25º Juzgado Civil de Santiago

TESORERÍA GENERAL DE LA REPUBLICA DE CHILE/BUSTAMANTE

Rol

C-5328-2021

Fecha

29 de noviembre de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1, con fecha 15 de junio de 2021, compareci don Felipe Hern n Fr asó á í Jones, Abogado, en representaci n de ó BANCO ITA CORPBANCA Ú sociedad an nima bancaria, continuador legal de Banco Corpbanca, cuyo representante legal es eló Gerente General don Gabriel Amado De Moura, Run 25.345.916-6, Ingeniero Comercial, y ste a su vez en representaci n de la é ó TESORER A GENERAL DE LAÍ REP BLICAÚ , Rut 60.805.000-0, representada legalmente por do a Luisa Ximenañ Hern ndez Garrido, Run 8.723.120-8, Ingeniero Civil Industrial, todos con domicilioá para estos efectos en Agustinas 1291, Piso 6, Oficina G, Comuna de Santiago, quien dedujo demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de do a é ñ NICOLE ANDREA BUSTAMANTE ROMERO, Run 19.082.045-9, ignora profesi n u oficio, domiciliadaó en Gregoria 877, Belloto Centro, Quilpu Y En Fundo El Sauce, Parcela 14, Quilpu , é é a fin de que en definitiva: 1.- Se ordene seguir adelante con la ejecuci n en su contra por la cantidad deó 401,0655 UF, equivalente en pesos al d a 10 de mayo de 2021, a la suma de í $ 11.844.780, m s los intereses que por sobre dicha suma se devenguen conforme aá derecho hasta la fecha de pago efectivo. 2.- Se le condene al pago de las costas. Fundamenta su acci n indicando que el ejecutado es deudor vencido de losó siguientes instrumentos: I.- Pagar de monto capital equivalente a 8,3613 Unidades de Fomento, suscritoé con fecha 12 de abril de 2021, y con vencimiento para el d a 10 de mayo de 2021.í II.- Pagar de monto capital equivalente a 392,7042 Unidades de Fomento,é suscrito con fecha 12 de abril de 2021, y con vencimiento para el d a 10 de mayo deí 2021. Indic que los pagar s antes pormenorizados fueron suscritos por el representanteó é del Banco en virtud de la cl usula d cimo quinta, numerales uno, dos y tres del Contratoá é de Apertura que se acompa a en un otros , a la orden de Corpbanca, hoy Itau-ñ í Corpbanca y que la sumatoria de los montos de capital, ya referidos, asciende a 401

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, con fecha 15 de junio de 2021, compareci donó Felipe Hern n Fr as Jones, Abogado, en representaci n de á í ó BANCO ITAÚ CORPBANCA, y ste a su vez en representaci n de la é ó TESORER A GENERALÍ DE LA REP BLICAÚ , quien deduce acci n ejecutiva de cobro de pagar en contra deó é Código: LFCXXCLMKGN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl do a ñ NICOLE ANDREA BUSTAMANTE ROMERO, todos debidamente singularizados, de conformidad con los antecedentes de hecho, fundamentos de derecho y peticiones formuladas, descritos en la parte expositiva de esta sentencia, mismos que se dan por reproducidos en esta parte, y solicit se ordene seguir adelante con la ejecuci nó ó en su contra por la cantidad de 401,0655 UF, equivalente en pesos al d a 10 de mayoí de 2021, a la suma de $ 11.844.780, m s los intereses que por sobre dicha suma seá devenguen conforme a derecho hasta la fecha de pago efectivo, y se condene en costas a la ejecutada. SEGUNDO: Que a folio 17, con fecha 1 de julio de 2022, compareci do aó ñ Mar a Jos J uregui Escudero, abogada, en representaci n de do a í é á ó ñ NICOLE ANDREA BUSTAMANTE ROMERO, ejecutada de autos, ya individualizada, quien al primer otros de su presentaci n opone a la ejecuci n la excepci n del n mero 17 delí ó ó ó ú art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, solicitando el rechazo de la demandaí ó deducida en su contra, con costas, en base a los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho rese ados en la parte expositiva, los que se dan por enteramente reproducidosñ en esta parte. TERCERO: Que a folio 22, con fecha 1 de agosto de 2022, la parte ejecutante evacua el traslado conferido solicitando el rechazo ntegro de la excepci n opuesta coní ó costas, en base a los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho rese ados en lañ parte expositiva, los que tambi n se dan por ntegramente reproducidos en esta parte.é í CUARTO: Que, el ejecutante, para acreditar sus asertos, acompa losñó siguientes documentos: a) Pagar de monto capital equivalente a 8,3613Unidades de Fomento.é b) Pagar de monto capital equivalente a 392,7042 Unidades de Fomento.é c) Documento denominado Copia de contrato de Apertura de l nea de Cr dito“ í é para Estudiantes de Educaci n Superior con Garant a Estatal, seg n Ley 20.027,ó í ú que contiene mandato para firma de pagar s conferido a Corpbancaé ” d) Copia autorizada de escritura p blica de fecha 3 de septiembre de 2020,ú Repertorio N 28114-2020, otorgada por la Notar a Rene Benavente Cash, en laº í cual consta la personer a del representante del Banco para suscribir pagares ení representaci n de Corpbanca, cuyo continuador legal es Banco Itau- Corpbancaó y este a su vez del deudor. e) Copia autorizada de escritura p blica de fecha 16 de mayo de 2019,ú Repertorio N 1455-2019, otorgada en la Notar a de Santiago de don Jaimeº í Bernales Larra n, en donde consta la personer a para actuar en nombre yí í r

Fallo

fallo de fecha 13 de julio de 2020, el que transcribe en lo pertinente en apoyo a su contestaci n, afirmando que en su m rito siendo el tenor literal de la disposici n citadaó é ó claro y categ rico en cuanto a la imprescriptibilidad de estas obligaciones.ó Por ultimo se al que al estar endosado el t tulo al momento de su vencimiento añ ó í Tesorer a General de la Rep blica, tal como consta en cada pagar demandado, losí ú é cr ditos de que estos dan cuenta ten an como titular al Fisco de Chile, y en consecuenciaé í siendo el tenor literal de la disposici n citada claro y categ rico en cuanto a laó ó imprescriptibilidad de estas obligaciones, no cabe sino rechazarla en todas sus partes, con costas. A folio 23, con fecha 3 de agosto de 2022, el Tribunal declar admisible laó excepci n opuesta, recibiendo la causa a prueba, resoluci n que fue notificada a lasó ó partes con fecha 26 de agosto de 2022. A folio 29, con fecha 9 de noviembre de 2022, el Tribunal, atendiendo al estado procesal de la causa, cit a las partes para o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, con fecha 15 de junio de 2021, compareci donó Felipe Hern n Fr as Jones, Abogado, en representaci n de á í ó BANCO ITAÚ CORPBANCA, y ste a su vez en representaci n de la é ó TESORER A GENERALÍ DE LA REP BLICAÚ , quien deduce acci n ejecutiva de cobro de pagar en contra deó é Código: LFCXXCLMKGN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl do a ñ NIC

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 25 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-5328-2021 CARATULADO : TESORER A GENERAL DE LA REPUBLICA DEÍ CHILE/BUSTAMANTE Santiago, veintinueve de noviembre de dos mil veintid só VISTOS: A folio 1, con fecha 15 de junio de 2021, compareci don Felipe Hern n Fr asó á í Jones, Abogado, en representaci n de ó BANCO ITA CORPBANCA Ú sociedad an nima bancaria, co

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