18º Juzgado Civil de Santiago

NAVARRETE/BANCO SANTANDER-CHILE CHILE

Rol

C-9308-2022

Fecha

28 de noviembre de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 29 de agosto de 2022, comparece don Jorge Eugenio Navarrete Ram rez, empleado, con domicilio en Agustinas N 814, oficinaí ° 408, comuna de Santiago, deduce demanda de prescripci n extintiva enó contra de Banco Santander Chile, del giro de su denominaci n representadaó por don Sergio Yavar Carberry, ignora profesi n u oficio, ambosó domiciliados en Bandera N 140, comuna de Santiago. ° Se ala que con fecha 27 de marzo de 2017 suscribi pagar Nñ ó é ° 420017618490 suscrito por la suma de 1.802 U.F pagadero en 359 cuotas mensuales, sucesivas e iguales de 7,3539 U.F cada una con vencimiento los d as 11 de cada mes a contar del 11 de mayo de 2017 y hasta el 11 deí marzo de 2047, y una ltima cuota por la suma de 7,3520 U.F conú vencimiento el 11 de abril de 2047. Agrega que debido a problemas financieros no pudo seguir cumpliendo con su obligaci n de pago dejando de pagar la cuota conó vencimiento el d a 12 de junio de 2017 y las siguientes.í Expone que debido al incumplimiento con fecha 21 de diciembre de 2017 se le demand ejecutivamente por cobro de pagar en causa rol C-ó é 36870-2017, radicada en el 8 Juzgado Civil de Santiago haciendo efectiva° la cl usula de aceleraci n, exigiendo el pago por la totalidad de la deudaá ó m s intereses pactados. á Código: CMXHXCGZXQM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9308-2022 Foja: 1 Afirma, que ante la inactividad del Banco Santander, con fecha 16 de junio de 2022 solicit el abandono del procedimiento, siendo acogida por eló tribunal dando por terminado el procedimiento ejecutivo encontr ndoseá dicha sentencia ejecutoriada con fecha 23 de agosto de 2022. Explica que transcurri el plazo que establece la Ley.18.092 sobreó Letras de Cambio y Pagar s, y luego de desarrollar latamente losé argumentos por los cuales en la especie debe aplicarse el plazo de prescripci n establecido en los art culos 2492 y 2514 del C digo Civil.ó í ó Concluye, solicitando

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1 ) Que, con fecha 29 de agosto de 2022, comparece don Jorge° Eugenio Navarrete Ram rez, empleado, con domicilio en Agustinas N 814,í ° oficina 408, comuna de Santiago, deduce demanda de prescripci n extintivaó en contra de Banco Santander Chile, del giro de su denominaci nó representada por don Sergio Yavar Carberry, ignora profesi n u oficio,ó ambos domiciliados en Bandera N 140, comuna de Santiago, solicitando, en° definitiva, lo que se se alara en la parte expositiva precedente. ñ 2 ) Que, la demandada se allana en los t rminos expresados en lo° é expositivo de la presente sentencia. 3 ) Que, la parte demandante rindi prueba documental consistente° ó en pagar N 420017618490 suscrito con fecha 27 de Marzo del a o 2017é ° ñ por la suma de 1.802 Unidades de fomento y copia de demanda ejecutiva Código: CMXHXCGZXQM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9308-2022 Foja: 1 causa Rol C-36870-2017, caratulada Banco Santander Chile con Navarro ,“ ” del 8 Juzgado Civil de Santiago.° 4 ) Que el antecedente anterior unido al reconocimiento del° demandado de la obligaci n de cr dito en la forma se alada por el actor enó é ñ su libelo, resultan suficiente para acreditar la obligaci n crediticia en que seó funda la demanda. 5 ) Que, conforme lo dispuesto en el art culo 98 de la ley 18092 de° í letra de cambio y pagar El plazo de prescripci n de las accionesé “ ó cambiarias del portador contra los obligados al pago es de un a o, contadoñ desde el d a del vencimiento del documento .í ” 6 ) Que, atendido lo razonado en las motivaci n cuarta y quinta, y° ó habiendo transcurrido el plazo en los t rminos ya se alados, no cabe m sé ñ á que acoger la demanda principal en los t rminos que se se alaré ñ á

Fallo

Por estas consideraciones, y teniendo adem s presente lo dispuesto ená los art culos 1698, 1712, 1713, 2514, 2517, 2521 del C digo Civil; 144,í ó 160, 170, 254 y siguientes; 342, 426 del C digo de Procedimiento Civil, y laó ley 18092 se declara: Que se acoge, sin costas, la demanda de fecha 29 de agosto de 2022 respecto del pagar N 420017618490 cuyo beneficiario es el demandadoé ° Banco Santander Chile. Reg strese, notif quese y en su oportunidad arch vense.í í í Pronunciada por do a Claudia Donoso Niemeyer, Juez Titular;ñ Autorizada por don Erwin C rdenas Jofr , Secretario Subrogante. á é Código: CMXHXCGZXQM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9308-2022 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintiocho de Noviembre de dos mil veintid só Código: CMXHXCGZXQM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-11-28T12:51:12-0300

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C-9308-2022 Foja: 1 FOJA: 14 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 18 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-9308-2022 CARATULADO : NAVARRETE/BANCO SANTANDER-CHILE CHILE Santiago, veintiocho de Noviembre de dos mil veintid só VISTOS: Con fecha 29 de agosto de 2022, comparece don Jorge Eugenio Navarrete Ram rez, empleado, con domicilio en Agustinas N 814, oficinaí ° 408, comuna de Santi

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