CLINICA CIUDAD DEL MAR S.A./COVARRUBIAS
Rol
C-1304-2022
Fecha
29 de noviembre de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Con fecha 05 de mayo de 2022, comparece do a In s Eugenia Robles Carrasco,ñ é c dula de identidad N 17.559.911-8, abogada, domiciliada en la Avenida Err zurizé ° á 1178, Edificio Olivari, Piso 7, Oficina 74, Valpara so, en representaci n convencionalí ó como mandataria judicial de CLINICA CIUDAD DEL MAR S.A., RUT 96.885.950- 1, del giro de su denominaci n, representada legalmente por don V ctor Andr s Valleó í é Rohde, c dula de identidad N 13.990.115-0, Ingeniero Biom dico, ambos para estosé ° é efectos, de su domicilio, quien en la representaci n que inviste viene en solicitar que seó tenga por deducida demanda ejecutiva en contra de do a ñ MARIA SOLEDAD COVARRUBIAS ANTEZANA, c dula de identidad N 13.233.988-0, cuya profesi né ° ó u oficio desconoce, en calidad de suscriptora, con domicilio en Avenida Maroto N° 1055, DPTO. 101, Conc n y que se disponga que se despache mandamiento deó ejecuci n y embargo en su contra, por la cantidad de $11.443.556.-, por concepto deó pagar m s reajustes e intereses, con costas.é á Con fecha 26 de mayo de 2022, la parte demandada opuso excepciones a la demanda ejecutiva; Con fecha 02 de junio de 2022, la demandante evacu traslado conferido enó autos; Con fecha 03 de junio de 2022 se recibi la causa a prueba;ó Se cit a las parte a o r sentencia.ó í
Fundamentos
Considerando: I.- En cuanto a la objeci n de documentos:ó Que, con fecha 26 de mayo de 2022, la demandada aleg la falta de integridadó del pagar acompa ado en autos y se ala que por motivos de econom a procesal solicitaé ñ ñ í que se den por expresamente reproducidas las alegaciones hechas en lo principal y primer otros del escrito de oposici n de excepciones, en particular con relaci n a laí ó ó identificaci n de la persona deudora se alado en el documento que sirve de base comoó ñ t tulo ejecutivo, incurre en un error calificable y anulable y que como ya mencion , noí ó se ha cumplido en este caso con se alar la calificaci n correcta del nombre de lañ ó demandada. Que, de esta manera el pagar contiene elementos que no fueron agregados deé acuerdo a la ley, que el documento suscrito por Ma. Soledad Covarrubias Antezana, tiene menciones agregadas que alteran su integridad, peor a n, dichas menciones sonú agregadas en contra de la ley y de las propias instrucciones establecidas para ello, y que en virtud del art culo 346 del C digo de Procedimiento Civil, solicita que se tenga porí ó objetado el pagar por falta de integridad.é Que, no existen antecedentes que permitan tener por acreditada la falta de integridad alegada y, adem s, se estima que los fundamentos de la objeci n dicená ó relaci n con el valor probatorio que se otorgar a tales instrumentos, en definitiva, enó á consecuencia, se negar lugar a la objeci n formulada.á ó Código: QEHBXCBMXEN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1304-2022 Foja: 1 II.- En cuanto al fondo: Primero: Que, con fecha 05 de mayo de 2022, comparece do a In s Eugeniañ é Robles Carrasco, abogada, domiciliada en la Avenida Err zuriz 1178, Edificio Olivari,á Piso 7, Oficina 74, Valpara so, tel fono (32) 245.0990, e-mailí é recepcion@hadadyasociados.cl, en representaci n convencional como mandataria judicialó de CLINICA CIUDAD DEL MAR S.A., del giro de su denominaci n, representadaó legalmente por don V ctor Andr s Valle Rohde, Ingeniero Biom dico, ambos para estosí é é efectos, de su domicilio quien viene en interponer demanda ejecutiva en contra de do a ñ MARIA SOLEDAD COVARRUBIAS ANTEZANA, RUT 13.233.988-0, cuya profesi n u oficio desconoce, en calidad de suscriptora, con domicilio en Av. Marotoó 1055, Dpto. 101, Conc n.ó Expone que, su parte es due a del Pagar N 0116044, suscrito por do a Mariañ é º ñ Soledad Covarrubias Antezana, que el referido pagar fue suscrito originalmente por laé suma de $11.443.556.-, con sus intereses incluidos, que debi ser pagado en una nicaó ú cuota, teniendo fijada como fecha de pago el 30 de noviembre del a o 2021. Indica que,ñ se estipul que en caso de mora o simple retardo en el pago de todo o parte del capital,ó dar derecho a su parte, para exigir de inmediato como si fuere plazo vencido el total deá la obligaci n que estuviere pendiente. Sucediendo que el presente pagar devengar aó é á contar de la fecha de inicio de
Fallo
fallo del tribunal,ó requisito que de igual forma se cumple al solicitarse la ejecuci n del mismo t tulo el cualó í es acompa ado en autos.ñ Que, sin perjuicio de lo anteriormente se alado, su parte encuentra que losñ argumentos de la parte contraria no poseen la suficiente fuerza para que se d raz n a laé ó misma, atendiendo que en primer lugar se tienen 5 numerales que forman los requisitos establecidos en el art culo 254 del C digo de Procedimiento Civil y de los cualesí ó claramente la parte contraria no hace menci n a ninguno de ellos, sino por el contrario,ó vagamente aluden la ineptitud del libelo haciendo menci n que el titulo ejecutivoó acompa ado en la demanda y en autos no se encuentra completo al no contener elñ nombre de la demandada completo, pero es v lido mencionar que este t tulo ejecutivoá í as como el mandato especial para llenar el pagare, son llenados de pu o y letra delí ñ mismo demandado en este caso fue do a Maria Soledad Covarrubias Antezana, la queñ suscribi el mismo pagar que est siendo acompa ado en la demanda, es decir que aó é á ñ modo de conclusi n puede determinar que se pudo obrar de mala fe por parte de laó demandada al no llenarlo correctamente. Indica que tambi n se puede determinar que si bien es cierto no se encuentra elé dicho pagar llenado con nombre completo de la persona demandada en autos, laé ineptitud del libelo no constituye que este no tenga fuerza de t tulo ejecutivo ni le restaí validez, por un hecho que fue provocado por la m
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C-1304-2022 Foja: 1 FOJA: 18 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Vi a del Marº ñ CAUSA ROL : C-1304-2022 CARATULADO : CLINICA CIUDAD DEL MAR S.A./COVARRUBIAS Vi a del Marñ , veintinueve de Noviembre de dos mil veintid só Visto: Con fecha 05 de mayo de 2022, comparece do a In s Eugenia Robles Carrasco,ñ é c dula de identidad N 17.559.911-8, abogada, domiciliada en la
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