TORRES/
Rol
V-91-2022
Fecha
29 de noviembre de 2022
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que, a folio 1 comparece doña MIRTA TEOLINDA TORRES SUAZO, chilena, trabajadora dependiente, cédula nacional de identidad y RUT N° 11.419.538-3, domiciliada en calle Manuel Baquedano N° 063, de la comuna de Cañete, patrocinada por la abogada doña Ana Gabriela Viveros Aravena, domiciliada en Villagrán 891 de Cañete, señalando que consta en copia de inscripción de dominio fojas 43 N° 49 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Cañete, correspondiente al año 2000 que es dueña del inmueble individualizado como casa y sitio ubicado en calle Manuel Baquedano N° 063, que corresponde al lote 5, de la manzana 5, de la población Carol Urzua Ibáñez, de la comuna de Cañete, Provincia de Arauco, cuyos deslindes especiales son los siguientes: NORTE: Con otros propietarios. SUR: Con pasaje Manuel Baquedano. ORIENTE: Con lote número 4. PONIENTE: Con lote número 5. Señala haber adquirido dicha propiedad por compra hecha a doña María Elsa Contreras Barril, según consta de escritura pública otorgada en la notaria de Cañete, con fecha 23 de noviembre del año 1999. Indica que al solicitar una copia de inscripción del inmueble, se le informó que esta inscripción estaba sin autorizar por el Notario de la época. Inscripción a su nombre que corre inscrita a fojas 43 N° 49 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Cañete, correspondiente al año 2000 y afirma que desde que adquirió el inmueble vive en este. Por lo que previas citas legales, solicita se ordene que el señor Conservador de Bienes Raíces de Cañete proceda con esta fecha a autorizar la inscripción de dominio de fojas 43 N° 49 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Cañete, correspondiente al año 2000, a su nombre. SEGUNDO: Que, para acreditar sus pretensiones, la solicitante acompaño los siguientes medios de prueba: Código: XVRHXCQENMN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.
Fallo
se declara: Que, HA LUGAR a lo solicitado en lo principal de folio 1, y en consecuencia, se ordena a la Notaria, Conservadora de Bienes Raíces y Archivera Judicial de Cañete, proceda a autorizar a favor de la solicitante doña MIRTA TEOLINDA TORRES SUAZO, ya individualizada, la inscripción de dominio del inmueble de autos inscrito a fojas cuarenta y tres (43) número cuarenta y nueve (49) del Registro de Propiedad del Conservador de bienes Raíces de Cañete del año dos mil (2.000) Regístrese, notifíquese, y archívese en su oportunidad. ROL V-91-2022 Dictada por doña CAROLINA ANDREA LEIVA AGUILERA, Jueza Titular del Juzgado de Letras y Familia de Cañete. En Cañete, a veintinueve de Noviembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Código: XVRHXCQENMN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-11-29T21:06:54-0300
Texto Completo (Preview)
FOJA: 8 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Cañete CAUSA ROL : V-91-2022 CARATULADO : TORRES/ Cañete, veintinueve de Noviembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que, a folio 1 comparece doña MIRTA TEOLINDA TORRES SUAZO, chilena, trabajadora dependiente, cédula nacional de identidad y RUT N° 11.419.538-3, domiciliada en calle Manuel Baquedano
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica