2º Juzgado Civil de Rancagua

ALFARO/

Rol

V-194-2022

Fecha

28 de noviembre de 2022

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 05 de julio de 2022, a folio 1 de estos autos, comparece don Matías Alberto Alfaro Caroca, C.I. 20.371.683-4, estudiante, domiciliado en Pasaje Oyague N°2561, Villa Nelson Pereira, comuna de Rancagua, solicitando autorizar el cambio de nombre, realizando su rectificación, quedando en definitiva como Matías Agustín Bown Caroca. Expone, que solicita autorización para el cambio de su nombre, rectificando su partida de nacimiento que figura inscrita bajo el número 3.026 del Registro S del año 2000, de la Circunscripción de Rancagua del Registro Civil e Identificación, en el sentido de que este quede en definitiva como Matías Agustín Bown Caroca. Señala que el motivo que lo incita a solicitar la eliminación de su primer apellido paterno se relaciona esencialmente a que este apellido no lo identifica y menos representa, en razón de su historia familiar, haciendo presente que su madre doña Ana María Caroca, cuando su hermano gemelo y él, tenían un año de vida, terminó su relación sentimental con su padre progenitor, don Carlos Alfaro y, con ocasión de ello, es que esta persona se desentendió absolutamente de ellos, tanto es así, que no lo conoce, no obstante que al parecer viven muy cerca de él, pero nunca ha mantenido contacto con él, ya que éste último nunca ha demostrado interés por su persona; precisa que su hermano y él , se criaron con el amor de su madre y, el de su pareja don Alex Bown su pareja, a quien reconoce, voluntariamente y espontáneamente como su padre, además de sus abuelos, todos ellos fueron quienes los cuidaron, les entregaron educación, valores y verdadero amor sin importar el vínculo biológico de parentesco existente. Agrega, que quizás para el común de las personas que no cuenta con relaciones disfuncionales con su padre, estimen que no hará mayor diferencia llevar o no un apellido, ya que no enmienda un daño sentimental Código: KFQTXCRTKXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ocasionado por años, pero para él, si haría una gran deferencia, el hecho de poder tener su verdadera identidad respaldada ante la Ley. Manifiesta, que tampoco se ha identificado con su segundo nombre actual, que es Alberto, por cuanto jamás le ha agradado, ni se ha sentido a gusto con él, es por ello que desea que su segundo nombre sea Agustín, quedando su nombre completo como “Matías Agustín Bown Caroca” Finalmente señala que concurren los requisitos estipulados en la letra a) del artículo 1° de la ley 17.344, puesto el hecho de haber sido inscrito con el nombre de Matías Alberto Alfaro Caroca, le ha ocasionado serio detrimentos en su personalidad y conforme a lo expuesto y antes de que continúe transcurriendo el tiempo y se incremente el menoscabo moral de su persona, es indispensable que se rectifique la partida señalada, cambiando su nombre “Matías Alberto Alfaro Caroca”, por “Matías Agustín Bown Caroca”, hace presente además que es soltero y no ti

Fallo

en mérito de lo expuesto y de los antecedentes incorporados a esta causa, todos ya analizados, no cabe más que acoger la acción sub lite, como se dirá, por cuanto se acreditó por el peticionario, que su nombre actual lo menoscaba moralmente. Y teniendo presente lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 1 y siguientes de la Ley 17.344; y 817, 818, 819, 824 y 826 del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.- Que se acoge la solicitud de fecha 05 de julio de 2022, autorizándose se rectifique el nombre de don MATIAS ALBERTO ALFARO Código: KFQTXCRTKXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl CAROCA, RUN 20.371.683-4, por el de MATIAS AGUSTIN BOWN CAROCA. II.- Subinscríbase lo resuelto bajo la inscripción N° 3.026 del Registro S del año 2000 de la Circunscripción de Rancagua, del Servicio de Registro Civil e Identificación. Rol V-194-2022 Dictada por don Cristián Fernández González, Juez Titular del Segundo Juzgado Civil de Rancagua. Código: KFQTXCRTKXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-11-28T21:11:49-0300

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Rancagua, veintiocho de noviembre de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 05 de julio de 2022, a folio 1 de estos autos, comparece don Matías Alberto Alfaro Caroca, C.I. 20.371.683-4, estudiante, domiciliado en Pasaje Oyague N°2561, Villa Nelson Pereira, comuna de Rancagua, solicitando autorizar el cambio de nombre, realizando su rectificación, quedando en definitiva c

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