EMPRENDER CAPITAL LEASING SPA/SOCIEDAD COMERCIAL TRES VOLCANES SPA
Rol
C-26451-2019
Fecha
23 de noviembre de 2022
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 28 de octubre de 2019 don V ctor Pe a Silva, abogado, ení ñ representaci n convencional de Sociedad Emprender Capital Leasing SpA,ó del giro de operaciones de Leasing, cuyo representante legal es don Sergio Samuel Y ez Astete, Ingeniero comercial, y don Hugo Baranda Peralta,áñ Ingeniero civil industrial, todos domiciliados en Cerro El Plomo N 5420,° piso 18, comuna de Las Condes, interpone demanda de terminaci n deó contrato de arrendamiento en contra de Tres Volcanes SpA, sociedad del giro de su denominaci n, representada por don Christian Luis Trigoó Cifuentes, empresario, y en contra de este ltimo, en sus calidad de fiador yú codeudor solidario, ambos domiciliados en Calle Serrano N 266,° departamento 1.508, comuna de Santiago a objeto de que se declare lo siguiente: 1) Que se declare terminado el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes, por no pago de las rentas pactadas. 2) Que se ordene la restituci n del bien dado en arrendamiento enó forma inmediata o en el plazo que se estime conveniente. 3) Que se condena a la parte demandada a pagar solidariamente a la actora la cantidad de 577,4 U.F, equivalente en pesos al 28 de octubre de 2019 a la suma de $16.204.933, m s I.V.A, por rentas de arrendamientoá vencidas a la fecha de presentaci n de la demanda, m s las rentas que seó á devenguen durante la tramitaci n del proceso y hasta la devoluci n efectivaó ó de los bienes arrendados, m s intereses legales á Código: XXNMXCXWDTK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-26451-2019 Foja: 1 4) Que a t tulo de cl usula penal se condene a las demandas a una sumaí á equivalente al 90% del valor de las cuotas que se encontraban pendientes de vencimiento a la poca del incumplimiento. é 4) Que se condena en costas a la parte demandada. Con fecha 08 de noviembre de 2022 se llev a efecto la audiencia deó contestaci n, conciliaci n y prueba pertinente con la sola presencia de laó ó dema
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1° Que, con fecha 28 de octubre de 2019 don V ctor Pe a Silva,í ñ abogado, en representaci n convencional de Sociedad Emprender Capitaló Leasing SpA, del giro de operaciones de Leasing, cuyo representante legal es don Sergio Samuel Y ez Astete, Ingeniero comercial, y don Hugo Barandaáñ Peralta, Ingeniero civil industrial, todos domiciliados en Cerro El Plomo N° 5420, piso 18, comuna de Las Condes, interpone demanda de terminaci nó de contrato de arrendamiento en contra de Tres Volcanes SpA, sociedad del giro de su denominaci n, representada por don Christian Luis Trigoó Cifuentes, empresario, y en contra de este ltimo, en sus calidad de fiador yú codeudor solidario, ambos domiciliados en Calle Serrano N 266,° departamento 1.508, comuna de Santiago, a objeto de que se declare lo precedentemente rese ado en la parte expositiva.ñ Se ala que consta haberse celebrado con fecha 06 de diciembre deñ 2018 mediante escritura p blica contrato de arrendamiento de bienesú muebles-leasing, N 530, otorgada ante la Notario P blico de Santiago donº ú Jos Leonardo Brusi Mu oz, de la 42 Notar a de Santiago, suplente delé ñ º í titular don lvaro Gonz lez Salinas, y que su representada entreg enÁ á ó arrendamiento a la parte demandada un cami n, marca Volkswagen,ó modelo Constellation 31.330, motor 36606874, chasis 9536Y8260KR914973, color Blanco, a o 2019, combustible Diesel, placañ patente: KZXF.57-8. Indica que se estipul en el contrato de arrendamiento que la renta seó pagar a con una suma de $10.670.000, al momento de la suscripci n delí ó contrato y 36 rentas de arrendamiento, iguales, mensuales y sucesivas cada una por la suma de 57,74 U.F, m s IVA, los d as 25 de cada mes a partirá í del 25 de enero de 2019. Código: XXNMXCXWDTK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-26451-2019 Foja: 1 Manifiesta que la arrendataria no ha pagado la renta desde la cuota con vencimiento en el mes enero de 2019, la cual se encuentra vencida. Así como todas las que se han devengado desde entonces. A ade que de acuerdo a lo se alado en la cl usula decimosexta delñ ñ á contrato, se pact que el arrendatario incumplir a el contrato, entre otrasó í circunstancias, si no paga oportunamente una cualquiera de la rentas, en cuyo caso su representada quedar a facultada para optar a dar porí terminado ipso- facto el contrato, sin necesidad de tr mite ni declaraci ná ó judicial alguna y, por lo tanto, a exigir la inmediata devoluci n de los bienesó arrendados, el pago de la totalidad de las rentas vencidas u otras obligaciones que se encontraren morosas o vencidas, y el cobro por concepto de clausula penal. O en su defecto a exigir el pago de las rentas de arrendamiento que se devenguen entre la fecha del incumplimiento y hasta la fecha de restituci n efectiva de los bienes arrendados, sin perjuicio deló cobro de todas las rentas que se devenguen entre la fecha del incumplimiento y la fecha de la restituci n de
Fallo
se declara terminado el contrato de arrendamiento de fecha 06 de diciembre de 2018, suscrito entre las partes. II.- Que se deber hacer entrega de la especie arrendada dentro deá tercero d a desde que el presente fallo cause ejecutoria.í III.- Que los demandados deber n pagar solidariamente las sumasá demandadas y pactadas seg n el contrato de arrendamiento conformeú liquidaci n que se practicar en su oportunidad por el Secretario deló á Tribunal. IV.- Que se condena a la parte demandada al pago de las costas de la causa por haber sido totalmente vencido. Reg strese, notif quese y en su oportunidad arch vese.í í í Pronunciada por do a Claudia Donoso Niemeyer, Juez Titular. Autorizañ don Erwin C rdenas Jofr , Secretario Subrogante.á é Código: XXNMXCXWDTK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-26451-2019 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintitr s de Noviembre de dos mil veintid sé ó Código: XXNMXCXWDTK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-11-23T15:53:51-0300
Texto Completo (Preview)
C-26451-2019 Foja: 1 FOJA: 70 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 18 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-26451-2019 CARATULADO : EMPRENDER CAPITAL LEASING SPA/SOCIEDAD COMERCIAL TRES VOLCANES SPA Santiago, veintitr s de Noviembre de dos mil veintid sé ó VISTOS: Con fecha 28 de octubre de 2019 don V ctor Pe a Silva, abogado, ení ñ representaci n convencional de Sociedad Emprender C
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