BRAVO/MEDICAL INTERNATIONAL LABORATORIES CORPORATION S.A. (MINTLAB)
Rol
O-660-2023
Fecha
27 de junio de 2023
Materia
Costas, Despido injustificado, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: 1. La fecha de inicio de la relación laboral, esto es, desde el 18 de mayo de 1998 hasta el 17 de noviembre de 2022. 2. El cargo de la demandante, de Asistente de Dirección Técnica, desempeñando sus labores en las dependencias de la empresa ubicadas en Nueva Andrés Bello 1940, Independencia, Santiago. 3. Que se puso término a la relación laboral con fecha 17 de noviembre de 2022 por la causal de necesidades de la empresa. 4. La última remuneración de la actora, para los efectos de este juicio, ascendente a la suma de $1.224.855. 5. Que se dio cumplimiento a las formalidades del término de su contrato del artículo 162 del Código del Trabajo, al no haberse reclamado por la demandante en su libelo la falta de dichas formalidades o un despido verbal. 6. La jornada de trabajo de la actora pactada en su contrato de trabajo, establecida por turnos conforme lo expuesto en su contrato de trabajo y la naturaleza indefinida de sus servicios. 7. Que la actora suscribió un finiquito de contrato de trabajo, autorizado ante Notario Público con fecha 22 de noviembre de 2022, donde la fueron pagadas todas las indemnizaciones por término de contrato que correspondían por la causal invocada y las prestaciones laborales adeudadas. 8. Que le fue descontado de su finiquito la suma de $2.178.869 por concepto de aporte del empleador al seguro de cesantía. 9. Que en finiquito laboral la actora estampó una reserva de derechos, del tenor que indica el mismo documento. Fuera de los hechos antes reconocidos, su representada, para efectos del artículo 452 del Código del Trabajo, niega y controvierte todas y cada una de las alegaciones de la actora, y en especial, ser su despido injustificado, indebido o improcedente y adeudarse todas las prestaciones y sanciones que reclama. En cuanto a la justificación de su despido, refiere que su representada es una empresa, que, en términos generales, tiene como giro producir medicamentos para satisfacer las necesidades de salud de la pobla
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece doña MARCELA DEL PILAR BRAVO ROJAS, casada, asistente, Rut 12.590.529-3, domiciliada en Avenida El Rosal N°5621, Comuna de Maipú. Interpone demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones en contra de su ex empleador MEDICAL INTERNATIONAL LABORATORIES CORPORATIÓN S.A., Rut: 96.581.370-5, del giro de su denominación, representada legalmente por doña Ariela Elizabeth Ortiz Herrera, Rut 14.610.778-8, ignora profesión u oficio, ambos domiciliados en Nueva Andrés Bello N°1940, Comuna de Independencia, a fin de que sean declarados los derechos que le amparan al tenor de los siguientes antecedentes que expone. En lo pertinente, indica que con fecha 18 de mayo de 1998 fue contratada, bajo vínculo de subordinación y dependencia en los términos del artículo 7 del Código del Trabajo, para desempeñarse como “asistente de dirección técnica”; su remuneración ascendía a $1.224.855.- En cuanto al término de la relación laboral, señala que con fecha 17 de noviembre de 2022, se le informa que se pondría termino a su contrato de trabajo, por la causa necesidades de la empresa. Luego, el día martes 22 de noviembre de 2022, llegó a su domicilio la carta de aviso de término de contrato, la cual señalaba que, a contar de 17 de noviembre de 2022 se pone término a la relación laboral por la causal del artículo 161 N°1 del Código del Trabajo, esto es “Necesidades de la Empresa”. Transcribe el contenido de la carta de aviso. Posteriormente, con fecha 22 de noviembre de 2022, firmó finiquito de contrato de trabajo ante Notario Público doña Valeria Ronchera Flores, haciendo expresa reserva para accionar por despido injustificado y cobro de prestaciones. En base a las consideraciones de derecho que se darán por reproducidas, controvierta la procedencia causal de despido invocada.
Fallo
Por tanto, En mérito de lo expuesto y de conformidad a lo establecido en los artículos 63, 73, 163, 168, 172, 173, 454 N° 1, 496, 500 del Código del Trabajo y demás normas que estime aplicar, solicita tener por interpuesta demanda por despido improcedente y cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales, en contra de su ex empleador MEDICAL INTERNATIONAL LABORATORIES CORPORATIÓN S.A., ya individualizada, se dé lugar a la misma, declarando, en definitiva: A. Que su última remuneración para efecto del cálculo de la indemnización sustitutiva del aviso previo y por años de servicios es la suma de $1.224.855.- B. Que el despido del que fue objeto es improcedente y, finalmente contrario a derecho, ordenado el pago de: - Recargo de 30% de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 168 letra a) del Código del Trabajo por la suma de $4.042.022.- - Aporte Seguro de Cesantía por la suma de $2.178.869, la cual fue descontada en el finiquito a título de Seguro de Cesantía, situación que no es pertinente dado lo injustificada de la causal de Necesidades de la Empresa, invocada por la demandada. C. Todo lo anterior con reajustes e intereses, de acuerdo a lo señalado en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, y costas de la causa. SEGUNDO: Comparece don Gonzalo Canales Cortés, abogado por la demandada MEDICAL INTERNATIONAL LABORATORIES CORPORATION S.A., contesta la demanda de autos, solicitando, en definitiva, se rechace en todas sus partes, con costas, en base a las excepciones, al
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, veintisiete de junio de dos mil veintitrés. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece doña MARCELA DEL PILAR BRAVO ROJAS, casada, asistente, Rut 12.590.529-3, domiciliada en Avenida El Rosal N°5621, Comuna de Maipú. Interpone demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones en contra de su ex empleador MEDICAL INTERNATIONAL LA
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