mínima, o en el monto que prudencialmente le parezca al tribunal. Indica que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 503 del Código del Trabajo, en procedimiento de aplicación general, interpone reclamo en contra de la Inspección Comunal del Trabajo de Valdivia, para que conociendo los antecedentes se sirva absolver a su parte del pago de las multas que se contienen en la resolución N° 1753/22/87 de fecha 21 de julio de 2022 aplicada por la fiscalizadora de la referida Inspección del Trabajo, doña Karen Sepúlveda Flores. Agrega que la multa les fue notificada por correo electrónico emitido el 17 de agosto de 2022 por lo que entiende que se notificó al tercer día hábil .Se trata de 3 multas. Cada una de 40 UTM. Narra que los fundamentos concretos para resolver la improcedencia de las multas son los siguientes. 1.- Multa1753/22/87-1, por 40 UTM. La infracción fue no señalar los hechos en el aviso del despido efectuado o aplicado por la causal del Artículo 160 número 7 del Código del Trabajo. Se trató solo de una omisión formal sin consecuencias, en el aviso redactado por un trabajador sin mayor instrucción. Lo relevante es que en la comunicación a la Inspección del Trabajo se señalaron los hechos. Expresa que esa omisión cuyos efectos sirven a la despedida para ganar un juicio por despido injustificado, sea sancionado con tan abultada multa pues de acuerdo al Artículo 506 del Código del Trabajo el monto de las multas puede ser desde 2 o 3 UTM por lo que pide que, si no absuelve a su representada, la fije al menos en el mínimo, ponderando esa infracción en relación a otras de mayor relevancia y gravedad. Solo hay escasez en la comunicación. 2.- Multa1753/22/87-2 por 40 UTM. Manifiesta que la infracción fue no señalar por escrito a la trabajadora sobre el estado de pago de sus Cotizaciones e Imposiciones Previsionales. Una primera defensa es que se trata de una trasgresión al principio non bis in idem pues se sanciona dos veces un mismo defecto: imperfección del aviso de despido. El aviso es una solo por lo que lo correcto sería sancionar como un todo. No hay reproche a que las Cotizaciones e Imposiciones Previsionales se hallan pagadas, como efectivamente es. Resulta poco equitativo, e invoco a que esa omisión, sea sancionada en forma separada, pero,

Fallo

se declara I.- Que se rechaza la reclamación deducida por don Silhi Zarzar, abogado, en representación de Sociedad Supermercado Eltit Limitada en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Valdivia, representada por doña Camila Lorca Cisterna. II.- Que cada parte asumirá sus costas. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rit N° I-42-2022 Ruc N° 22-4-0426823-K Téngase por notificados de esta sentencia a los litigantes atendido lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 457 del Código del Trabajo. DICTADA POR DOÑA MARIANELA LUNA NEIRA.JUEZ DESTINADO DEL JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE VALDIVIA.

Texto Completo (Preview)

Valdivia, veintiocho de junio de dos mil veintitrés. VISTOS: Que ante este Tribunal se llevó a efecto audiencia de juicio en procedimiento de aplicación general en los antecedentes Rit N° I-42- 2022, compareciendo don Jorge Silhi Zarzar, abogado, en representación de SOCIEDAD SUPERMERCADO ELTIT LIMITADA, domiciliados calle Antonio Varas 979 oficina 402, Temuco, y la reclamada INSPECCIÓN PROVINCIA

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