FISCO DE CHILE/GODOY
Rol
C-20454-2019
Fecha
30 de noviembre de 2022
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA INFERIOR ART. 749 C.P.C.
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: En estos autos rol C-20454-2019, compareció Ruth Israel L pez, Abogadoó Procurador Fiscal de Santiago, del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, ambos domiciliados en Agustinas N 1687, comuna de Santiago, quien interpusoº demanda en juicio de hacienda de cobro de pesos en contra de Alejandro Antonio Godoy Gar ní , m dico cirujano, domiciliado en Avenida Sucre N 1700, Depto. 1507,é º comuna de Providencia y/o Padre Err zuriz N 7568 de la comuna de Las Condes.á º Expuso que don Alejandro Godoy Gar n, í form parte del personal activo de laó Armada de Chile, alcanzando el cargo de Capit n de Corbetaá . Mientras se desempe abañ en la aludida instituci n, fue comisionado al curso de Traumatolog a y Ortopedia ,ó “ í ” realizado en la Universidad de Valpara so y para garantizar su permanencia en dichaí Instituci n, el Sr. Godoy, ó tuvo que constituir una cauci n a favor del Fisco Armada deó – Chile, la que suscribi con fecha 4 de julio de 2011ó , ante el Notario P blico Titular deú Santiago, Eulogio Baeza Guti rrez. De acuerdo a lo establecido en la cl usula primera,é á don Alejando Godoy Gar n constituy la aludida cauci n de permanencia en virtud deí ó ó lo dispuesto en el Reglamento Com n de Cauciones para el Personal de las Fuerzasú Armadas. Se especifica en la cl usula tercera de la cauci ná ó , lo siguiente: “De conformidad con el reglamento citado en la cl usula primera, debo permanecer en laá instituci n por un lapso m nimo de cinco a os, contados desde abril de 2014ó í ñ ;” oblig ndose en la cl usula segunda de la aludida cauci n a pagar al Fisco de Chile laá á ó cantidad de 224 U.T.M, la cual se har a exigible en el evento de renuncia al empleo oí de acogerse a retiro voluntario de la instituci n antes de cumplirse el lapso deó permanencia se alado. ñ Incumpliendo la obligaci n all asumida, ó í present su renunciaó al empleo que fue aceptada a contar del d a 1 de diciembre de 2015, mediante Decreto N 784 de fecha 21í º de diciembre de 2015 d
Fundamentos
Considerando las fechas a partir de las cuales se oblig a permanecer 5 a os en la instituci n -esto es, desde abriló ñ ó de 2014- y la fecha a contar de la cual se acept la renuncia del ex funcionario de laó Armada de Chile esto es, desde el 1 de diciembre de 2015- el Sr. Godoy, est obligado– á Código: XRLSXCVXGQN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 a pagar al Fisco de Chile el 100% del valor se alado en ella, esto es 224 U.T.M., por elñ curso realizado. En conclusi n, sostuvo que el demandado Alejandro Godoy Gar n no haó í respetado las normas se aladas, toda vez que renunci a la Armada de Chile antes deñ ó cumplir el plazo de cinco a os desde la fecha dispuesta en la cauci n suscrita y enñ ó consecuencia debe ser obligado al pago de 224 U.T.M., en su equivalente en moneda nacional a la fecha del pago total y efectivo de la obligaci n. ó Previas citas legales, solicitó tener por deducida demanda de cobro de pesos en contra de don Alejandro Godoy Gar n, ya individualizado, acogerla en todas sus partesí y, en definitiva, condenarlo a pagar al Fisco de Chile Armada de Chile, la suma de– 224 U.T.M., en su equivalente en pesos a la fecha del pago total y efectivo de la obligaci n; que considerando el valor de la UTM de junio de 2019 ($48.741), equivale aó esta fecha a la suma de $10.917.984 (diez millones novecientos diecisiete mil novecientos ochenta y cuatro pesos); o la cantidad que se determine, m s los intereses corrientesá calculados desde la fecha en que se notifique la demanda al Sr. Godoy hasta el pago efectivo; con costas. A folio 11 consta estampado receptorial que da cuenta de la notificaci n personaló realizada al demandado de la acci n seguida en su contra.ó A folio 19 se tuvo por contestada la demanda en rebeld a, debido a que se tuvoí por no presentado el escrito mediante el cual se hab a contestado la demanda.í A folio 21 se recibi la causa a prueba y se fijaron los hechos sustanciales,ó pertinentes y controvertidos sobre los cuales esta debi recae, rindi ndose la que obra enó é autos; resoluci n interlocutoria modificada a folios 27 y 29.ó A folio 40 se reactiv el t rmino probatorio.ó é A folio 49 se cit a las partes a o r sentencia.ó í Considerando: Primero: Que Ruth Israel L pezó , Abogado, compareci en representaci n deló ó Fisco de Chile, interponiendo demanda en juicio de hacienda de cobro de pesos en contra de Alejandro Antonio Godoy Gar ní , todos ya individualizados, que sustenta en los hechos y argumentos de derecho consignados en la parte expositiva de la presente sentencia, los que se dan por ntegramente reproducidos. í Segundo: Que se tuvo por contestada la demanda en rebeld a de la parteí demandada. Tercero: Que, de conformidad a la regla probatoria del art culo 1698 del C digoí ó Civil, incumbe probar las obligaciones o su extinci n al que alega aquellas o esta.ó Cuarto: Que con objeto de acreditar su pretensi n la parte demandante inco
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, adem s, lo previsto en los art culos 144,á í 160, 170 y 346 N 3 y 394 del C digo de Procedimiento Civil, 46, 1437 y 1698 del° ó C digo Civil, se declara que: ó I.- Se acoge la demanda interpuesta por Fisco de Chile, y, en consecuencia, se declara que don Marcelo Alejandro Madariaga Aravena adeuda a Fisco- Armada de Chile la suma de 224 Unidades Tributarias Mensuales en su equivalente a moneda de circulaci n nacional, la que deber pagar m s inter s, acorde lo referido en el motivoó á á é noveno del fallo. II.- Que se rechaza la aplicaci n de reajuste a la suma de dinero que resulte deó la liquidaci n que se practique de la deuda.ó III.- Se condena a la parte demandada en costas. Reg strese, notif quese y en su oportunidad, arch vese. í í í Dictada por Katherine Campbell Espinosa, juez titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta de Noviembre de dos mil veintid só Código: XRLSXCVXGQN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-11-30T09:04:16-0300
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 40 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-20454-2019 CARATULADO : FISCO DE CHILE/GODOY Santiago, treinta de Noviembre de dos mil veintid só Vistos: En estos autos rol C-20454-2019, compareció Ruth Israel L pez, Abogadoó Procurador Fiscal de Santiago, del Consejo de Defensa del Estado, por el Fisco de Chile, ambos domiciliado
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