VILLAGRA/SILVA
Rol
C-488-2022
Fecha
22 de noviembre de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que comparece don Luis Alberto Araya Díaz, Abogado, domiciliado en calle Eleuterio Ramírez Número 2579, de la comuna de San Javier, en representación convencional de doña LUCIA DEL CARMEN VILLAGRA VILLAGRA, chilena, viuda, Factor de Comercio, cédula nacional de identidad número seis millones setecientos dieciocho mil ciento setenta y dos guion siete (6.718.172-7), domiciliada en sector Bobadilla, número 931, de la comuna de San Javier, quien señala: que viene en deducir demanda de prescripción en juicio ordinario declarativo en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN JAVIER persona jurídica de derecho público, RUT 69.130.100-1, representada legalmente por su Alcalde, don JORGE IGNACIO SILVA SEPÚLVEDA, chileno, RUT 7.993.074-1, o por quien le reemplace, subrogue o actualmente le represente, ambos con domicilio en calle Arturo Prat #2490, San Javier, a fin de que se declare prescrita las acciones de cobro respecto de la deuda municipal correspondiente a los permisos de circulación de los años 2016 al 2019 relativos al tipo vehículo: Station Wagon. Año 2013, Marca, Volkswagen, Modelo, TIGUAN FL TDI HIGHLINE 2.0 AT, Número de motor, CFF B30021, Número de chasis, WVGZZZ5NZDW517181, Color, Blanco Candy, Combustible, Diesel, Inscripción, DVVW. 56-5. Expresa que, los derechos municipales por concepto de permisos de circulación impagos, con sus reajustes y multas, a la fecha 30 de Septiembre de 2022, ascienden a la suma de $ 3.465.741, monto respecto del cual solicita la declaración de prescripción de su acción para su cobro, los correspondientes a los años anteriores al 2019. Señala que, el artículo 2521 del Código Civil, referido a aquellas prescripciones presuntivas de pago contempladas en el párrafo 4° del Título XIII de dicho cuerpo legal establece que “Prescriben en tres años las acciones a favor Código: KBDFXCQPSZJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 o en contra del Fisco y de las Mu
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don Luis Alberto Araya Díaz, Abogado, domiciliado en calle Eleuterio Ramírez Número 2579, de la comuna de San Javier, en representación convencional de doña LUCIA DEL CARMEN VILLAGRA VILLAGRA, chilena, viuda, Factor de Comercio, cédula nacional de identidad Código: KBDFXCQPSZJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 número seis millones setecientos dieciocho mil ciento setenta y dos guion siete (6.718.172-7), domiciliada en sector Bobadilla, número 931, de la comuna de San Javier deduce demanda de prescripción en juicio ordinario declarativo de menor cuantía en contra de la Ilustre Municipalidad De San Javier, persona jurídica de derecho público, representada legalmente por su Alcalde, don Jorge Ignacio Silva Sepúlveda, o por quien le reemplace, subrogue o actualmente le represente, ambos con domicilio en Arturo Prat, nro. 2490, San Javier, a fin de que S.S declare prescrita las acciones de cobro respecto de la deuda municipal correspondiente a los permisos de circulación anteriores al año 2019, relativos a un vehículo motorizado, tipo Station Wagon. Año 2013, Marca, Volkswagen, Modelo, TIGUAN FL TDI HIGHLINE 2.0 AT, Número de motor, CFF B30021, Número de chasis, WVGZZZ5NZDW517181, Color, Blanco Candy, Combustible, Diesel, Inscripción, DVVW. 56-5, en base a los fundamentos ya desarrollados en lo expositivo del presente fallo. SEGUNDO: Que la demandada se allanó a la demanda presentada en su contra. TERCERO: Que, la parte demandante acompañó en su libelo los siguientes documentos: 1.- Certificado de Inscripción y anotaciones vigentes del vehículo, Inscripción, DVVW. 56-5. Vehículo, Station Wagon. Año 2013. Marca, Volkswagen. Modelo, TIGUAN FL TDI HIGHLINE 2.0 AT. Número de motor, CFF B30021. Número de chasis, WVGZZZ5NZDW517181. Color, Blanco Candy. Combustible, Diesel; 2.- Certificado de deuda de Permiso de Circulación, relativo al vehículo DVVW. 56-5, emitido por el Director de Tránsito de la Ilustre Municipalidad de San Javier, don Claudio Acevedo Montecinos, de fecha 30 de septiembre de 2022. 3.- Mandato Especial, firmado en la Notaria de la comuna de san Javier, consta en repertorio número 1548, de fecha 14 de septiembre 2022.- CUARTO: Que, por su parte, la demandada acompañó escritura pública de mandato judicial de fecha 12 de Mayo de 2022. QUINTO: Que la norma contenida en el artículo 2.521 del Código Civil, establece que “prescriben en tres años las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades, provenientes de toda clase de impuestos”. SEXTO: Que en virtud de lo dispuesto en la norma citada precedentemente y habiéndose acreditado con el mérito de la documentación acompañada los supuestos de procedencia de la acción principal intentada por los periodos anteriores al año 2019 se hará lugar a la acción como se dirá en lo resolutivo del presente fallo. Código: KBDFXCQPSZJ Este documento tiene firma electrónica y su origin
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 2492, 2493 y 2521 del Código Civil, 144 del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: I.- Que, SE HACE LUGAR a la demanda presentada por Luis Alberto Araya Díaz, en representación de doña LUCIA DEL CARMEN VILLAGRA VILLAGRA, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN JAVIER, representada legalmente por su Alcalde don JORGE IGNACIO SILVA SEPÚLVEDA, todos ya individualizados, y en consecuencia se declaran prescritas las acciones tendientes al cobro de la deuda municipal correspondiente a los permisos de circulación desde el año 2016 hasta el año 2019, por la suma total de $3.465.741, relativos a un vehículo motorizado, tipo Station Wagon. Año 2013, Marca, Volkswagen, Modelo, TIGUAN FL TDI HIGHLINE 2.0 AT, Número de motor, CFF B30021, Número de chasis, WVGZZZ5NZDW517181, Color, Blanco Candy, Combustible, Diesel, Inscripción, DVVW. 56-5. II.- Que, no habiendo oposición de la parte demandada, no habrá condena en costas.- Notifíquese al Departamento de Tránsito de la Ilustre Municipalidad de San Javier. Regístrese, notifíquese y archívese si no se apelare.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Javier, veintid s de Noviembre de dos mil veintid só ó Código: KBDFXCQPSZJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Código: KBDFXCQPSZJ Este documento tiene firma electrónica y su origin
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Foja: 1 FOJA: 8 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de San Javier CAUSA ROL : C-488-2022 CARATULADO : VILLAGRA/SILVA San Javier, veintid s de Noviembre de dos mil veintid só ó VISTOS: Que comparece don Luis Alberto Araya Díaz, Abogado, domiciliado en calle Eleuterio Ramírez Número 2579, de la comuna de San Javier, en representación convencional de doña LUCIA DEL CARME
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