BANCO SANTANDER-CHILE/PIZARRO
Rol
C-8133-2017
Fecha
26 de noviembre de 2022
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS En folio 1 del cuaderno principal de la carpeta electrónica, compareció don JOSÉ ALVARO PIZARRO BORGOÑO, abogado, domiciliado en calle Compañía Nº 1.068, oficina 806, comuna de Santiago, en representación judicial del BANCO SANTANDER-CHILE, sociedad anónima del giro de su denominación, representada por su Gerente General, don Claudio Melandri Hinojosa, ingeniero comercial, estos dos últimos domiciliados en calle Bandera Nº 140, comuna de Santiago; quien, en la representación investida, dedujo en juicio ordinario de mayor cuantía, una acción pauliana o revocatoria, en contra de: (1) HUERTOS SANTA JULIA LIMITADA, sociedad del giro agrícola, representada por su socio don PEDRO FERNANDO PIZARRO NOGUERA, no indica profesión u oficio, en adelante, indistintamente, la DEUDORA y/o ENAJENANTE; y en contra de los hijos de éste último y socios, (2) doña MARÍA PATRICIA PIZARRO ROCO, no indica profesión u oficio, y (3) don REMIGIO HUMBERTO PIZARRO ROCO, no indica profesión u oficio, en adelante, indistintamente, los ADQUIRENTES y/o ACTUALES POSEEDORES, todos los demandados domiciliados, indistintamente, en calle Gay Nº 2040, comuna de Santiago; en calle Las Higueras Nº 2439, comuna de La Pintana; en calle Alto Pinar Nº 1110, comuna de Puente Alto; y en Avenida Vitacura N° 5951, comuna de Vitacura; en Hijuela N° 2, del ex fundo Santa Julia, comuna de Petorca, Región de Valparaíso; en Código: XXCZXCDCWFM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-8133-2017 Foja: 1 Hijuela N° 12, comuna de Petorca, Región de Valparaíso; y en el lote N° 1 y 2 del Fundo San Julián, comuna de Ovalle, Región de Coquimbo; en virtud de los hechos y
Fundamentos
fundamentos de derecho que se reproducen a continuación: Señaló que la presente demanda su parte ejerce la acción pauliana o revocatoria prevista en la disposición 1ª del artículo 2468 del Código Civil, anunciada en la solicitud de medida prejudicial precautoria con la que se inició este juicio, con el objeto de que se rescinda o deje sin efecto la compraventa, y su correspondiente rectificación, de los inmuebles que se singularizan más adelante, todos hipotecados y además gravados con prohibición de gravar y enajenar a favor del Banco Santander-Chile, inmuebles de los que era dueña la DEUDORA y ENAJENANTE la sociedad HUERTOS SANTA JULIA LIMITADA, venta que esta última representada por su socio don PEDRO FERNANDO PIZARRO NOGUERA efectuó a sus hijos y socios, los ADQUIRENTES y ACTUALES POSEEDORES doña MARÍA PATRICIA PIZARRO ROCO y don REMIGIO HUMBERTO PIZARRO ROCO y, consecuencialmente, para que se deje sin efecto la adquisición por estos últimos de dichos bienes, se reintegren al patrimonio de la DEUDORA y ENAJENANTE la sociedad HUERTOS SANTA JULIA LIMITADA, y se adopten las demás medidas necesarias para que su representado pueda hacer efectivo su crédito en los bienes vendidos y enajenados por dicha DEUDORA y ENAJENANTE HUERTOS SANTA JULIA LIMITADA, singularizados en las correspondientes escrituras públicas de compraventa y rectificación, que señalo más adelante. ANTECEDENTES DE HECHO: 1. CALIDAD DE DEUDORA DE LA SOCIEDAD HUERTOS SANTA JULIA LIMITADA RESPECTO DE SU ACREEDOR, EL DEMANDANTE. Código: XXCZXCDCWFM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-8133-2017 Foja: 1 Sostuvo que el Banco Santander-Chile otorgó diversos créditos y renegociaciones a su deudora la sociedad HUERTOS SANTA JULIA LIMITADA y a diversas empresas relacionadas con ella, entre otras TRANSPORTES PEDRO PIZARRO NOGUERA LIMITADA, también DENOMINADA TRANSPORTES PIZARRO Y CÍA LIMITADA (integrantes del llamado Grupo Pizarro). Entre estos créditos, le otorgó a HUERTOS SANTA JULIA LIMITADA un mutuo o préstamo de dinero por $666.150.000 ($665.482.739 líquidos abonados por el Banco Santander-Chile en la cuenta corriente de la demandada, más $667.261 por concepto de impuestos y gastos), destinado a renegociar y pagar una operación anterior, que con este nuevo crédito quedó íntegramente solucionada, préstamo aprobado otorgar por carta Resolución de 20 de abril de 2012, cursado el 30 de abril de 2012, que se perfeccionó el 10 de mayo de 2012 mediante el referido abono en la cuenta corriente de HUERTOS SANTA JULIA LIMITADA. La deudora y mutuaria se obligó a restituir la antedicha cantidad el 11 de junio de 2012, pero como incumplió su obligación de pago, por lo que el Banco Santander-Chile, entre otras acciones, el 25.04.2016 presentó a distribución la demanda ordinaria de cobro de pesos en su contra, que se presentó al 5º Juzgado Civil de Santiago el 28.04.2016, causa Rol 10.295- 2016. Alegó que desde el 10 de mayo de 2012
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 160, 170, 253 y siguientes, 262 y siguientes, 309 y siguientes, 318 y siguientes, 327 y siguientes, 341 y siguientes, 432 y 433, todos del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: A) Que se desestima la acción entablada, conforme a lo razonado y dispuesto en el motivo décimo. B) Que no se condena en costas a la parte demandante, por estimar que tuvo motivo plausible para litigar, conforme a lo establecido en el motivo duodécimo. Regístrese, notifíquese por cédula a las partes, y en su oportunidad archívense estos antecedentes. ROL C-8.133-2017. PRONUNCIADA POR DOÑA SUSANA RODRÍGUEZ MUÑOZ, JUEZA. Código: XXCZXCDCWFM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-8133-2017 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintis is de Noviembre de dos mil veintid sé ó Código: XXCZXCDCWFM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-11-26T12:49:57-0300
Texto Completo (Preview)
C-8133-2017 Foja: 1 FOJA: 211 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 25 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-8133-2017 CARATULADO : BANCO SANTANDER-CHILE/PIZARRO Santiago, veintis is de Noviembre de dos mil veintid sé ó VISTOS En folio 1 del cuaderno principal de la carpeta electrónica, compareció don JOSÉ ALVARO PIZARRO BORGOÑO, abogado, domiciliado en calle Compañía Nº 1.068, oficin
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