2º Juzgado Civil de Temuco

SCOTIABANK CHILE S. A./VEGA

Rol

C-1899-2022

Fecha

23 de noviembre de 2022

Materia

OTROS EJECUTIVOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 12 de julio de 2022 comparece el abogado Carlos Fuentes Quiroz, en representación de Scotiabank Chile, sociedad anónima bancaria, cuyo gerente general es don Diego Masola, abogado; todos domiciliados en Avenida Costanera Sur 2710, Torre A, Las Condes, Santiago, quien interpone demanda ejecutiva en contra de don Ruth Denisse Vega Vidal, Rut N°16.329.384-6, empleado, domiciliada en calle Las Cebras n°1808 de la ciudad de Temuco por las razones de hecho y de derecho que en su libelo expone. Con fecha 23 de agosto de 2022 la demandada es notificada de la demanda de conformidad a lo dispuesto en el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil y posteriormente requerido de pago con fecha 24 de agosto de 2022. Con fecha 31 de agosto de 2022 la ejecutada opuso excepciones a la ejecución. Con fecha 06 de septiembre de 2022 la ejecutante evacúa el traslado conferido. Con fecha 08 de septiembre de 2022 se declaran admisibles las excepciones y se recibe la causa a prueba, rindiéndose la que consta en autos. Con fecha 04 de octubre de 2022 se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 12 de julio de 2022 comparece el abogado Carlos Fuentes Quiroz, en representación de Scotiabank Chile, sociedad anónima bancaria, cuyo gerente general es don Diego Masola, abogado; todos domiciliados en Avenida Costanera Sur 2710, Torre A, Las Condes, Santiago, quien interpone demanda ejecutiva en contra de don Ruth Denisse Vega Vidal, Rut N°16.329.384-6, empleado, domiciliada en calle Las Cebras n°1808 de la ciudad de Temuco por las razones de hecho y de derecho que en su libelo expone. Sostiene que por escritura pública de fecha 30 de Octubre de 2014, otorgada ante el notario de Temuco, titular de don Juan Antonio Loyola Opazo, documento cuya copia autorizada se acompaña en un otrosí, el SCOTIABANK CHILE S.A., que se acompaña en el primer otrosí de esta demanda, su representada otorgó préstamo a doña RUTH DENISSE VEGA VIDAL ya individualizada, la suma equivalente en pesos, moneda legal de 1.512 unidades de fomento, la que declara haber recibido a su entera satisfacción, el importe total de dicho préstamo. Señala que el deudor se obligó a pagar la expresada cantidad, en el plazo de 240 meses, contados desde el día 1º de Noviembre del año 2014, por medio de dividendos anticipados, mensuales y sucesivos, nominales, e iniciales, comprendiéndose en ellos la amortización y una tasa de interés real, anual y vencida del 4,2%. Agrega que el dividendo mensual que corresponda pagar, será aquel que resulte de multiplicar el monto del préstamo, expresado en unidades de fomento, por los factores que correspondan a cada dividendo contenido en la Tabla de Desarrollo elaborada por el Banco, a vía ejemplar para un préstamo u obligación de una unidad de fomento y que se encuentra protocolizada con fecha 18 de mayo del año 2011 bajo el N°2.794 en la Notaría de Santiago de don Pedro Ricardo Reveco Hormazabal. Sostiene que el demandado declaró conocer y aceptar expresamente dicha tabla. Las obligaciones que emanan del título ejecutivo que antecede serán solidarias para Código: VHWDXCNQGWK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 los suscriptores, avalistas y demás obligados al pago y serán indivisibles para sus herederos y/o sucesores conforme a los art. 1526 N° 4 y 1528 del Código Civil. En caso de mora en el pago de una cualquiera de esta cuotas y sin perjuicio de las demás acciones que le corresponden o puedan corresponderle al Banco, la parte deudora deberá al banco acreedor por cada cuota impaga, a contra del día uno del mes en que debió haberse pagado, un interés penal igual al interés corriente más un 50 %, hasta el día de su pago efectivo.- Continúa señalando que el presente título ejecutivo se podrá hacer exigible, al arbitrio del Banco, en forma anticipada si el o los obligados a su pago cayeren en insolvencia, entendiéndose para todos los efectos que existe notoria insolvencia de su parte si cesare en el pago de cualquiera obligación, si él o

Fallo

se declaran admisibles las excepciones y se recibe la causa a prueba, rindiéndose la que consta en autos. Con fecha 04 de octubre de 2022 se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 12 de julio de 2022 comparece el abogado Carlos Fuentes Quiroz, en representación de Scotiabank Chile, sociedad anónima bancaria, cuyo gerente general es don Diego Masola, abogado; todos domiciliados en Avenida Costanera Sur 2710, Torre A, Las Condes, Santiago, quien interpone demanda ejecutiva en contra de don Ruth Denisse Vega Vidal, Rut N°16.329.384-6, empleado, domiciliada en calle Las Cebras n°1808 de la ciudad de Temuco por las razones de hecho y de derecho que en su libelo expone. Sostiene que por escritura pública de fecha 30 de Octubre de 2014, otorgada ante el notario de Temuco, titular de don Juan Antonio Loyola Opazo, documento cuya copia autorizada se acompaña en un otrosí, el SCOTIABANK CHILE S.A., que se acompaña en el primer otrosí de esta demanda, su representada otorgó préstamo a doña RUTH DENISSE VEGA VIDAL ya individualizada, la suma equivalente en pesos, moneda legal de 1.512 unidades de fomento, la que declara haber recibido a su entera satisfacción, el importe total de dicho préstamo. Señala que el deudor se obligó a pagar la expresada cantidad, en el plazo de 240 meses, contados desde el día 1º de Noviembre del año 2014, por medio de dividendos anticipados, mensuales y sucesivos, nominales, e iniciales, comprendiéndose e

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 22 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-1899-2022 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE S. A./VEGA Temuco, veintitr s de Noviembre de dos mil veintid sé ó VISTOS: Con fecha 12 de julio de 2022 comparece el abogado Carlos Fuentes Quiroz, en representación de Scotiabank Chile, sociedad anónima bancaria, cuyo gerente general es don Dieg

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