2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

VALDIVIA/FUNDACIÓN BRAZOS ABIERTOS

Rol

O-61-2023

Fecha

23 de junio de 2023

Materia

Costas, Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que comparece la abogada Cristina Melo Rivas, C.I. 17.365.649-1, en representación convencional de doña ROCIO HODEL VALDIVIA ITURRA, C.I. Nº 16.683.300-3, chilena, casada, educadora de párvulos, domiciliada en Clonque 4.667, Valle del Sol, Puente Alto, quien interpone demanda en procedimiento en aplicación general por despido injustificado en contra de FUNDACIÓN BRAZOS ABIERTOS, del giro de su denominación, RUT N° 65.333.010-3, representada legalmente por don Juan Luis Antonio Santelices Tello, C.I. N° 5.390.261-8, ambos domiciliados en calle Cienfuegos N° 51, comuna de Santiago, solicitando el pago de indemnizaciones y prestaciones que indica. Funda su demanda en que su representada ingresó a prestar servicios para la entidad demandada con fecha 25 de febrero de 2016, para desempeñar la función de Educadora de Párvulos en el Jardín Infantil y Sala Cuna Nuestra Señora de los Parrales ubicada en calle Jorge Cáceres 1.196, La Cisterna, percibiendo una remuneración mensual a la época de terminación de sus servicios de $1.225.908 pesos mensuales. Sostiene que su representada desempeño sus servicios hasta el día 18 de octubre de 2022, cuando fue informada de su despido en forma injustificada, por la causal establecida en el artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo, transcribiendo el contenido de la carta de despido, que se da por reproducida, negando cada uno de los hechos imputados en la carta de despido. Al efecto, indica que se le imputa la circunstancia que el 18 de octubre de 2022, una Asesora Técnica de Fundación Integra habría observado a su representada tomar a un niño de forma brusca y violenta, del brazo superior cerca del hombro y levantarlo. Acto seguido, el niño se habría tirado en la colchoneta y la demandante le habría dicho “no te voy a sacar debajo de la colchoneta”, situación que describe como maltrato físico y que habría solicitado a la directora del establecimiento infantil activar los protocolos. Agrega la misiva, que la misma ase

Fundamentos

motivos precedente, se estima que la parte demandante tuvo motivos plausibles para litigar, por lo que no se la condenará en costas y, por ende, cada parte deberá pagar sus costas.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 160, 162, 163, 168, 415, 420, 423, 425 a 432, 434 a 438, 440 a 462 del Código del Trabajo; se resuelve: I.- Que, SE RECHAZA, la demanda de despido injustificado deducida por la abogada Cristina Melo Rivas en representación convencional de doña ROCIO HODEL VALDIVIA ITURRA en contra de FUNDACIÓN BRAZOS ABIERTOS. II.- Que cada parte deberá pagar sus costas. Devuélvanse los documentos una vez ejecutoriada la presente sentencia. Regístrese y comuníquese. RIT Nº O-61-2023 RUC Nº 23-4-0451051-7 Dictada por doña Andrea Soler Merino, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintitrés de junio de dos mil veintitrés. VISTOS: PRIMERO: Que comparece la abogada Cristina Melo Rivas, C.I. 17.365.649-1, en representación convencional de doña ROCIO HODEL VALDIVIA ITURRA, C.I. Nº 16.683.300-3, chilena, casada, educadora de párvulos, domiciliada en Clonque 4.667, Valle del Sol, Puente Alto, quien interpone demanda en procedimiento en aplicación general por despido i

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