VIDAL/MUNICIPALIDAD DE RENGO
Rol
C-780-2019
Fecha
22 de noviembre de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, con fecha 16 de abril de 2019, a folio N 1, compareci do a ° ó ñ MAR AÍ IDILIA VIDAL URRA, chilena, viuda, pensionada, c dula nacional de identidad Né ° 6.257.359-7, domiciliada en Emilio Sotomayor N 185, Poblaci n Gregorio Araya,° ó comuna de Rengo, quien interpuso demanda de prescripci n extintiva de deuda poró concepto de derechos de aseo domiciliario, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA COMUNA DE RENGO, R.U.T. N 69.081.200-2,° representada legalmente por don Carlos Ernesto Soto Gonz lezá , c dula nacional deé identidad N 8.437.701-5, ambos domiciliados en Bisquert N 262, comuna de Rengo,° ° solicitando se declaren prescritas las obligaciones que abarcan desde cuota 1 del a oñ 1997 hasta la cuota 4 del a o 2013, ambas inclusive, y que ascienden a la suma deñ $837.077, con costas, en caso de oposici n. ó Al fundar su demanda se al que es due a de un inmueble ubicado en Emilioñ ó ñ Sotomayor N 185, Poblaci n Gregorio Araya, de la comuna de Rengo, el que figura° ó inscrito a fojas 730 N 717, del a o 2018, del Registro de Propiedad del Conservador de° ñ Bienes Ra ces de Rengo.í Dicho inmueble, conforme a certificado de deuda extendido por la Ilustre Municipalidad de Rengo, se encontrar a con deudas por derechos de aseo domiciliario,í correspondiente al per odo que abarca desde el a o 1997 al a o 2013. De esta manera,í ñ ñ la deuda asciende a $856.246, seg n certificado de deuda emitido por la Ilustreú Municipalidad de Rengo de fecha 22 de febrero de 2019. No obstante, desde la primera cuota del a o 1997 hasta la cuarta cuota del a o 2013, ambas inclusive, y que asciendenñ ñ a la suma de $837.077, deben ser declaradas prescritas. Cit al respecto lo dispuesto en los art culos 2492, 2493 y 2515 del C digo Civil. ó í ó Que, seg n consta en estampado receptorial con fecha 9 de julio de 2019, a folioú N 8, se notific personalmente la demanda de autos y su prove do a la parte° ó í demandada. Código: XQWNXCYMYZJ Este documento tiene firma electrónica y
Fundamentos
CONSIDERANDO: EN CUANTO A LA DEMANDA PRINCIPAL: PRIMERO: Que, con fecha 16 de abril de 2019, a folio N 1, compareci do a° ó ñ MAR A IDILIA VIDAL URRAÍ , quien interpuso demanda de prescripci n extintivaó de deuda por concepto de derechos de aseo domiciliario, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA COMUNA DE RENGO, solicitando se declaren prescritas las obligaciones que abarcan desde cuota 1 del a o 1997 hasta la cuota 4 delñ a o 2013, ambas inclusive, y que ascienden a la suma de $837.077, respecto delñ inmueble ubicado en Emilio Sotomayor N 185, Poblaci n Gregorio Araya, de la° ó comuna de Rengo, el que figura inscrito a fojas 730 N 717, del a o 2018, del Registro° ñ de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Rengo, con costas, en caso deí oposici n, atendidas las razones de hecho y de derecho se aladas en lo expositivo de estaó ñ sentencia. SEGUNDO: Que, con fecha 19 de julio de 2019, a folio N 10, compareci don° ó FELIPE ORO VILLAL NÓ , por la Ilustre Municipalidad de Rengo, quien vino en contestar la demanda de autos, haciendo presente que la declaraci n de prescripci nó ó corresponde exclusivamente a los Tribunales de Justicia, atendidas las razones de hecho y de derecho se alados en lo expositivo del presente fallo.ñ TERCERO: Que, primeramente debe tenerse presente, que la instituci nó jur dica de la prescripci n extintiva, parte del supuesto de que exista v lidamente unaí ó á obligaci n, la cual no se ha hecho exigible ante los Tribunales competentes poró negligencia del acreedor, dentro de un per odo determinado de tiempo, para lo cual,í Código: XQWNXCYMYZJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 constituyen como requisitos legales de procedencia: 1.- la existencia de una obligaci n;ó 2.- que la acci n sea prescriptible; y 3.- la inactividad del acreedor durante unó determinado lapso de tiempo. CUARTO: Que, con el objeto de acreditar sus asertos, la parte demandante rindi la siguiente prueba ó documental: 1.- Inscripci n de fojas 730 N 717 del Registroó ° de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Rengo del a o 2018, Rol de aval oí ñ ú N 511-4. 2.- Certificado de deuda, emitido por el Departamento de Aseo de la° Municipalidad de Rengo, de fecha 22 de febrero de 2019, a nombre de Ra l Hern nú á Mel ndez Flores, respecto de la propiedad ubicada en E SOTOMAYOR 185, Rol deé aval o N 000511-0004.ú ° QUINTO: Que, por su parte, la demandada rindi prueba ó documental, consistente en 1.- Certificado de deuda, emitido por el Departamento de Aseo de la Municipalidad de Rengo, de fecha 18 de julio de 2019, a nombre de Mar a Idilia Vidalí Urra y otros, respecto de la propiedad ubicada en E SOTOMAYOR 185, Rol de aval oú N 000511-0004. 2.- Resoluci n de fecha 11 de febrero de 2021, causa ROL N 1292-° ó ° 2020 Civil, dictada por la Ilustr sima Corte de Apelaciones de Rancagua. 3.- Dictamení 057152N15, de fecha 20 de julio de 2015, dictado por la Contralor a General d
Fallo
Por tanto, y previas citas legales solicit tener por interpuesta demandaó reconvencional de cobro de pesos en procedimiento ordinario, en contra de la demandada reconvencional, ya individualizada en autos, acogerla a tramitaci n y, enó definitiva, hacer lugar, declarando que debe pagar a su representada por concepto de morosidad en el pago de derechos de aseo domiciliario se alados, los per odos y montosñ í indicados, o las que se determine conforme el m rito de autos, debidamente reajustadaé conforme variaci n que experimente el I.P.C. entre la fecha de interposici n de estaó ó demanda y la del pago efectivo y total de la deuda, o por el per odo que se se ale, m sí ñ á intereses por el mismo per odo, con costas. í Código: XQWNXCYMYZJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Que, mediante resoluci n de fecha 23 de septiembre de 2019, a folio N 14, seó ° tuvo por evacuado el tr mite de contestaci n de la demanda reconvencional en rebeld aá ó í de la demandada reconvencional. Que, con fecha 2 de diciembre de 2019, a folio N 18, se llev a efecto el° ó comparendo de conciliaci n, respecto de la demanda principal y reconvencional, con laó asistencia de la parte demandante, representada por su abogado don Farit Guti rrezé Torres, y en rebeld a de la parte demandada principal y demandante reconvencional.í Llamadas las partes a conciliaci n, sta no se produjo, atendida la rebeld a de dichaó é í parte. Que, con fec
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Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Rengoº CAUSA ROL : C-780-2019 CARATULADO : VIDAL/MUNICIPALIDAD DE RENGO Rengo, veintid s de Noviembre de dos mil veintid só ó VISTOS: Que, con fecha 16 de abril de 2019, a folio N 1, compareci do a ° ó ñ MAR AÍ IDILIA VIDAL URRA, chilena, viuda, pensionada, c dula nacional de identidad Né ° 6.257.359-7, domiciliada en Emilio
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