Juzgado de Letras y Garantía de Quintero

VICTOR/INVERSIONES BOSQUES DEL MAUCO S.A.

Rol

M-15-2023

Fecha

23 de junio de 2023

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Primero: Que con fecha 24 de abril de 2023 don SMITH VICTOR, trabajador, haitiano, domiciliado en Calle Brisa Marina Olmos 2419, Loncura, comuna de Quintero, presentó demanda en procedimiento monitorio por Despido injustificado o Indebido legal y Cobro de Prestaciones laborales en contra de su ex-empleador, INVERSIONES BOSQUES DEL MAUCO S.A., empresa del giro de inversiones, representada legalmente en virtud de lo dispuesto en el artículo 4º del Código del Trabajo, por don Manuel Ariztia Benoit, ambos domiciliados para estos efectos en Parcela 40, Ex Fundo Las Gaviotas, comuna de Quintero, en virtud de los siguientes argumentos que expone: “1.- Fui contratado bajo vínculo de subordinación y dependencia para mi ex-empleador, INVERSIONES BOSQUES DEL MAUCO S.A., el 03 de mayo de 2019. 2.- Los servicios para los cuales fui contratado consistían en desempeñarme como “reponedor” en Parcela 40, Ex Fundo Las Gaviotas, comuna de Quintero. 3.- Mi última remuneración íntegra ascendía la suma de $593.930.- mensuales. 4.- Respecto de mi jornada de trabajo era de 45 horas semanales según contrato. ANTECEDENTES DEL TÉRMINO DE LA RELACIÓN LABORAL 5.- Con fecha 26 de enero de 2023, fui despedido mediante carta de despido en la cual se invoca la causal de despido del artículo 160 Nº1 letra e) del Código del Ramo, esto es, conducta inmoral. Se me acusa haberme bajado mis pantalones y haber exhibido mis genitales públicamente, lo es absolutamente falso. 6.- Debo hacer presente a US. que la demandada, al momento del término de la relación laboral me adeuda el feriado legal anual y proporcional por la suma de $1.015.900.-, las indemnizaciones legales y sus recargos. ANTECEDENTES Y TRÁMITES POSTERIORES AL DESPIDO 7.- En virtud de los hechos descritos concurro a la Inspección del Trabajo a interponer reclamo administrativo con fecha 27 de enero de 2023, en contra de mi ex–empleador, quedando citadas las partes a comparendo para el día 20 de febrero de 2023. 8.- El día del com

Fundamentos

fundamentos jurisdiccionales y doctrinarios vertidos, negamos la procedencia de la indemnización por falta de aviso previo, la indemnización por años de servicio y recargo legal, tanto de 80% o 100%, según lo demandado, debiendo ser rechazada la demanda con expresa condenación en costas”. Tercero: Que, en la misma audiencia, y luego del llamado a conciliación, que resultó frustrado, se fijaron hechos controvertidos en los siguientes términos: HECHOS NO CONTROVERTIDOS: 1. Respecto a la relación laboral: - Naturaleza jurídica. - Naturaleza de las funciones. - Jornada de trabajo. - Remuneraciones. HECHOS CONTROVERTIDOS: 1. Efectividad de haberse producido un despido del trabajador por la causal del numeral 160 n° 1 letra e, del Código del Trabajo. Hechos y circunstancias, particularmente la efectividad de que el trabajador exhibió sus genitales a trabajadores de la empresa en horario laboral dentro de ellos, una mujer. 2. Efectividad de adeudar las indemnizaciones y cargos que alega la demandante producto de un despido injustificado, en el evento que así se acredite. Hechos y circunstancias. Cuarto: Sentencia parcial. Que, atendido el reconocimiento por parte del empleador demandado del monto adeudado por concepto de feriado legal y proporcional, se dictó sentencia parcial en los siguientes términos: “Como existió un reconocimiento de adeudarse el feriado legal y proporcional por la suma de 1.015.900, se acoge dicha solicitud y

Fallo

En mérito de lo expuesto solicito a US. acoger la demanda de Cobro de prestaciones y condenar a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: i.-) Indemnización compensatoria por el feriado legal anual y proporcional por la suma de $1.015.900.- Todas las sumas y conceptos anteriormente solicitados con los intereses y reajustes legales, con expresa condenación en costas. O a la sumas que US. estime conforme a Derecho, sin perjuicio de los reajustes e intereses legales que correspondan, con expresa condenación en costas”. Segundo: Que con fecha 22 de junio de 2023 se celebró la audiencia única. En esa oportunidad la demandada contestó la demanda en los siguientes términos: “Respecto a los conceptos reclamados por el demandante Don Smith Víctor, cabe señalar lo siguiente. En primer lugar, reconocemos que el demandante Don Smith Victor prestó servicio para el mi representado desde el día 3 de mayo de 2019, bajo vínculo de subordinación y dependencia, cumpliendo labores de reponedor. En cuanto a la última recomendación mensual, esta parte reconoce y no controvierte el monto señalado en la demanda. Ahora bien, con respecto al 26 de enero de 2023, el trabajador fue despedido por la causa de conducta inmoral, causa que se encuentra completamente justificada, como se pasará a explicar y acreditar en la secuela de este juicio. Al respecto, nos cabe decir que el trabajador incurrió en una conducta absolutamente inaceptable, consistente en mostrar públicamente sus genitales en pl

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En Quintero, a 23 de junio de 2023 VISTOS Primero: Que con fecha 24 de abril de 2023 don SMITH VICTOR, trabajador, haitiano, domiciliado en Calle Brisa Marina Olmos 2419, Loncura, comuna de Quintero, presentó demanda en procedimiento monitorio por Despido injustificado o Indebido legal y Cobro de Prestaciones laborales en contra de su ex-empleador, INVERSIONES BOSQUES DEL MAUCO S.A., empresa del g

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