COMERCIAL ECCSA S.A./INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRA
Rol
I-184-2022
Fecha
27 de junio de 2023
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos fundantes de las infracciones, pero ahora en sede judicial, situación que ya no puede hacer dado que optó en principio por lo señalado en el artículo 511 del Código del Trabajo, tal como ella misma lo reconoce. Por último, menciona que tanto la determinación de las contravenciones a la normativa laboral, así como la magnitud de las multas respectivas, se realizó en virtud de las facultades legales de la reclamada, no infringiendo de este modo el principio de juridicidad. TERCERO: Que en la audiencia preparatoria no se arribó a conciliación, fijándose en definitiva los siguientes hechos controvertidos: 1. Contenido de la resolución de multa N° 8152/22/24. 2. Contenido de la resolución N° 545 de fecha 17 de noviembre del año 2022 que se pronunció sobre la resolución precedentemente señalada. 3. Efectividad de los hechos invocados en la reclamación por parte de la reclamante que ameritarían en dejar sin efecto la multa cursada. 4. Hechos y circunstancias que hagan procedente la rebaja de la multa que se reclama en autos. CUARTO: Que en la audiencia de juicio, la reclamante manifestó que se venía en desistir del reclamo en la petición principal, esto es, dejar sin efecto la multa cursada a su representada, manteniendo la petición de rebaja de la misma al mínimo legal. Previa evacuación del traslado respectivo, se acogió sin costas la incidencia de desistimiento planteada por la reclamante. QUINTO: Que, dado el desistimiento del reclamo en lo pertinente a dejar sin efecto la multa cursada a la reclamante por la Inspección del Trabajo, se entiende por este sentenciador que existe un reconocimiento tácito de los hechos infraccionales que las originaron, quedando subsistentes como única materia controvertida la plausibilidad de la solicitud de rebaja de las multas impuestas por la reclamada. SEXTO: Que, con el objeto de acreditar su pretensión, la reclamante incorporó la siguiente prueba: Documental: 1. Copia de resolución de multa N°8152/22/24, de fecha 1 de j
Fallo
Por estas consideraciones, es que se acogerá la petición subsidiaria de rebaja de la multa cursada a la reclamante por parte de la Inspección del Trabajo de Concepción, en los términos que se indicará en la parte resolutiva del fallo. Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 432, 456, 458, 459, 406, 503 y 506 del Código del Trabajo, se resuelve: 1°) Que, SE ACOGE la petición subsidiaria de rebaja respecto de las multas contenidas en la resolución N°545, de fecha 17 de noviembre de 2022, de la Inspección provincial del Trabajo de Concepción, las que quedarán rebajada a las siguientes sumas: a) Respecto del hallazgo N° 1, por no llevar correctamente registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo, se rebaja a 15 UTM. b) Respecto del hallazgo N° 2, por no contener el contrato de trabajo las cláusulas básicas esenciales, se rebaja a 15 UTM. c) Respecto del hallazgo N° 3, por no pagar las remuneraciones, se rebaja a 15 UTM. d) Respecto del hallazgo N° 4, por no exhibir toda la documentación necesaria para efectuar las labores de fiscalización, se rebaja a 15 IMM. e) Respecto del hallazgo N° 5, por no contener las liquidaciones de remuneraciones un anexo con, o no contener el anexo, los montos de cada comisión, bono, premio u otro incentivo, junto al detalle de cada operación que le dio origen y la forma empleada para su cálculo, se rebaja a 15 UTM. 2°) Que, no se condena en costas a la reclamante por haber tenido motivo plausibl
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Concepción, veintisiete de junio de dos mil veintitrés. VISTO, OIDO Y TENIENDO PRESENTE: pretensión PRIMERO: Que, en estos autos, RIT I-184-2023 del Ingreso del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, compareció doña Silvia Hortensia Soto Rojas, Abogada, cédula de identidad N°7.041.495-3, en representación convencional –según se acreditará- de Comercial Ecssa S.A., RUT 83.382.700-6, todos dom
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