CARTES/
Rol
V-51-2022
Fecha
28 de noviembre de 2022
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Solicitud presentada. En folio 1, comparece BRANDON ALEJANDRO CARTES NAUPAY, estudiante, RUN N°19.122.789-1, domiciliado en Los Placeres Altos S/N, Caleta Tumbes, comuna de Talcahuano, formulando solicitud de cambio de su apellido paterno, según lo dispone la Ley N° 17.344 en su artículo 1° letra b). Funda su petición en que su nombre es Brandon Alejandro Cartes Naupay, sin embargo, desde su infancia fue conocido por amigos, compañeros y círculo social cercano, como Brandon Alejandro Valenzuela Naupay, sustituyendo su apellido Cartes por Valenzuela, que es el que lo representa. Ello, dice, porque jamás ha tenido relación con su padre biológico, al contrario, desde pequeño fue criado con amor y cariño por el ex esposo de su madre, Roberto Valenzuela quien ha sido realmente su padre. En cuanto al derecho cita el artículo 1º letra b) de la Ley Nº17.344. Por lo anterior, pide, en definitiva, se autorice el cambio de apellido paterno sustituyéndolo por “Valenzuela”, ordenándose las rectificaciones pertinentes. SEGUNDO: Análisis de los antecedentes y razonamiento para resolver. 1) En primer término, conforme a las argumentaciones de hecho ya expuestas, es posible colegir que la solicitud se efectúa de acuerdo a lo preceptuado en la letra b). del artículo 1° de la Ley 17.344. Código: HDWYXCZHTXM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 2) Luego, en la información sumaria de testigos verificada en folio 6, se da cuenta de la comparecencia de Elena del Carmen Espinoza Ramírez y Eduardo Antonio Hernández San Martín quienes, en resumen, manifestaron de forma conteste, que por conocer desde niño a Brandon, les consta que siempre se le ha identificado con el apellido Valenzuela porque fue criado por su padrastro, quien cumplió el rol de padre, así es que él se identifica con ese apellido, con el que es conocido por amistades y vecinos. Agregaron que Brandon nunca tuvo contacto con el padre biológico. 3) A folios 11, 13 y 15, hay constancia que se dio cumplimiento a lo ordenado en el inciso 7° del artículo 2° de la Ley 17.344, en cuanto a requerir los informes ordenados por dicha norma. 4) Consta a folio 17 que se hizo publicación en el Diario Oficial, como lo ordena el artículo 2 de la ley 17.344, sin que dentro del término de treinta días contados desde la fecha de publicación del aviso indicado, alguna persona se haya opuesto a la solicitud de cambio de apellido, según consta de certificación de folio 19. 5) Por su parte, a folio 26, rola Informe del Servicio de Registro Civil e Identificación, mediante Oficio N°5260 de fecha 8 de noviembre de 2022, que en lo relevante para decidir, señala que la inscripción N°1357, Registro S del año 1996, de la circunscripción Concepción, tiene como titular a Brandon Alejandro Cartes Naupay, nacido el 31 de marzo de 1996, en la cual se registra subinscripción de acta de reconocimiento del padre y rectificación administr
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Foja: 1 FOJA: 30 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Talcahuanoº CAUSA ROL : V-51-2022 CARATULADO : CARTES/ Talcahuano, veintiocho de Noviembre de dos mil veintid só VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Solicitud presentada. En folio 1, comparece BRANDON ALEJANDRO CARTES NAUPAY, estudiante, RUN N°19.122.789-1, domiciliado en Los Placeres Altos S/N, Caleta Tumbes, comuna d
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