1º Juzgado Civil de Rancagua

JIMÉNEZ/

Rol

V-331-2022

Fecha

21 de noviembre de 2022

Materia

CURADOR, NOMBRAMIENTO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que en folio 1 comparece don GASTON ALEJANDRO BOBADILLA QUINTEROS, abogado, por do a ROSA DEL CARMEN JIMENEZ VASQUEZ,ñ trabajadora agr cola, seg n se acreditar , domiciliada Avenida Membrillar 230,Of.66,í ú á comuna de Rancagua, quien se ala que virtud de lo dispuesto en el art culo 4 de la leyñ í 18.600, es que vengo solicitar la interdicci n definitiva de don MANUEL ALEJANDROó FUENTES JIMENEZ, hijo de mi representada, y a su vez, se le nombre curadora de l,é argumentando que su hijo de 40 a os de edad, naci con una discapacidad mentalñ ó severa, no siendo autovalente bajo ninguna circunstancia, sobrellevando un grado global de discapacidad de un 85%, por lo que se encuentra inscrito en el Registro nacional de la Discapacidad del Servicio de Registro Civil e Identificaci n, seg n dictamen N 5196ó ú ° de fecha 16 de noviembre de 2018 de la Comisi n medicina Preventiva e Invalidez de laó regi n de O Higgins, cuyo certificado se acompa a con esta presentaci n. ó ’ ñ ó Agrega que en la actualidad es la solicitante quien se ha hecho cargo de sus cuidados y atenciones, raz n por la cual se encuentra bajo su absoluta dependencia yó que con el objeto de administrar adecuadamente los bienes de don MANUEL ALEJANDRO FUENTES JIMENEZ, consistente en un inmueble adquirido por sus padres para sus tres hijos, y con el fin de poder venderlo y as proveer de mejor forma aí su mantenci n, pido a SS, se declare su interdicci n definitiva y que mi representada seaó ó nombrada su curadora, a fin de velar por su persona y bienes, todo en virtud de lo dispuesto en el art culo 4 de la ley 18.600.í Por lo que, previas citas solicita se tenga por interpuesta solicitud de declaraci nó de interdicci n definitiva, quedando totalmente privado de la administraci n de susó ó bienes y nombramiento de curador, todo respeto de don MANUEL ALEJANDRO FUENTES JIMENEZ. SEGUNDO: Que, a fin de acreditar los hechos expuestos en su solicitud de folio 1 y 7 se ingres la documental consistente

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 160, 170, 254, 817í y siguientes del C digo de Procedimiento Civil; 443, 447, 456, 1698 del C digo Civil, seó ó declara: I.- Que, se hace lugar a la solicitud de fojas 1 y siguientes, y en consecuencia, se declara la interdicci n definitiva por demencia del discapacitado don ó MANUEL Código: XCTXXCXXMRJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ALEJANDRO FUENTES JIM NEZÉ , C.I N 15.123.607-3,° quedando en consecuencia privado de la libre administraci n de sus bienes.ó II.- Que, se nombra como curadora definitiva de la persona y bienes del interdicta a su madre do a ñ ROSA DEL CARMEN JIM NEZ V SQUEZ, C.IÉ Á : N° 9.985.475-8. III.- Que se exime a la curadora de rendir fianza, en conformidad a lo dispuesto en el art culo 375 del C digo Civil. í ó IV.- Que la curadora deber confeccionar inventario en conformidad a loá regulado en el art culo 380 del C digo Civil, debido protocolizarlo en una notar a de laí ó í jurisdicci n y acompa arlo a los presentes autos. ó ñ V.- Sirva la presente sentencia de suficiente discernimiento . VI.- Dese cumplimiento a lo dispuesto en el art culo 447 del C digo Civil eí ó inscr base la presente sentencia en el registro respectivo del Conservador de Bienesí Ra ces de Rancagua y cumplase con las publ caciones en conformidad a la Ley, í í las que deberan ser anotadas al margen de la inscripci n de la sentencia.ó VII.- Que la noti

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Rancaguaº CAUSA ROL : V-331-2022 CARATULADO : JIM NEZ/É Rancagua, veintiuno de Noviembre de dos mil veintid só VISTOS: PRIMERO: Que en folio 1 comparece don GASTON ALEJANDRO BOBADILLA QUINTEROS, abogado, por do a ROSA DEL CARMEN JIMENEZ VASQUEZ,ñ trabajadora agr cola, seg n se acreditar , domiciliada Avenida Membrillar 230,Of.66,í ú á co

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