RAUSEO/RESTORANT HANSOBAN LTDA
Rol
M-1414-2023
Fecha
27 de junio de 2023
Materia
Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X TRIBUNAL DECRETA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDADA X SENTENCIA X Tribunal resuelve: Al escrito presentado por la parte demandante: A todo: Téngase presente. Al escrito presentado por la parte demandada: Téngase presente el patrocinio y poder que indica. Contestación a la demanda: La parte reclamada evacua el traslado conferido procediendo a contestar la demanda que da origen a éstos antecedentes. Argumentos que constan en registro de audio. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, ésta no se produce. El Tribunal propone como bases de conciliación la suma de $820.000. La parte demandante acepta las bases del Tribunal. Por su parte, la demandada ofrece la suma de $300.000. Fija hechos controvertidos: 1) Existencia de una relación laboral entre las partes, fecha de inicio, labores contratadas y haberse llevado adelante ella en informalidad laboral. 2) En caso de existir relación laboral, fecha y forma de término. En caso de existir despido, cumplimiento de las formalidades del despido. 3) En caso de existir relación laboral, adeudarse a la demandante remuneración por el último mes trabajado. 4) En caso de existir relación laboral, estado de pago de las cotizaciones previsionales. Medios de Prueba: LA PARTE DEMANDANTE OFRECIÓ E INCORPORÓ LOS SIGUIENTES MEDIOS DE PRUEBA: Documental: 1) Acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo. 2) Set de fotografías de registro de asistencia. 3) Comprobantes de transferencia. 4) Liquidación de sueldo mes de enero de 2023. 5) Correos electrónicos con fiscalizadora Julia Salas de la Dirección del Trabajo. La prueba documental no fue objetada ni de fondo ni de pertinencia. Confesional: Atendida la incomparecencia de la representante legal de la demandada, la parte demandante solicita se haga efectivo el apercibimiento
Fundamentos
Considerando: PRIMERO: La demanda que interpone la parte demandante es una demanda de reconocimiento de relación laboral en los términos del artículo 7 y 8 del Código del Trabajo, reclamándose además la informalidad durante el tiempo trabajado y también la informalidad a la hora del término como una acción de despido verbal. Se dijo también en la parte expositiva que se reclama el pago de las cotizaciones previsionales y la consecuente nulidad del despido por no pago de cotizaciones previsionales. La demandada se limita a negar la relación entre las partes. Se analizará la existencia de la relación laboral. SEGUNDO: Para acreditar la existencia de la relación laboral, la parte demandante aporta a juicio acta de comparendo de conciliación ante la Inspección del Trabajo, en la cual las partes básicamente mantienen la misma postura que muestran en esta audiencia, esto es, la demandante reclama la informalidad laboral, el despido verbal y una representante de la demandada -doña Daniela Oliveros Villarroel- comparece a aquella audiencia ante la Inspección del Trabajo negando la existencia de una relación con la demandante en términos iguales de amplios a los que se realiza en esta audiencia. Se incorpora también fotografías de lo que, de estilo, son una tarjeta de reloj control, en la cual se anota el nombre de la demandante en la parte superior y se registran timbres o impresiones de las que típicamente dejan los reloj control, dando cuenta de la jornada de trabajo en el mes de diciembre, en el mes de enero y la primera quincena del mes de febrero. Esta prueba es complementada con la declaración de la demandante, que fue introducida a la audiencia por orden de este juez, y que señala que esta fotografías fueron sacadas, tomadas o capturadas por ella y los otros trabajadores de la empresa debido a que la demandada se negaba al pago de las horas extraordinarias que se consignaban en aquellos mismos controles de asistencia, entregándole entonces contexto y explicación razonable a estas fotografías. Se incorpora también por la parte demandante copia de transferencias bancarias a una persona titular de una cuenta bancaria de nombre Leopoldo Montilla, en la cual se anotan las transferencias, una de ellas por $250.000, que da cuenta del Rut del destinatario -que, por el número, también resulta ser una persona extranjera – de la cuenta de la cuenta desde donde se realiza la operación. Otro comprobante de transferencia por $450.000 que también se realiza a este titular Leopoldo Montilla Hernández, donde se anota el haber recepcionado únicamente aquel dinero. Se incorpora también una fotografía de lo que sería una liquidación de remuneraciones que señala en su parte superior Liquidación de Sueldo y Remuneración Mensual, nombre -se anota el primer nombre de la demandante-, se anota el pago de sueldo por $450.000 y unas horas extraordinarias por $13.000. Esto corresponde a enero de 2023, según se indica en la fotografía y se respalda aquello con la misma f
Fallo
se resuelve: I. Que se acoge la demanda de reconocimiento de relación laboral y por tanto se declara que entre la demandante y la demandada existió una relación laboral entre el 01 de julio de 2022 y el 08 de febrero de 2023. II. Se acoge la acción de despido injustificado y por tanto se declara que la relación laboral entre las partes terminó el día 08 de febrero de 2023 por despido verbal e injustificado de la demandante, y por tanto se ordena pagar a la demandada RESTORANT HANSOBAN LTDA a pagar a la demandante YACKENCY ANGELLIB RAUSEO CEDEÑO: 1. Indemnización sustitutiva del aviso previo correspondiente a $540.000. 2. Remuneración pendiente de pago del mes de febrero 2023 correspondiente a $144.000. III. Que las cantidades señaladas en el punto anterior deberán objeto de reajustes e intereses según dispone el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. IV. Se acoge la acción de nulidad del despido por no pago de cotizaciones previsionales y por tanto se condena a la demandada RESTORANT HANSOBAN LTDA a pagar a la demandante YACKENCY ANGELLIB RAUSEO CEDEÑO remuneraciones desde el despido ocurrido el día 08 de febrero de 2023 hasta el pago efectivo de las cotizaciones previsionales, a razón de $540.000. Para efectos de convalidación del despido deberán pagarse las cotizaciones de salud, de previsión y de cesantía desde el día 01 de julio del año 2022 hasta el despido del 08 de febrero del año 2023. V. Resultando completamente vencida la parte demandada, sin que le asistan m
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO DE RECLAMO MONITORIO FECHA 23 DE JUNIO DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 8 RUC 23-4-0475731-8 RIT M-1414-2023 MAGISTRADO VICTOR RIFFO ORELLANA ADMINISTRATIVO DE ACTAS NATALIA ROJAS CHANDÍA HORA DE INICIO 10:30 HORAS HORA DE TÉRMINO 11:47 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 234047573
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