AMAYA/CONSTRUCTORA M3 S.A.
Rol
O-576-2023
Fecha
29 de junio de 2023
Materia
Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Despido injustificado, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que constan en registro de audio: 1) Juan Valdés Ríos, empleado, cédula de identidad N° 11.663.092-3. Oficio: Se deja constancia que la parte demandante no incorpora el oficio solicitado a Servicio de Impuestos Internos, conforme consta en registro de audio. Exhibición de documentos: La parte demandada exhibe a la demandante los siguientes documentos solicitados en la audiencia preparatoria: 1) Libro de Contabilidad de la empresa Patagón año 2021 y 2022 y específicamente item Banco, a fin de determinar la existencia de pago, por transferencia electrónica correspondiente a esta relación. La parte DEMANDADA PATAGON LAD SPA incorporó los siguientes medios de prueba: Confesional: La parte demandada se desistió de incorporar este medio de prueba, conforme consta en registro de audio. Observaciones a la prueba: Las partes realizaron las observaciones a la prueba rendida en juicio, lo cual consta en el respectivo registro de audio. SENTENCIA Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. VISTOS, OÍDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Parte resolutiva
Fallo
Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos 1 al 7, 12, 21, 66 y siguientes, 161, 168, 183-A, 183-B, 183-C, 183-D, artículo 453, 454, 456, 457, 459 del Código del Trabajo, se resuelve: I. Que se acoge la demanda interpuesta por don Juan Iván Traillanca Curín y don Ubaldo Edgar Amaya Solano en contra de su ex empleador EMPRESA CONSTRUCTORA M3 S.A., condenando al pago de las siguientes prestaciones e indemnizaciones: Respecto del señor TRAILLANCA CURÍN: 1. Indemnización sustitutiva de aviso previo por $1.041.417.- 2. Indemnización por años de servicio por $11.455.587.- 3. Feriado legal y/o proporcional por $650.887.- 4. Recargo legal del 30% en conformidad al artículo 168 letra A del Código del Trabajo de $3.436.676.- Respecto del señor AMAYA SOLANO: 1. Indemnización sustitutiva, $1.394.677.- 2. Indemnización por años de servicio, $15.341.447.- 3. Feriado legal y/o proporcional, $871.669.- 4. Recargo legal en conformidad a lo establecido en el artículo 168 letra A del Código del Trabajo por $4.602.434.- II. Que la demandada EMPRESA CONSTRUCTORA M3 S.A. deberá pagar las remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde la fecha del término de la relación laboral ocurrida el 25 de noviembre de 2022 en base a una remuneración mensual del señor TRAILLANCA de $1.041.417.- y del señor AMAYA de $1.394.677.- hasta el 16 de febrero de 2023 en conformidad al artículo 163 bis del Código del Trabajo. III. Que se condena a la demandada INVERSIONES Y DES
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 29 DE JUNIO DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 4 (PRESENCIAL) RUC 23-4-0455995-8 RIT O-576-2023 MAGISTRADO DANIEL RICARDI MAC-EVOY ADMINISTRATIVA DE ACTAS CLAUDIA CÉSPEDES SOTOMAYOR HORA DE INICIO 11:18 HORAS HORA DE TÉRMINO 12:55 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2340455995-8-1349-2306
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