1º Juzgado Civil de Viña del Mar

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VIÑA DEL MAR/CONSTANTINO

Rol

C-173-2019

Fecha

28 de noviembre de 2022

Materia

SENTENCIA PENAL CONDENATORIA

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Con fecha 10 de enero de 2019, folio 1, comparece don Michael Wilkendorf Simpfendorfer, c dula nacional de identidad Nº 9.525.742-9, Abogadoé Procurador Fiscal de Valpara so, del Consejo de Defensa del Estado, ení representaci n conforme a lo dispuesto en el art culo 24 de la Ley Org nica deló í á Consejo de Defensa del Estado, de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VI AÑ DEL MAR, rol nico tributario N° 69.061.000-0, corporaci n de derecho p blico,ú ó ú todos domiciliados para estos efectos en calle Prat N° 772, 2° piso, comuna de Valpara so, quien viene en interponer demanda civil de indemnizaci n de perjuiciosí ó por responsabilidad civil extracontractual, en contra de don FRANCISCO JAVIER SALVADOR GARC AÍ , c dula nacional de identidad N° 12.845.022-K, t cnicoé é en construcci n, domiciliado en calle Lago Villarrica N° 599, departamento 21,ó Mirador de Re aca, comuna de Vi a del Mar; don ñ ñ RODRIGO ANDR S LARCOÉ SOTO, cedula nacional de identidad N° 11.548.460-5 y de do a ñ KAREN PAOLA CONSTANTINO MU OZÑ , cedula nacional de identidad N° 8.999.833- 6, ambos ingenieros, domiciliados en calle Tod Evered N° 324, comuna de Vi añ del Mar; ello a objeto de que se condene a los demandados a pagar solidariamente la suma de $ 263.888.768.- por concepto de da o emergente o la suma menor oñ mayor que el Tribunal determine conforme a derecho y al m rito de autos, m sé á intereses corrientes, reajustes y costas de la causa. Con fecha 26 de noviembre de 2021, folio 49, se llev a cabo audiencia deó contestaci n y conciliaci n, con la comparecencia de la parte demandante y con laó ó inasistencia de los demandados, por lo que se tuvo por contestada la demanda en rebeld a de stos. Acto seguido, llamadas las partes a conciliaci n, sta no seí é ó é produce atendida la rebeld a ya referida.í Código: XMNZXCZBLQM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Con fecha 07 de diciembre de 2021, folio 50, se recibi la causa a prueb

