BANCO SANTANDER-CHILE CHILE/SOCIEDAD COMERCIALIZADORA DE EQUIPOS Y ARTÍCULOS ELÉCTRICOS, MANTENCIÓ
Rol
C-7720-2022
Fecha
30 de noviembre de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 3 de agosto de 2022, rectificada el 11 de agosto del mismo a o, don Rodrigo Ram rez Le n, abogado, mandatario judicial y enñ í ó representaci n de ó Banco Santander Chile, del giro de su denominaci n,ó cuyo gerente general es don Arturo Mata Huerta, ingeniero industrial, todos domiciliados en Bandera N 140, comuna de Santiago,° dedujo demanda ejecutiva en contra de Sociedad Comercializadora de Equipos y Art culos El ctricos, Mantenci n y Asesor as Limitada,í é ó í representada por don Manuel Riquelme Contreras, de quien expres ignorar profesi nó ó u oficio, en calidad de deudora principal, y en contra de este ltimo enú calidad de aval, fiador y codeudor solidario, todos domiciliados en Av. Blanco Encalada 1171, comuna de Maip , pretendiendo obtener el pagoú forzado de la suma de $51.692.883, m s intereses y costas, con fundamentoá en el pagar Corfo Inversi n y Capital de Trabajo n mero 420019043095,é ó ú suscrito por la suma de $66.000.000, que se pagar a en 47 cuotasí mensuales, iguales y sucesivas de $1.911.017 y una ltima cuota deú $1.910.994, con vencimiento los d as 16 de cada mes a contar de abril deí 2019, el cual fue prorrogado en anexo n mero 420019860115, cuyo saldoú de capital de $53.538.152, deb a pagarse en 35 cuotas iguales, mensuales yí sucesivas de $1.967.496 y una ltima de $1.967.490, con vencimiento losú d as 18 de cada mes a contar de noviembre de 2020, siendo prorrogado,í tambi n, con anexo n mero 420019860115, de fecha 14 de mayo de 2020,é ú donde se convino que el saldo de capital de $53.538.152, se pagar a en 35í Código: WQSNXCPHPNN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-7720-2022 Foja: 1 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $1.967.496 y una ltima deú $8.862.361, con vencimiento los d as 18 de cada mes a contar de junio deí 2021, ocurriendo que el cr dito no se habr a pagado a contar de la cuotaé í n mero 8, que venci el 18 de enero de 2022, adeudando la su
Fundamentos
considerando que el t tulo contiene la leyenda que da° ° í cuenta de dicha forma de pago, cumpliendo con los requisitos del Servicio de Impuestos Internos y tiene m rito ejecutivo.é En lo concerniente a la excepci n de nulidad, sustenta su rechazo enó que la alegaci n contraria carece de fundamento, ya que el pagar nace deó é una obligaci n aceptada y suscrita por los deudores, no advirti ndose unó é vicio que la anule, adem s, que el fundamento f ctico de la excepci n no seá á ó ajusta a la realidad, siendo de su carga acreditarlo. Con fecha 7 de octubre de 2022,
Fallo
por tanto a su respecto no es exigible la acreditaci n previa mediante estampillas, seg n lo previsto en el art culo 15ó ú í n 2 del DL N 3475, considerando que el t tulo contiene la leyenda que da° ° í cuenta de dicha forma de pago, cumpliendo con los requisitos del Servicio de Impuestos Internos y tiene m rito ejecutivo.é En lo concerniente a la excepci n de nulidad, sustenta su rechazo enó que la alegaci n contraria carece de fundamento, ya que el pagar nace deó é una obligaci n aceptada y suscrita por los deudores, no advirti ndose unó é vicio que la anule, adem s, que el fundamento f ctico de la excepci n no seá á ó ajusta a la realidad, siendo de su carga acreditarlo. Con fecha 7 de octubre de 2022, se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibi la causa a prueba, sin que se rindiera staó é por las partes dentro del probatorio. Con fecha 22 de noviembre de 2022, se cit a las partes para o ró í sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que los ejecutados, Sociedad Comercializadora de Equipos y Art culos El ctricos, Mantenci n y Asesor a Limitada í é ó í y don Manuel Arnaldo Riquelme Contreras, han opuesto excepciones, pretendiendo el rechazo de la demanda, con costas, fundando stas, en losé hechos y argumentos de derecho ya descritos, latamente, en la parte expositiva del presente fallo. SEGUNDO: Que la parte ejecutante ha pedido el rechazo de las excepciones, conforme a los hechos y fundamentos de derecho, ya descritos en forma lata, en la parte expositiva de
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C-7720-2022 Foja: 1 FOJA: 21 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 24 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-7720-2022 CARATULADO : BANCO SANTANDER-CHILE CHILE/SOCIEDAD COMERCIALIZADORA DE EQUIPOS Y ART CULOSÍ EL CTRICOS, MANTENCIÉ Ó Santiago, treinta de Noviembre de dos mil veintid só VISTOS: Con fecha 3 de agosto de 2022, rectificada el 11 de agosto del mismo a o, don Rodrigo Ram rez
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