STRANGE/KAUR
Rol
C-10726-2020
Fecha
24 de noviembre de 2022
Materia
ARRENDAMIENTO,COBRO RENTA BS.RAICES URBANOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que con fecha 14 de julio de 2020, comparece don Haroldo Strange Arriagada, pensionado y quien comparece debidamente representado, domiciliado en 14 Norte 1642, comuna y ciudad de Talca, quién deduce demanda de terminación de contrato de arrendamiento por no pago de rentas, cobro de rentas insolutas y consumos domiciliarios en contra de Paramjeet Kaur, ignora profesión u oficio, con domicilio en calle García Reyes N°8 departamento 807, comuna de Santiago, en su calidad de arrendataria. Funda su demanda indicando que tiene en arrendamiento a la demandada el inmueble consistente en el Departamento N° 807 del edificio Unicentro ubicado en calle Garcia Reyes N° 8, Comuna De Santiago, Región Metropolitana, conforme al contrato celebrado con fecha 15 de noviembre de 2017 el que por un error involuntario se individualizó erróneamente el departamento como “803”, debiendo ser “807”. Indica que la renta mensual de arrendamiento fue fijada en su oportunidad, en la suma de $300.000 mensuales, pagadera dentro de los primero cinco días de cada mes y que la demandada desde hace un tiempo ha incurrido en incumplimientos y retardos en el pago de la renta, cayendo luego en absoluto incumplimiento de esta obligación, adeudando a la fecha las rentas integras de $300.000 de los meses de Enero, Febrero, Marzo y Septiembre del año 2019 y saldos correspondientes a los pagos parciales efectuado en los meses de noviembre y diciembre de 2019 por la suma de $80.00 y el las rentas íntegras de los meses de marzo de 2020 a la fecha de presentación de la demanda, adeudando en total $2.780.000. Demandó también el pago de los consumos por gastos comunes que se adeudan por la suma de $109.138. Agrega que conforme a la cláusula cuarta del contrato, para el caso de mora en el pago de las rentas se estipuló un interés equivalente al 5% de la deuda respectiva calculada entre la fecha de pago estipulada y la fecha de pago efectiva. Conforme lo dispuesto en los artículos 1939, 1945 y siguiente
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece debidamente representado don Haroldo Strange Arriagada, quién deduce demanda de terminación de contrato de arrendamiento por no pago de rentas, cobro de rentas insolutas y consumos domiciliarios en contra de Paramjeet Kaur, fundándose para ello en los antecedentes de hecho y derecho expuestos en su libelo, los que han sido precedentemente reseñados en lo expositivo de esta sentencia; SEGUNDO: Que, de lo establecido en los artículos 1545, 1938 y 1942 del Código Civil se desprende que el contrato de arrendamiento es un contrato bilateral, por medio del cual una de las partes, el arrendador, concede el goce de una cosa y la otra, el arrendatario, se obliga a pagar el precio o renta determinada, siendo esta última su obligación principal, o esencial en los términos del artículo 1444 del cuerpo legal antes nombrado; TERCERO: Que, a su vez el artículo 1977 del Código Civil establece que “la mora de un período entero en el pago de la renta, dará derecho al arrendador, después de dos reconvenciones (.....) para hacer cesar inmediatamente el arriendo”; CUARTO: Que, atendida la naturaleza jurídica de la acción intentada en autos corresponde al actor probar la existencia del contrato y las obligaciones contraídas por el demandado en cuyo incumplimiento funda su acción, siendo de cargo de la parte demandada, a su vez, probar el cumplimiento de las mismas; Código: XPNEXCNXBKL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-10726-2020 Foja: 1 QUINTO: Que, en este orden de cosas la parte demandante, rindiendo prueba, acompañó: 1.-Copia del contrato de arrendamiento de fecha 15 de noviembre de 2017 firmado por Haroldo Strange Arriagada y Paramjeet Kaur respecto el inmueble ubicado en García Reyes 8, departamento 803, comuna y ciudad de Santiago, documento no objetado que da cuenta de la existencia del contrato de arrendamiento a que se refiere la demanda, como asimismo, la fecha de inicio, esto es, el 15 de noviembre del 2017, la duración de 5 años, prorrogable por periodos de un mes cada vez, salvo indicación de las partes de no renovar mediante el envío de una comunicación por escrito, y la renta pactada de $300.000 sin reajustes hasta el año 2020; y la facultad de poner término al contrato de arrendamiento por incumplimiento grave de las obligaciones 2.- Informe de Pagos de Gastos Comunes, emitido por la administración del EDIFICIO ÑUÑOA CAPITAL respecto del departamento N°807 a nombre de don Haroldo Strange Arriagada donde consta deuda por concepto de gastos comunes y multas la suma de $109.138 al 30 de junio de 2020. 3.- Copia simple Boleta Electrónica de servicio domiciliario Metrogas por un monto de $11.583 respecto del inmueble ubicado en García Reyes N°8, departamento 807, comuna y ciudad de Santiago. 4.- Copia de cartola de chequera electrónica del Banco Estado de Chile de don Haroldo Strange Arriagada donde consta los depósitos de las rentas de arrendamient
Fallo
fallo cause ejecutoria, bajo el apercibimiento de lanzamiento con el auxilio de la fuerza pública; e) Que la demandada Arrendataria deben pagar, los gastos comunes adeudados a la fecha por la suma de $ 109.138, y los que se generen hasta la restitución del inmueble y los gastos de consumos de electricidad, gas y agua potable adeudados a la fecha y los que se generen por éste concepto hasta la restitución del inmueble; f) Que la demandada debe pagar, las costas de la causa. En subsidio de lo anterior, deduce acción de desahucio del contrato, toda vez que no desea perseverar en él y no existiendo voluntad de parte de la acreedora en continuar el arriendo solicita se declare el desahucio, con costas. Con fecha 18 de noviembre de 2021, se notifica la demanda y es realizada la primera reconvención de pago. Luego, con fecha 13 de octubre de 2022 se llevó a cabo el comparendo de contestación, conciliación y prueba, en rebeldía de la parte demandada, realizándose la segunda reconvención de pago; Conciliación no hubo atendida la rebeldía de la parte demandada y se recibió la causa a prueba, rindiéndose la que consta en autos. Con fecha 3 de noviembre de 2022, se citó a las partes a oír sentencia. . CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece debidamente representado don Haroldo Strange Arriagada, quién deduce demanda de terminación de contrato de arrendamiento por no pago de rentas, cobro de rentas insolutas y consumos domiciliarios en contra de Paramjeet Kaur, fundándose para ello en
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C-10726-2020 Foja: 1 FOJA: 44 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 15 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-10726-2020 CARATULADO : STRANGE/KAUR Santiago, veinticuatro de Noviembre de dos mil veintid só VISTOS: Que con fecha 14 de julio de 2020, comparece don Haroldo Strange Arriagada, pensionado y quien comparece debidamente representado, domiciliado en 14 Norte 1642, comuna y ciuda
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