ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE REQUINOA/SOCIEDAD AGRICOLA BERRI FRUT LIMITADA
Rol
C-2070-2020
Fecha
29 de noviembre de 2022
Materia
OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 26 de octubre de 2020, compareci don ó LUIS ALBERTO TORRES FOSTER, abogado, en representaci n de la ó ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE REQUINOA, todos domiciliados en Avenida comercio N 121, comuna de Requinoa, quien interpuso demanda ejecutiva de obligaci n de° ó dar en contra de SOCIEDAD AGR COLA BERRI FRUT LIMITADA, Í R.U.T. 78.164.860-4, representada por don ALIRO FERNANDO BERRIOS PICHUN, ignora profesi n u oficio, c dula nacional de identidad N 6.119.993-4, ambos conó é ° domicilio en Longitudinal sur Km. 102, Parcela 63, comuna de Requ noa; a fin deí que se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la suma deó $55.522.834.-, ordenando que se siga adelante con la ejecuci n hasta el entero pagoó de dicha suma, todo con expresa condenaci n en costas.ó Fund su acci n se alando que, la demandada es una sociedad deó ó ñ responsabilidad limitada que se encontrar a inserta en el mbito comercial, lo que aí á su vez tambi n se desprende de las actividades econ micas que mantiene vigente ené ó el Servicio de Impuestos Internos. Invoc al fundar su acci n lo dispuesto en el dictamen N 11721 de 14-03-ó ó º 2006 Contralor a General de la Rep blica y los art culos 23 inciso primero, 24í ú í inciso primero y 27 del Decreto Ley N 3.063, de 1979 sobre Rentas Municipales,° en virtud de los cuales y
Fundamentos
considerando que la ejecutada es una persona jur dica queí persigue fines de lucro, sociedad comercial constituida con el objeto de obtener frutos y beneficios, se encuentra obligada al pago de la contribuci n de la patenteó municipal, aunque no mantengan autorizaci n municipal.ó As , indic que la demandada ejerc a actividades lucrativas como lo se ala laí ó í ñ situaci n tributaria de terceros del Servicio de Impuestos Internos al 05 de octubreó de 2020, que se alar a como actividad actividades de apoyo a la agricultura ,ñ í “ ” fabricaci n de otros productos qu micos N.C.P. , corretaje al por mayor de“ ó í ” “ productos agr colas , transporte de carga por carretera , otros servicios deí ” “ ” “ almacenamiento y dep sito N.C.P. y actividades inmobiliarias realizadas a cambioó ” “ de una retribuci n o por contrata estando sujeta al pago de patente municipal aló ” ser una actividad terciaria. Argument que dicho de otra manera, toda actividad- prescindiendo de suó naturaleza o clasificaci n- que persiga una finalidad vinculada a la obtenci n deó ó Código: WHGXCXTGHN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl lucro, constituye un hecho gravado con esta especie de tributo. Y trat ndose deá sociedades en general, cabe tener presente que conforme a lo dispuesto en el art culo 2053 del C digo Civil, una de sus finalidades esenciales estriba en obtenerí ó beneficios destinados a ser repartidos entre los socios, beneficios que, conforme el art culo 2055 del mismo C digo, deben sustancialmente ser apreciados en dinero.í ó Indic que, en vista de lo expuesto, se justificar a el cobro de la patente,ó í cumpli ndose con lo dispuesto en el art culo 23 de la Ley de Rentas municipales yé í a la letra c) del art culo 2 del Decreto Supremo N 484 de 1980, del Ministerio delí ° ° Interior, que reglamenta la aplicaci n de los art culos 23 y siguientes de la Ley deó í ° Rentas Municipales. Indic que, la demandada, no obstante, haber ejercido una actividadó gravada, no ha pagado suma alguna por dichas patentes, cuyo monto asciende a los $55.522.834.-, correspondiente a los periodos se alados en el certificado municipalñ acompa ado.ñ Manifest que, al d a 05 de octubre del a o 2020, la deuda ascender a aó í ñ í $55.522.834.-, abarcando los periodos que corresponden desde el a o 2012 hasta el a oñ ñ 2020, incluyendo los reajustes e intereses establecidos en el art culo 48 de la í Ley de Rentas Municipales, monto que corresponde al detalle que a saber es el siguiente: - Valor Patente: $32.755.061.- - IPC: $2.692.191.- - Intereses: $20.075.582.- - Total deuda: $55.522.834.- Sostuvo que, dicho monto adeudado constar a en certificadoí de deuda emitido por la Sra. Secretar a Municipal de la Ilustre Municipalidad deí Rengo, do a ñ Mar a Angelica Villareal Scarabelloí , con fecha 05 de octubre del a oñ 2020. Por ltimo, indic que, trat ndose de una obligaci n de dar una suma deú ó á ó dinero y considerando el tenor del
Fallo
Por tanto, solicit tener por opuestas las excepciones, declararlas admisibles,ó recibirlas a prueba, y acogerlas en definitiva, con costas. Con fecha 12 de febrero de 2021, a folio 17, la parte ejecutante evacu eló traslado conferido con fecha 8 de febrero, a folio 16, solicitando el rechazo de las excepciones, con costas. En cuanto a la excepci n del art culo 464 N 17 del C digo de Procedimientoó í ° ó Civil, se al que la prescripci n no operar a de pleno derecho, debiendo serñ ó ó í decretada por sentencia judicial. As , indic que su representada no tendr a laí ó í facultad para condonar deudas y declarar de oficio la prescripci n, en este orden deó ideas se sabe que la prescripci n debe ser alegada por el interesado seg n manda eló ú art culo 2493, del C digo Civil. í ó Indic que, previas citas legales, que la excepci n deb a rechazarse puesto que laó ó í ejecutada la habr a hecho en t rminos generales, sin indicar los periodos y montos que seí é pretenden prescribir. Por otro lado, sostuvo que, en el caso que se acogiera dicha alegaci n, ella noó deber a ser total, debiendo continuarse con lo que corresponda.í Sobre la segunda excepci n, prevista en el numeral s ptimo del art culo 464 deló é í C digo de Procedimiento Civil, estim que, debiese ser desestimada por cuanto el mismoó ó art culo 24 del Decreto 2385 que fija el texto refundido y sistematizado del Decreto Leyí N 3.063, de 1979, sobre rentas municipales, indicar a que el Servicio de Impuestos° í Internos enviar
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Rengoº CAUSA ROL : C-2070-2020 CARATULADO : ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE REQUINOA/SOCIEDAD AGRICOLA BERRI FRUT LIMITADA Rengo, veintinueve de Noviembre de dos mil veintid só VISTOS: Con fecha 26 de octubre de 2020, compareci don ó LUIS ALBERTO TORRES FOSTER, abogado, en representaci n de la ó ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE REQUINOA, todos domi
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