MINERA MIRASOL CHILE LIMITADA/
Rol
V-237-2021
Fecha
29 de noviembre de 2022
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don David Herrera Arellano, chileno, casado, abogado, Cédula Nacional de Identidad 8.779.035-5, en representación de MINERA MIRASOL CHILE LIMITADA, sociedad chilena del giro de su denominación, RUT 76.907.760-K, ambos domiciliados en Avenida Nueva Providencia N°1881, Oficina 2004, Providencia, Santiago, con fecha 23 de Abril del año dos mil veintiuno, a las 21:46:39 horas, formuló Manifestación de la concesión de explotación denominada “AKIRA 48B 1 AL 30”, con un grupo de 30 pertenencias de 10 hectáreas, de abarcando un área total de 300 hectárea. SEGUNDO: Que, invocando la concesión de exploración constituida y vigente de su representada denominada “AKIRA 48B”, constituida mediante Sentencia dictada a su favor con fecha 26 de Abril de 2019, del 4° Juzgado De Letras De Antofagasta, Rol Nº V- 912-2018. La sentencia inscrita a fojas 3879 Nº 2266 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Antofagasta, correspondiente al año 2019, razón por la cual y conforme al artículo 41 y 60 del Código de Minería, ésta debe tenerse por presentada el día 13 de Diciembre del año 2018, fecha de presentación del pedimento de la referida concesión de exploración TERCERO: Que, con fecha 05 de Mayo del año 2021, la Manifestación fue inscrita a fojas 2306, bajo el Nº1225, del año 2021, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Antofagasta. CUARTO: Que, con fecha 24 de mayo de 2021, se publicó la inscripción de la Manifestación en el Boletín Oficial de Minería, Núm. 42.960, el Diario Oficial. Que, con fecha 27 de Diciembre de 2021, se publicó la solicitud de mensura en el Boletín Oficial de Minería, Núm. 43.137, el Diario Oficial. QUINTO: Que, con fecha 17 de Julio del año 2022, el solicitante acompañó acta y plano en triplicado de la operación de mensura. Código: XBQJXCFFSDN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEXTO: Que, el informe del Servicio Nacional de Geología y Minería Nº4819, de fecha 18 de Mayo del año 2022, señala observaciones a los aspectos técnicos relacionados con la solicitud. Que, con en el folio 19, se agregó informe del Servicio Nacional de Geología y Minería Nº6213, de fecha 03 de Noviembre del año dos mil veintidós, el cual informó, correcta la operación técnica de mensura. SEPTIMO: Que, las coordenadas U. T. M. de cada uno de los linderos del perímetro de la concesión de explotación y su punto interés son: VÉRTICE NORTE (metros) ESTE (metros) PI 7.199.500,00 508.500,00 L1 7.201.000,00 508.000,00 L2 7.201.000,00 509.000,00 L3 7.198.000,00 509.000,00 L4 7.198.000,00 508.000,00 OCTAVO: Que, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 85 del Código de Minería, por haberse cumplido todos los requisitos legales y no existiendo impedimentos técnicos;
Fallo
SE RESUELVE: Que se aprueba el plano y queda constituida la concesión de explotación denominada “AKIRA 48B 1 AL 30” ”, con un grupo de 30 pertenencias de 10 hectáreas, de abarcando un área total de 300 hectáreas, a favor de MINERA MIRASOL CHILE LIMITADA, representada por don David Herrera Arellano, ambos ya individualizados en autos. Extráctese la presente sentencia constitutiva como lo estipula el artículo 90 del Código de Minería y publíquese, inscríbase y archívese de conformidad a la Ley. Dese al interesado copia autorizada de la presente sentencia constitutiva, el original del plano y copia del acta de mensura, para ser entregados por éste o por quién sus intereses represente al Servicio Nacional de Geología y Minería. Inscríbase la presente sentencia constitutiva y el acta de mensura en el Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Antofagasta, y remítase copia del plano al Conservador de Minas referido, a fin de que proceda a su archivo en el registro correspondiente. Notifíquese por correo electrónico al SERNAGEOMIN y al Conservador de Minas de la ciudad de Antofagasta. Código: XBQJXCFFSDN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Regístrese y notifíquese y en su oportunidad archívese. Rol V-237-2021 Dictada por doña Elizabeth Verónica Araya Julio, Juez Titular. Antofagasta, veintinueve de Noviembre del año dos mil veintidós, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede. Código: XB
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ROL : V-237-2021 MATERIA : MANIFESTACION MINERA “AKIRA 48B 1 AL 30” CÓDIGO : M01M SOLICITANTE : MINERA MIRASOL CHILE LIMITADA FECHA INICIO : 23.04.2021 Antofagasta, veintinueve de Noviembre del año dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don David Herrera Arellano, chileno, casado, abogado, Cédula Nacional de Identidad 8.779.035-5, en representación de MINERA MIRASOL CHILE LIMITAD
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