BANCO DE ESTADO DE CHILE/ESCOBAR
Rol
C-8737-2021
Fecha
21 de noviembre de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, con fecha tres de noviembre de 2021, comparece BARBARA LARRAIN ERAZO, Abogado, en representación judicial convencional de BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, domiciliados en domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins Nº 1111, piso 8º, Comuna de Santiago, e interpone demanda de cobro ejecutivo de pagaré en contra de SCARLETTE DAYAM ESCOBAR HARO, ignora profesión y oficio, con domicilio en Ensenada N°1784, comuna de Maipú, y/o Pasaje El Senado N°1784, comuna de Maipú, y/o Ramón Subercaseaux N°1268, departamento 79, comuna de San Miguel, solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $20.127.929.-por concepto de capital más los intereses pactados, y ordenar se siga adelante con esta ejecución en su contra, por la suma total indicada, más los intereses señalados, se le requiera de pago, ordenando se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de dichas cantidades a su representado, con expresa condenación en costas. A folio 27, con fecha nueve de agosto de 2022, la demandada opone excepción del artículo 464 N° 17 del Código de Procedimiento Civil, esto es, prescripción de la deuda o sólo de la acción ejecutiva, solicitando admitirla a tramitación y en definitiva acogerla, con costas. A folio 32, con fecha veintinueve de septiembre de 2022, se tuvo por notificada expresamente a la ejecutada de la demanda y requerida de pago, con la fecha de su presentación de folio 27. Asimismo, a folio 32, se confiere traslado a la ejecutante, el cual evacúa a folio 33, por presentación de tres de octubre de 2022, solicitando tener por allanada a la demandante de la excepción interpuesta por la contraria, solicitando que su parte sea eximida de la condena en costas, por haber tenido motivo plausible para demandar la ejecución. A folio 34, por resolución de catorce de octubre de 2022, se omite recibir la causa a prueba y se cita a las partes a oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, con fecha tres de noviembre de 2021, comparece BARBARA LARRAIN ERAZO, Abogado, en representación judicial convencional de Código: XXZDXCNXDRJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, domiciliados en domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins Nº 1111, piso 8º, Comuna de Santiago, e interpone demanda de cobro ejecutivo de pagaré en contra de SCARLETTE DAYAM ESCOBAR HARO, ignora profesión y oficio, con domicilio en Ensenada N°1784, comuna de Maipú, y/o Pasaje El Senado N°1784, comuna de Maipú, y/o Ramon Subercaseaux N°1268, departamento 79, comuna de San Miguel, solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $20.127.929.-por concepto de capital más los intereses pactados, y ordenar se siga adelante con esta ejecución en su contra, por la suma total indicada, más los intereses señalados, se le requiera de pago, ordenando se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de dichas cantidades a su representado, con expresa condenación en costas. Funda su demanda en que su representado es dueño del pagaré que acompaña y que pido se tenga por reproducido, por el cual la persona demandada se obligó a pagar a su parte la suma de $20.127.929.-, con más un interés del 0,7900% mensual, mediante 78 cuotas mensuales iguales y sucesivas, equivalentes en pesos, de $359.843.- cada una, salvo la última que sería de $359.853.- y venciendo la primera de ellas el día 5 de julio de 2021. Agrega que en el mismo documento, además, se estableció que para el caso de no pago oportuno de la obligación, la parte deudora pagaría intereses del máximo convencional a la fecha de suscripción, y que el banco podría hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuera de plazo vencido, mediante su cobro judicial. Asimismo, también se señaló el carácter de indivisible de la obligación, liberando al tenedor de la obligación de protesto. Señala que es del caso que la parte deudora no pagó la cuota de su obligación con vencimiento al mes de julio de 2021, ni ninguna posterior, por lo que adeuda a su representado la suma de $20.127.929.-, por saldo de capital más los intereses pactados. Indica que habiéndose autorizado la firma del suscriptor ante Notario, este documento constituye Título Ejecutivo, siendo la deuda líquida, actualmente exigible y no encontrándose prescritas las acciones. SEGUNDO: Que, a folio 27, con fecha nueve de agosto de 2022, la demandada opone excepción del artículo 464 N°17 del Código de Procedimiento Civil, esto es, prescripción de la deuda o sólo de la acción ejecutiva, solicitando admitirla a tramitación y en definitiva acogerla, con costas. Funda su defensa en que la demandante arguye en su libelo, expresamente que la ejecutada se encuentra en mora desde el mes de julio de 2021, con lo cual se habría configurado la causal prevista en
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 144, 160, 170, 434, 435, 464 N°17, 470 y 471 del Código de Procedimiento Civil; 1681 y siguientes, 1698 del Código Civil, y Ley 18.092, se declara: I. Se acoge la excepción de prescripción de la acción ejecutiva opuesta por la parte demandada, negando lugar a la demanda ejecutiva. II. Cada parte soportará sus costas, por haberse allanado a la excepción la ejecutante y haber tenido motivo plausible para iniciar la ejecución. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Dictado por doña Lidia Ferrada Valdebenito, Jueza Suplente. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintiuno de Noviembre de dos mil veintid só Código: XXZDXCNXDRJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-11-21T20:33:50-0300
Texto Completo (Preview)
FOJA: 26 .- veintis is.-é NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 18 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-8737-2021 CARATULADO : BANCO DE ESTADO DE CHILE/ESCOBAR Santiago, veintiuno de Noviembre de dos mil veintid só VISTO: A folio 1, con fecha tres de noviembre de 2021, comparece BARBARA LARRAIN ERAZO, Abogado, en representación judicial convencional de BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa au
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