2do Juzgado de Letras de Talagante

BUSTAMANTE/CORPORACION MUNICIPAL DE ISLA DE MAIPO PARA LA EDUCACION Y SALUD

Rol

M-9-2023

Fecha

28 de junio de 2023

Materia

Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, los siguientes: 1.- Procedencia y determinación de las prestaciones demandadas por feriado proporcional, bono de término de conflicto y por bono de vacaciones.Hechos y Antecedentes que lo justifican. 2.- efectividad de estar suscrito la parte demandante un finiquito, respecto de la contestación. Hechos y antecedentes 3.- Base de cálculo para determinar las eventuales prestaciones e indemnizaciones solicitadas, conforme a lo dispuesto en el artículo 172 del Código del Trabajo. Queda firme la interlocutoria de prueba. PRUEBA OFRECIDA POR LA PARTE DEMANDANTE Esta no es ofrecida, atendida la rebeldía de la parte demandante PRUEBA OFRECIDA POR LA PARTE DEMANDADA DOCUMENTAL 1. Copia de finiquito de fecha 29 de marzo del 2023, entre la corporación municipal de educación y salud de Isla de Maipo y doña María Javiera Bustamante Salazar. 2. Copia de comprobante de transferencia electrónica de fecha 27 d junio de 2023. El Tribunal resuelve: Téngase por ofrecida la prueba documental de la parte demandada. INCORPORACIÓN PRUEBA PARTE DEMANDANTE: Esta no se incorpora atendido que no fue ofrecida la prueba por la parte demandante INCORPORACIÓN DE LA PRUEBA PARTE DEMANDADA Documental: 1. Copia de finiquito de fecha 29 de marzo del 2023, entre la corporación municipal de educación y salud de Isla de Maipo y doña María Javiera Bustamante Salazar. 2. Copia de comprobante de transferencia electrónica de fecha 27 d junio de 2023. El Tribunal resuelve: Téngase por incorporada la prueba documental de la parte demandada, para todos los efectos legales. OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTE DEMANDADA. La parte demandada, realiza en este acto sus observaciones a la prueba, lo que consta en el registro de audio. VISTO En Talagante a 28 de junio de 2023 1. Compareció a este tribunal doña MARÍA JAVIERA BUSTAMANTE SALAZAR, soltera. asistente de educación, CI 16.788.963-8, domiciliada en los Muñoces N°88 comuna de Isla De Maipo. quien interpone

Fallo

se resuelve que atendido la presentación del abogado de la parte demandante, se aplica sanción disciplinaria al abogado decretándose 15 días de la suspensión del ejercicio de la profesión, ordenando oficiar a todos los tribunales de la república para el efecto de materializar la misma. Sin perjuicio de lo cual se ordena remitir los antecedentes al colegio de abogados, al evento que estuviera colegiado para los fines de dicho institución gremial estime pertinente. RELACIÓN DE LA DEMANDA En este acto se procede a efectuar una relación de la demanda, lo que consta en audio y se da traslado para contestar. CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA: Se tiene por evacuado el traslado y por contestada la demanda, de la parte demandada, lo que consta en audio LLAMADO A CONCILIACIÓN Esta no se produce, en atención la no comparecencia de la parte demandante. RECEPCIÓN DE LA CAUSA A PRUEBA El tribunal en este acto fija como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, los siguientes: 1.- Procedencia y determinación de las prestaciones demandadas por feriado proporcional, bono de término de conflicto y por bono de vacaciones.Hechos y Antecedentes que lo justifican. 2.- efectividad de estar suscrito la parte demandante un finiquito, respecto de la contestación. Hechos y antecedentes 3.- Base de cálculo para determinar las eventuales prestaciones e indemnizaciones solicitadas, conforme a lo dispuesto en el artículo 172 del Código del Trabajo. Queda firme la interlocutoria de prueba. PRUEBA OFR

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ACTA DE AUDIENCIA ÙNICA DE CONTESTACION CONCILIACION Y PRUEBA EN PROCEDIMIENTO DE COBRO DE PRESTACIONES FECHA 28 de junio de 2023 RUC 23-4-0465696-1 RIT M-9-2023 Nº REGISTRO DE AUDIO 2340465696-1-374 MAGISTRADO Don Gerardo Mena Edwards ADMINISTRATIVO DE ACTAS Yvo Moreno jara HORA DE INICIO 10:00 horas HORA DE TERMINO 10:45 horas DEMANDANTE MARÍA JAVIERA BUSTAMANTE SALAZAR, cédula

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