Fundamentos

Considerando: Primero: Demanda. Que con fecha 10 de enero de 2019, folio 1, comparece don Michael Wilkendorf Simpfendorfer, Abogado Procurador Fiscal de Valpara so, del Consejo de Defensa del Estado, en representaci n de la Ilustreí ó Municipalidad de Vi a del Mar, quien viene en interponer demanda civil deñ indemnizaci n de perjuicios por responsabilidad civil extracontractual, en contra deó don Francisco Javier Salvador Garc a, don Rodrigo Andr s Larco Soto y do aí é ñ Karen Paola Constantino Mu oz, todos ya individualizados en autos; acci n por lañ ó cual solicita se condene a los demandados a pagar solidariamente la suma de $ 263.888.768.- por concepto de da o emergente o la suma menor o mayor que elñ Tribunal determine conforme a derecho y al m rito de autos, m s interesesé á corrientes, reajustes y costas de la causa; todo ello con base a los antecedentes que pasa a exponer. I.- Fundamentos de Hecho: Explica que mediante Decreto Alcaldicio N° 6.876 de fecha 19 de junio de 2015, la Ilustre Municipalidad de Vi a del Mar, adjudic la propuesta p blicañ ó ú licitada bajo el ID 3929-30-LP15, denominada “Construcci n Centro Deportivo Eló Tamarugal, sector El Olivar”, a la empresa Puerto Madero Ingenier a yí Construcci n Limitada (en adelante, Puerto Madero Ltda.); empresa en que losó nicos socios eran don Rodrigo Andr s Larco Soto, con una participaci n societariaú é ó del 40%, y do a Karen Paola Constantino Mu oz, su c nyuge, quien era titular delñ ñ ó 60% restante, siendo adem s, su representante legal.á Refiere que con fecha 06 de julio de 2015, ambas partes suscribieron el contrato de ejecuci n de la referida obra, por un monto total $ 416.464.921.-,ó contrato que fue aprobado por Decreto Alcaldicio N° 9.462, de fecha 31 de julio de 2015, de la respectiva Municipalidad. Agrega que con fecha 13 de julio de 2015, mediante Notificaci n N°ó 22/2015 suscrita por el Director de la Secretar a Comunal de Planificaci n de laí ó Ilustre Municipalidad de Vi a del Mar, se design al funcionario de esañ ó Municipalidad, don Francisco Javier Salvador Garc a, como Inspector de la Unidadí Código: XMNZXCZBLQM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Administrativa del Contrato denominado “Construcci n Centro Deportivo Eló Tamarugal, sector El Olivar”. Indica que durante el per odo comprendido entre los meses de mayo yí diciembre del a o 2016, el demandado don Francisco Javier Salvador Garc a,ñ í desempe ndose en su cargo de inspector, procedi a infringir gravemente losñá ó deberes de probidad y de resguardo de los fondos p blicos, y contando con laú colaboraci n dolosa y concertada de los demandados do a Karen Paola Constantinoó ñ Mu oz y don Rodrigo Andr s Larco Soto, de manera reiterada y en lasñ é operaciones en que intervino por raz n de su cargo, defraud a la Ilustreó ó Municipalidad de Vi a del Mar y a diversas empresas de factoring, medianteñ maniobras fraudulentas realizadas durante la ejec

Fallo

Por tanto, en m rito de lo expuesto, normas citadas y dem s aplicables,é á solicita tener por deducida demanda civil extracontractual de indemnizaci n deó perjuicios en juicio sumario, en contra de don Francisco Javier Salvador Garc a,í do a Karen Paola Constantino Mu oz y don Rodrigo Andr s Larco Soto, todos yañ ñ é individualizados, acogerla a tramitaci n, declarando en definitiva que: ó 1.- Se les condene solidariamente a pagar a la Ilustre Municipalidad de Vi añ del Mar, a t tulo de indemnizaci n de perjuicios la suma de $ 263.888.768.- porí ó concepto de da o emergente, correspondiente al perjuicio causado por el hechoñ delictivo de los demandados, o la suma menor o mayor que el Tribunal fije con arreglo a derecho y al m rito de autos.é 2.- Se les condene, adem s, al pago de esa suma m s reajustes conforme laá á variaci n del I.P.C., entre las fechas de comisi n de los il citos referidos y la fechaó ó í del pago efectivo, o por el per odo que el Tribunal estime conforme al m rito delí é proceso y con arreglo a derecho. 3.- Se les condene, tambi n, al pago de los intereses corrientes sobre la sumaé reajustada, calculados desde que el fallo definitivo se encuentre ejecutoriado y su efectivo pago, o bien, por el per odo que el Tribunal estime conforme al m ritoí é del proceso y con arreglo a derecho. 4.- Se les condene, asimismo, al pago de las costas de la causa. Segundo: Contestaci n en rebeld a. ó í Con fecha 26 de noviembre de 2021, folio 49, se llev a cabo audiencia

Texto Completo (Preview)

FOJA: 69 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-173-2019 CARATULADO : ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VI A DELÑ MAR/CONSTANTINO Vi a del Marñ , veintiocho de Noviembre de dos mil veintid só Vistos: Con fecha 10 de enero de 2019, folio 1, comparece don Michael Wilkendorf Simpfendorfer, c dula nacional de identidad Nº 9.525.742-9, Abogadoé Procurador

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