HERRERA/CORTÉS
Rol
C-4037-2020
Fecha
22 de noviembre de 2022
Materia
SIMULACIÓN, ACCIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, comparecen CRISTIAN ALEXIS HERRERA CORTÉS, empleado público, domiciliado en calle Las Zampoñas N°2494 y CARLOS WLADIMIR HERRERA CORTÉS, empleado, domiciliado en calle Alonso de Ercilla N°2257, ambos de la ciudad de Iquique, quienes interponen demanda de resolución de contrato por simulación, en juicio ordinario de mayor cuantía, en contra de ANA ISABEL GERONIMA HERRERA CORTÉS, técnico en educación parvularia y REMIGIA SOCORRO CORTÉS BARRIOS, pensionada, ambas domiciliadas en calle Los Damascos N°2948 de la comuna de Alto Hospicio. Exponen que Cristian Alexis, Carlos Wladimir y Ana Isabel, todos de apellidos Herrera Cortés, son hijos de José Alamiro Herrera Julio y Remigia Socorro Cortés Barrios, quienes adquirieron la propiedad ubicada en Pasaje Antártica N°2151 de la ciudad de Iquique en el año 1975, la cual se inscribió a fojas 833 N°1085 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Iquique del año 1975. Indican que el 5 de septiembre de 1990, su padre fallece, por lo que su madre adquiere la propiedad como cónyuge sobreviviente, quedando registrada a fojas 575 vuelta N°1041 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Iquique, del año 1991, luego de los trámites de posesión efectiva; agrega que ellos como hijos cedieron sus derechos de la propiedad a su madre, quedando registrado a fojas 1808 N°2996 del Registro de Propiedad del mismo Conservador del año 2004. Código: XYXMXCVSXBK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Refieren que con fecha 7 de noviembre de 2018, su hermana Ana Isabel Gerónima Herrera Cortés y su madre Remigia Socorro Cortés Barrios, celebraron un contrato de compraventa del inmueble ubicado en Pasaje Antártica N°2151 de la ciudad de Iquique, por la suma de $4.000.000.-, ante el Notario Público don Heraclio Rojas Vergara de la comuna de Alto Hospicio, la que se inscribió a fojas 4210 vuelta N°5323 del Registro de Propiedad del añ
Fundamentos
fundamentos de la demanda principal; agregando que la propiedad tenía como valor fiscal la suma de $21.520.450.-, es decir, a la fecha de la compraventa, el valor pagado no alcanzaba a cubrir el 20% del valor del certificado de avalúo fiscal. Arguye que es de público conocimiento que el valor de las propiedades a lo menos triplica el valor del avalúo fiscal, es decir, alrededor de $64.561.350.- y ésta fue vendida en la suma de $4.000.000.-, no alcanza a llegar al 10% de su valor comercial. Alegan que ellos tendrían la posibilidad de ser herederos de su madre, pero con dicha venta ello ya no es posible, lo que les provoca un perjuicio evidente a su patrimonio; por otro lado, mencionan que ellos detentan la calidad de legitimarios activos para deducir la presente acción. Refieren que el precio de venta de la compraventa, es inferior a la mitad del justo precio y que el vicio debe ser subsanado mediante la nulidad del contrato suscrito entre las demandadas, toda vez que el perjuicio material de los demandantes, está dado por el hecho de haber sido despojados de sus posibles derechos hereditarios, por los derechos que en el inmueble le correspondían a su madre, por lo tanto, al mérito de lo expuesto y previas normas que indican, solicitan se declare la existencia del vicio de lesión enorme que afecta a la vendedora del contrato de compraventa de fecha 07 de noviembre del año 2018, suscrito por Ana Isabel Gerónima Herrera Cortes y doña Remigia Socorro Cortés Barrios, otorgada por escritura pública ante el Notario Público de Alto Hospicio don Heraclio Rojas Vergara, que se anotara bajo el repertorio N°800-2018 de dicha notaria; y en virtud de la existencia de dicho vicio reclamado, pedir que se anule el contrato de compraventa de fecha 07 de noviembre del año 2018, otorgado en Código: XYXMXCVSXBK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl la Notaria de Alto Hospicio de don Heraclio Rojas Vergara, que se anotara en el repertorio N°800-2018 y; que se ordene cancelar la inscripción de fojas 4210 vuelta N°5323 del Registro de Propiedad del año 2018 del Conservador de Bienes Raíces de Iquique. A folio 12, se tuvo por contestada la demanda en rebeldía de las demandadas. A folio 13, la parte demandante evacua el trámite de la réplica, reiterando cada uno de los conceptos vertidos en la demanda. A folio 17, la demandada Ana Isabel Gerónima Herrera Cortés, evacua el trámite de la dúplica, indicando que efectivamente sus padres adquirieron la propiedad ubicada en Pasaje Antártica N°2151 Población Jorge Inostroza de la ciudad de Iquique; luego, en el año 1990 su padre fallece y la propiedad queda a nombre de todos los herederos, posteriormente, en el año 2004, todos los hijos de común acuerdo en forma libre y espontánea ceden los derechos a su madre. Arguye que en el año 2014, después del terremoto, su madre, como única dueña, decidió disponer de la casa y la ofreció en arriendo, ya que no podía se
Fallo
SE DECLARA: I.- Que, SE RECHAZA, en todas sus partes, la demanda de resolución de contrato por simulación, interpuesta a folio 1 por CRISTIAN ALEXIS HERRERA CORTÉS y CARLOS WLADIMIR HERRERA CORTÉS en contra de ANA ISABEL GERÓNIMA HERRERA CORTÉS. II.- Que, SE RECHAZA, en todas sus partes, la demanda subsidiaria de resolución de contrato por lesión enorme, interpuesta a folio 1 por CRISTIAN ALEXIS HERRERA CORTÉS y CARLOS WLADIMIR HERRERA CORTÉS en contra de ANA ISABEL GERÓNIMA HERRERA CORTÉS. III.- Que, no se condena en costas a la parte demandante, por lo señalado en el motivo décimo tercero. Anótese, regístrese y notifíquese. Rol C-4037-2020. Dictada por doña PATRICIA ALEJANDRA SHAND SCHOLZ, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras de Iquique.- Código: XYXMXCVSXBK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Iquique, veintidós de Noviembre de dos mil veintidós Código: XYXMXCVSXBK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-11-22T13:51:21-0300
Texto Completo (Preview)
FOJA: 56 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Iquiqueº CAUSA ROL : C-4037-2020 CARATULADO : HERRERA/CORT SÉ Iquique, veintidós de Noviembre de dos mil veintidós VISTO: A folio 1, comparecen CRISTIAN ALEXIS HERRERA CORTÉS, empleado público, domiciliado en calle Las Zampoñas N°2494 y CARLOS WLADIMIR HERRERA CORTÉS, empleado, domiciliado en calle Alonso de Ercilla N°
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