2º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

CICITEM/FRANCISCA TUOHY SPA

Rol

C-1444-2021

Fecha

29 de noviembre de 2022

Materia

REIVINDICACIÓN

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que a folio 01, comparece don Felipe Andrés Duarte Soto, Abogado, en representación convencional del Centro de Investigación Científico y Tecnológico para la Minería, CICITEM, representada legalmente por el Gerente Director Sr. Rubén Rojo Maturana, quien deduce demanda de reivindicación de bienes muebles, y restitución de frutos en contra de Francisca Tuohy SpA., RUT 76.768.417-7, representada legalmente por el Sr. Nelson Tuohy Céspedes. Funda su demanda, señalando que, el Centro de Investigación Científico Tecnológico para la Minería, CICITEM, corresponde a una corporación privada sin fines de lucro, creada por el Gobierno Regional de Antofagasta, el año 2006, buscando fomentar la investigación científica y el desarrollo tecnológico, en especial atención a las necesidades que ha presentado y presenta la región. Continúa señalando que, dentro de esta línea es que el centro participa activamente en la postulación a proyectos de financiamiento gubernamental, y en este contexto es que se adjudicó dos proyectos, a saber: proyecto FIC-R 1 Código: GECXXCVXTXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 30412834-0, denominado “TRANSFERENCIA MEJORAMIENTO DEL PROCESO DE CEMENTACIÓN PARA PEQUEÑOS MINEROS”, mediante resolución del Gobierno Regional N°179-2015; y el proyecto FONDEF IT17M10002, denominado “INTEGRACIÓN DE ENERGÍAS RENOVABLES EN PROCESOS HIDROMETALÚRGICOS DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA MINERÍA, PARA LA PRODUCCIÓN SUSTENTABLE DE COBRE”, mediante resolución de CONICYT N°1485-8 del año 2017. Que, de forma coetánea a lo antes indicado, con los fondos adjudicados a dicho centro de investigación, en razón del financiamiento que otorga los proyectos referidos, CICITEM habría adquirido una serie de equipos necesarios, para desarrollar las investigaciones comprometidas en el marco de aquellos, los cuales ilustra en su libelo, con la respectiva factura de respaldo a nombre de su corporación, las cuales acompaña.

Fundamentos

fundamentos expuestos en la demanda, dice entender que, el demandado en estos autos, es poseedor de mala fe desde la fecha en que culmina el proyecto FONDEF, y habiéndose entregado los informes finales, los bienes pertenecientes a CICITEM, debían ser restituidos al mismo, y no mantenerse en posesión de la demandada en dependencias del Sr. Nelson Tuohy. En virtud de todo lo ya señalado, es que no corresponde indemnización, ni reembolso alguno por su parte, al demandado. Que a folio 16, la parte demandada representada por su abogado don Carlos Lastra Ramos, procedió a evacuar el trámite de la dúplica, ratificando y reiterando cada uno de los argumentos de hecho y derecho expuestos en la contestación de la demanda. Sin perjuicio de aquello, señala que de ninguna manera el señor Tuohy ha pretendido apropiarse de equipos, a diferencia de lo señalado por el actor, este se ha preocupado de cuidar las instalaciones con recursos propios y ha tratado por todos los medios de su alcance, para que CICITEM coloque en servicio la planta, 20 Código: GECXXCVXTXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl que traería trabajo y beneficios para la pequeña minera del sector (objetivo del proyecto). Que, la contraria señala que ASOCIADO es un concepto diferente al de SOCIO, sin explicar a qué se refiere tal diferenciación, a la vez desconoce que la calidad de asociado se la concede ellos mismos al participar de manera conjunta la obtención de los recursos, asociado sin el cual no sería posible ni la participación ni menos la obtención de los recursos que entrega el Gobierno Regional, toda vez que resulta un requisito prioritario ir acompañado a la postulación con un ASOCIADO, en la especie DON NELSON TUOHY COMO DUEÑO DE LA MINA FRANCISCA. En cuanto a lo señalado en el punto N°2, hace referencia a lo indicado precedentemente, pero esta vez en relación a la Sociedad Francisca Tuohy SpA., como asociada. En relación al punto N°3, dónde la contraria trata de hacer cree que ambos proyectos son uno, y que los fondos adquiridos son destinados al mismo objeto, aquello no es real, tal como dan cuenta los objetivos y finalidades de los proyectos se tratan de proyectos diversos y destinados a objetivos diferentes. Pues de su simple lectura se desprende que son diversos, no conteniendo los mismos objetivos,

Fallo

por tanto entre CICITEM y don Nelson Tuohy Céspedes como dueño de la Mina Francisca, postularon juntos a la obtención de recursos para el proyecto FIC-R 30412834- 0, “TRANSFERENCIA MEJORAMIENTO DEL PROCESO DE CEMENTACIÓN PARA PEQUEÑOS MINEROS”, lo que fue logrado de manera conjunta. Dónde su representado financio parte del proyecto como asociado al mismo, aporto la suma de $ 20.000.000 (2,48 %), además del aporte desarrollo mina y mineral prueba, por $20.000, el Gobierno Regional aporto para el proyecto la cantidad de (Proyecto FIC): $ 785.496.000 (97,52%), en cuanto al Aporte CICITEM, este fue $ 0.-, existieron aportes adicionales por parte de mi representado, los que consistieron en material para overland pila; $10.000.000; Desarrollos Mina y mineral de prueba: $20.000.000; Aporte Instalaciones Eléctricas: $2.000.000. Que, los beneficiarios directos, estos son Minera Francisca de propiedad de la persona natural de don Nelson Tuohy Céspedes y CICITEM, sin embargo según las bases del proyecto, CICITEM es beneficiario en el 10 Código: GECXXCVXTXN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mejoramiento del conocimiento de la línea de cementación y en la posibilidad de patentamiento; y no del arrendamiento y venta de equipos pertenecientes al proyecto. Pues entre CICITEM y don Nelson Tuohy participaron ambos en el proyecto como asociados, beneficiarios directos del mismo. Mientras que en el segundo proyecto, se cumplen

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NOMENCLATURA : 1. [40]SENTENCIA. JUZGADO : 2º JUZGADO DE LETRAS CIVIL DE ANTOFAGASTA. CAUSA ROL : C-1.444-2.021. CARATULADO : CICITEM/FRANCISCA TUOHY SPA. MATERIA : ORDINARIO MAYOR CUANTÍA. REIVINDICACIÓN. CÓDIGO : [R12A]. DEMANDANTE : CICITEM. R.U.T. : 65.937.660-1. DEMANDADO : FRANCISCA TUOHY SPA. R.U.T. : 76.768.417-7. FECHA INICIO : 07.06.2.021. Antofagasta, a veintinueve de noviemb

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