Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel

TOLOSA/COMERCIALIZADORA CUYEN LTDA

Rol

M-148-2023

Fecha

30 de junio de 2023

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Feriado legal, Feriado proporcional, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS A PROBAR SON LOS SIGUIENTES: 1. Existencia de la relación laboral alegada por el demandante, extensión, términos y condiciones de la misma. Detalles y pormenores. 2. Remuneración pactada y efectivamente percibida por el actor, rubros que la componen y montos de los mismo. Detalles y pormenores. 3. Estado de pago de las cotizaciones de seguridad social del demandante. 4. Prestaciones adeudadas al actor,

Fundamentos

fundamentos facticos y jurídicos de las mismos, monto de ellos. Detalles y por menores. MEDIOS DE PRUEBA: LA PARTE DEMANDANTE OFRECE: DOCUMENTAL DEMANDANTE: 1. Ingreso de reclamo administrativo mediante correo electrónico el 18 de noviembre de 2022. 2. Presentación de Reclamo ante la Inspección del Trabajo nro. 1302/2022/2678 3. Acta de comparendo de fecha 14 de diciembre de 2022 4. Contrato de trabajo suscrito el 1 de febrero de 2021 5. Cartola de cotizaciones de Fonasa de fecha 28 de febrero de 2023 6. Cartola de cotizaciones de AFP Capital S.A. de fecha 28 de febrero de 2023 7. Cartola de cotizaciones de AFC Chile S.A. de fecha 9 de marzo de 2023 8. Certificado emitido por la Superintendencia de Insolvencia y Re emprendimiento folio nro. 8926 de fecha 13 de marzo de 2023 Consulta tributaria del demandado emitida por SII con fecha 13 de marzo de 2023 Tribunal Resuelve: Se tiene por incorporada la prueba documental por parte de la demandante. CONFESIONAL DEMANDANTE: No comparece a absolver posiciones el representante legal de la demandada. La parte demandante solicita que se haga efectivo el apercibimiento legal. Tribunal resuelve: Se tendrá presente en la oportunidad procesal pertinente. EXHIBICION DE DOCUMENTOS A SOLICITUD DE LA PARTE DEMANDANTE: La parte demandante solicita que la parte demandada exhiba, bajo apercibimiento legal, El siguiente documento: 1. Registro de asistencia por periodo trabajado. (No exhibe) La parte demandante solicita que se haga efectivo el apercibimiento legal. Tribunal resuelve: Se tendrá presente en la oportunidad procesal pertinente. PRUEBA DEL TRIBUNAL: · Se ordena obtener certificado de PREVIRED a través del sistema de interconexión del tribunal. Tribunal resuelve: Se tiene por incorporado el certificado de AFP Capital. OBSERVACIONES A LA PRUEBA. · La parte demandante realiza observaciones a la prueba. · Argumentos que constan en el registro de audio. Tribunal Resuelve: Se tiene por formuladas las observaciones a la prueba por parte de la demandante. Siendo las 10:12 el tribunal entra en receso para dictar sentencia en esta causa Siendo las 13:06 horas, el Tribunal procede a dictar sentencia. SENTENCIA: *Transcripción parte resolutiva de la sentencia, la cual consta íntegramente en el registro de audio de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 del Auto Acordado 71-2016 de la Excma. Corte Suprema. Y visto lo dispuesto en los artículos 1, 10, 63, 67, 73, y 499 y siguientes del Código del Trabajo,

Fallo

se declara: I.- Que se acoge la demanda incoada en esta causa y en consecuencia, se condena a la demandada Comercializadora Cuyen Ltda, representada legalmente por Daniel Esteban Vega Pérez a pagar al demandante Fernando Antonio Tolosa Luarte las siguientes prestaciones: a) $237.506.-, por concepto de feriado legal correspondiente a la última anualidad laborada. b) $152.004.- por concepto de feriado proporcional. c) $680.000.- por concepto de remuneración bruta correspondiente al mes de octubre y días laborados en el mes de noviembre de 2022, prestación esta que deberá pagarse al trabajador por su monto líquido para cuyo efecto, de la suma antes señalada, deberá descontarse, retenerse y enterarse en las instituciones de seguridad social respectiva los montos correspondientes a cotizaciones previsionales y de salud, debiendo determinarse la suma a pagar al demandante en la etapa de cumplimiento de esta sentencia. II.- Que las sumas ordenadas pagar deberán ser satisfechas con los reajustes e intereses contemplados en el artículo 63 del Código del Trabajo. III.- Que se condena a la demandada a pagar las cotizaciones previsionales de salud y AFC correspondientes al periodo laborado por el actor y que se encontraren impagas, para cuyo efecto deberá accionarse en los términos del artículo 4° de la ley 17.322. IV.- Que, asimismo, se condena a la empleadora a pagar las remuneraciones y demás prestaciones de carácter laboral del actor que se devenguen desde el día 18 de noviembre

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ACTA DE AUDIENCIA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 29 de junio de 2022 RUC 23-4-0467616-4 RIT M-148-2023 MAGISTRADO Patricia Agüero Gaete ADMINISTRATIVO DE ACTAS Cathalina Balcazar HORA DE INICIO 09:50 HORA DE TERMINO 13:16 Nº REGISTRO DE AUDIO 2340467616-4-1351 SALA 1.- PARTE DEMANDANTE Fernando Antonio Tolosa Luarte Rut:12.900.002-3 ABOGADO Raquel Irene Cuevas Gálvez FORMA DE

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