Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena

GONZÁLEZ/COMPAÑÍA AGROPECUARIA COPEVAL S.A.

Rol

O-82-2023

Fecha

29 de junio de 2023

Materia

Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos pacíficos y hechos a probar: Hechos pacíficos: 1.- Existencia de la relación laboral, fecha de inicio el 15 de febrero de 2011 y fecha de término el 6 de enero de 2023. Hechos a probar: 1.- Causal de término y los hechos que configuran la causal. 2.- Monto de las remuneraciones del actor 3.- Prestaciones que la demandada adeuda a la demandante. CUARTO: Que, en audiencia de juicio de fecha 26 de mayo de 2023, en orden a acreditar los

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que, comparece Mauricio Andrés González Pino, chileno, cesante, cédula de identidad N° 15.455.646-K, domiciliado en Pasaje Obispo Francisco González de Salcedo N° 2679, Comuna de Coquimbo, Región de Coquimbo, deduce demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones laborales en contra de Compañía Agropecuario Copeval S.A, Rol Único Tributario N° 81.290.800- 6, representada legalmente por don Mauricio Antonio Cabrera Mañan, empresario, cédula nacional de identidad N°13.570.185-8, conforme a lo señalado en el artículo 4° del Código del Trabajo, ambos individualizados con domicilio en Calle Cinco N° 1261, Barrio Industrial, Comuna de Coquimbo, Región de Coquimbo, indicando con fecha 06 de enero de 2023 se me hizo entrega de copia de una carta de despido en la cual se me estaba desvinculando en virtud del artículo 160 N° 3 del Código del Trabajo: “No concurrencia del trabajador a sus labores sin causa justificada durante dos días seguidos”. Los fundamentos de hecho de la carta dicen relación con haberse ausentado del trabajo durante los días 04, 05 y 06 de enero de 2023, sin justificar las inasistencias. Agrega, que existen razones de peso para su justificación, en base a una serie de antecedentes que en todo momento le constaron a su ex empleador, pero que de todos modos ignoraron a favor de lograr su pronta desvinculación. En primer lugar, se debe indicar que desde finales de octubre se encontraba mal en cuanto a su salud mental, debido a que por una serie de problemas emocionales, no se encontraba bien psicológicamente, lo que ciertamente afecto en gran medida su rendimiento laboral. Previas citas legales y demás antecedentes solicita tener por interpuesta demanda y acogerla en todas sus partes. SEGUNDO: Que, comparece la demandada solicitando el rechazo de la misma, indicando que se aplicó la causal de despido contemplada en el artículo 160 número 3 del Código del Trabajo, esto es, “No concurrencia del trabajador a sus labores sin causa justificada durante dos días seguidos, dos lunes en el mes o un total de tres días durante igual período de tiempo; asimismo, la falta injustificada, o sin aviso previo de parte del trabajador que tuviere a su cargo una actividad, faena o máquina cuyo abandono o paralización signifique una perturbación grave en la marcha de la obra”, lo que se encuentra claramente detallado en la carta dirigida al trabajador. Previas citas legales, solicita tener por contestada la demanda rechazándola en todas sus partes. TERCERO: Que, con fecha 14 de marzo de 2023, se celebró audiencia preparatoria en la que se fijaron los siguientes hechos pacíficos y hechos a probar: Hechos pacíficos: 1.- Existencia de la relación laboral, fecha de inicio el 15 de febrero de 2011 y fecha de término el 6 de enero de 2023. Hechos a probar: 1.- Causal de término y los hechos que configuran la causal. 2.- Monto de las remuneraciones del actor 3.- Prestaciones que la demandada adeuda a la demandante. CUARTO: Que,

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que, se rechaza la demanda por despido injustificado. II.- Que, se acoge la demanda de cobro de prestaciones, por concepto de feriado legal y proporcional, condenándose a la demandada al pago de la suma de $2.153.963.  III.- Que las sumas adeudadas se deben pagar con reajustes e intereses conforme lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. IV.- Que, no se condena en costas al demandado por no resultar totalmente vencido.  RIT O-82-2023 RUC 23- 4-0462286-2 Proveyó don(a) CRISTOBAL ANDRES GELDUN MANSILLA, Juez (S) del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena. En La Serena a veintinueve de junio de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución precedente.

Texto Completo (Preview)

La Serena, veintinueve de junio de dos mil veintitrés. Vistos, oídos y considerando: PRIMERO: Que, comparece Mauricio Andrés González Pino, chileno, cesante, cédula de identidad N° 15.455.646-K, domiciliado en Pasaje Obispo Francisco González de Salcedo N° 2679, Comuna de Coquimbo, Región de Coquimbo, deduce demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones laborales en contra de Compañía

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