ARÉVALO/ÁLVAREZ
Rol
C-236-2020
Fecha
28 de noviembre de 2022
Materia
PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1 y posterior rectificación de folio 9, comparece JULIAN EDUARDO FEBRERO MOSCOSO, abogado, domiciliado en calle Baquedano N°958, oficina 7 de la ciudad de Iquique, en representación de JEANETTE JACQUELINE ARÉVALO SALINAS, quien interpone demanda de precario en juicio sumario, en contra de RAFAEL ALEJANDRO ALVAREZ ARAYA, ignora profesión u oficio, domiciliado en calle Estados Unidos N°3063, Conjunto Habitacional Tarapacá Sector Alto Molles de la comuna de Alto Hospicio. Expone que su representada es dueña del inmueble ya señalado, cuyo dominio se encuentra inscrito a fojas 3888 vuelta, número 6091 del Registro de Propiedad del año 2014. Alega que el demandado en autos ocupa la propiedad por mera tolerancia de su mandante, sin mediar contrato o título que lo permita; afirma que se le hizo entrega de una carta certificada requiriendo la restitución, pero el demandado se niega a ésta. Por lo tanto, al mérito de lo expuesto y previas normas que indica, solicita se condene al demandado a la restitución de la propiedad, libre de todo ocupante, dentro de tercero día de ejecutoriada la sentencia o en el plazo que se estime conforme al proceso, bajo apercibimiento de ser lanzado con auxilio de la fuerza pública, con costas. A folio 40, se llevó a cabo el comparendo de estilo, con la asistencia de ambas partes, donde solicitaron la suspensión de la audiencia para efectos de lograr un acuerdo. A folio 44, se llevó a cabo la continuación de la audiencia de estilo, con la asistencia de ambas partes, se tiene por ratificada la Código: LELFXCZGERM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl demanda en todas sus partes, con costas; se tiene por contestada la demanda por parte del demandado; llamadas las partes a conciliación, ésta no se produce. En cuanto a la contestación de la demanda, esta consta a folio 38, compareciendo Valentina Constanza Marchant Marchant, en representación de la parte demandada, s
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1 y posterior rectificación de folio 9, comparece Julián Eduardo Febrero Moscoso, abogado, en representación de Jeanette Jacqueline Arévalo Salinas, quien por los motivos señalados en la parte expositiva, interpone demanda de precario en juicio sumario, en contra de Rafael Alejandro Álvarez Código: LELFXCZGERM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Araya, solicitando se condene al demandado a la restitución de la propiedad, libre de todo ocupante, dentro de tercero día de ejecutoriada la sentencia o en el plazo que se estime conforme al proceso, bajo apercibimiento de ser lanzado con auxilio de la fuerza pública, con costas. SEGUNDO: Que a folio 44, se tuvo por contestada la demanda por parte del demandado. TERCERO: Que, la acción de precario del artículo 2195 inciso 2° del Código Civil, tiene como presupuestos: a) que el demandante sea dueño del bien cuya restitución solicita, b) que el demandado ocupe dicho bien, c) que la ocupación sea sin previo contrato, y d) que el demandado ocupe el bien por ignorancia o mera tolerancia de su dueño. La carga de la prueba respecto de las dos primeras exigencias, de acuerdo al artículo 1698 del Código Civil, corresponde al actor, pero una vez satisfechas, recae sobre el demandado probar que la ocupación está justificada por un título o contrato. CUARTO: Que, para estos efectos la actora, rindió la siguiente prueba documental: 1. Certificado de dominio vigente, correspondiente a inscripción de fojas 3888 vuelta número 6091, del Registro de Propiedad del año 2014 del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, el cual da cuenta del dominio de la demandante del inmueble de calle Doce N°3063 del Conjunto Habitacional Tarapacá del Sector Alto Molle de Alto Hospicio. Documento acompañado con citación, no objetado. QUINTO: Que, la parte demandada a fin de acreditar sus dichos acompañó el siguiente documento: 1. Certificado de Residencia de la Junta de Vecinos “Fuerza Joven”, donde consta que el demandado vive en el inmueble ubicado en Avenida Estados Unidos N°3063 de la comuna de Alto Hospicio desde el año 2009 hasta enero de 2022. Documento acompañado con citación, no objetado. Código: LELFXCZGERM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEXTO: Que a folio 62 se decretó una medida para mejor resolver, la cual se tuvo por no cumplida a folio 63. SÉPTIMO: Que, con respecto al fondo de la acción entablada, ponderada la prueba documental de acuerdo a los artículos 342 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, en relación al artículo 1700 del Código Civil, en especial el certificado de dominio vigente aparejado al proceso, es posible inferir que la actora, es dueña del inmueble ubicado en calle Doce N°3063 del Conjunto Habitacional Tarapacá del Sector Alto Molle de la comuna de Alto Hospicio. Por otro lado, es posible acreditar que el demandado en aut
Fallo
SE DECLARA: I.- Que SE RECHAZA la demanda de precario interpuesta, por JULIAN EDUARDO FEBRERO MOSCOSO, abogado, en representación de JEANETTE JACQUELINE AREVALO SALINAS, en contra de RAFAEL ALEJANDRO ÁLVAREZ ARAYA. II. Que no se condena en costas a la parte demandante por haber tenido motivos plausibles para litigar. Regístrese y notifíquese personalmente o por cédula a las partes. ROL N°236-2020. Dictada por doña PATRICIA ALEJANDRA SHAND SCHOLZ, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras de Iquique. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Iquique, veintiocho de Noviembre de dos mil veintidós Código: LELFXCZGERM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-11-28T13:14:10-0300
Texto Completo (Preview)
FOJA: 61 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Iquiqueº CAUSA ROL : C-236-2020 CARATULADO : AR VALO/ LVAREZÉ Á Iquique, veintiocho de Noviembre de dos mil veintidós VISTO: A folio 1 y posterior rectificación de folio 9, comparece JULIAN EDUARDO FEBRERO MOSCOSO, abogado, domiciliado en calle Baquedano N°958, oficina 7 de la ciudad de Iquique, en representación de JE
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