3º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

POBLETE/CONTRERAS

Rol

C-1184-2022

Fecha

21 de noviembre de 2022

Materia

REIVINDICACIÓN

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, con fecha 09 de mayo de 2022, comparece doña Loreto Paulina Delgado Poblete, abogado, en representación de doña Loreto Paulina Poblete Araneda, empresaria, cédula de identidad N°12.347.323-K, ambas con domicilio en calle Bernardo O´higgins N°1302 B, comuna de Tocopilla, Región de Antofagasta, e interpone demanda reivindicatoria en juicio ordinario, en contra de don Cristian Alejandro Contreras Olivares, chileno, casado, empleado, cédula nacional de identidad número 17.725.217-4, domiciliado en pasaje Fermín Vivaceta N°636, comuna de Antofagasta. Funda su demanda en el Contrato de Cesión de Derechos a título Oneroso sobre bien Inmueble, de fecha 12 de marzo de 2021, anotado bajo el repertorio N°1192-2021, otorgado en la notaria de don Gonzalo Hurtado Peralta de Antofagasta, en el que consta que los cedentes, doña Yisel Alejandra Ibáñez Bugueño y don Lorenzo de Jesús Ibáñez Bugueño, vendieron, cedieron y transfirieron a la demandante, quien compró, aceptó y adquirió para sí, la totalidad de los derechos, acciones o cuotas indivisas que le corresponden o puedan corresponder a los cedentes respecto a un inmueble fiscal, que habita y ocupa, ubicado en calle tres sin número, que corresponde al sitio número diez de la manzana número tres, de Caleta Buena, de la comuna de Tocopilla. En cuanto al precio de dicha cesión, señala que corresponde a un monto Código: XXXCXCFEPNJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1184-2022 único y total de seis millones de pesos, al contado y en dinero en efectivo, siendo recibido por los cedentes a su entera conformidad, otorgando desde ya a la cesionaria el total e íntegro finiquito al respecto. Añade que con fecha 16 de marzo de 2021, se solicitó inscribir en el registro de propiedad del conservador de Bienes Raíces de Tocopilla, dicha cesión de derechos, siendo revisada y aprobada, solicitando que se hiciera la transferencia bancaria con

Fundamentos

Considerando 6º, Rol 5.045-2019, Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema)”. Y respecto del último requisito: c) El inmueble en cuestión, ya individualizado precedentemente se trata de una cosa singular. Según consta en la Escritura pública de Cesión de derechos de fecha 12 de marzo de 2021, anotada bajo el repertorio N°1192-2021, otorgada en la notaria de don Gonzalo Hurtado Peralta, la propiedad raíz antes individualizada, pertenece a su representada y que por el actuar de mala fe y en contra de toda norma de los señores: doña Yisel Alejandra Ibáñez Bugueño, Lorenzo de Jesús Ibáñez Bugueño y don Cristian Alejandro contreras olivares, figura propiedad raíz actualmente inscrita a nombre de don Cristian Alejandro Contreras Olivares, a fojas 179, N° 174 del año 2022, en el Registro de Propiedad perteneciente al Conservador de Bienes Raíces de Tocopilla. En cuanto al Derecho, argumenta al amparo de los artículos 889, 890 y 893 del Código Civil, que todas ellas se Código: XXXCXCFEPNJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1184-2022 encuadran en la situación fáctica que afecta a su representada, por lo que es procedente que se restablezca la posesión material e inscrita del inmueble ya individualizado a la actora, obligándose, al demandado, a restituirlo, y cancelando la inscripción que rola a fojas 179 N° 174 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Tocopilla, correspondiente al año 2022, la cual figura a nombre del demandado don Cristian Alejandro Contreras Olivares. Solicita se declare: a) que la propiedad raíz, ubicada en Tocopilla, que corresponde a un inmueble fiscal que habita y ocupa, ubicado en calle tres sin número, sitio número diez de la manzana número tres, de Caleta Buena, el que según sus títulos tiene una superficie de quinientos diez coma cero cero metros cuadrados y cuyos deslindes particulares son: AL NORTE: con calle tres, en línea recta de diecisiete coma cero cero metros; AL ESTE: con sitio número once, en línea recta de treinta coma cero cero metros; AL SUR: con sitio número cinco, en línea recta de diecisiete coma cero cero metros; y AL OESTE: con sitio número nueve, en línea recta de treinta coma cero cero metros, es de dominio exclusivo de su representada, doña Loreto Paulina Poblete Araneda, adquirido mediante escritura pública de cesión de derechos de fecha 12 de marzo del año 2021 y por consiguiente, el demandado no tiene derecho alguno sobre el inmueble; b) el demandado debe restituir la posesión material e inscrita del inmueble, a su dueña; c) Se ordene dejar sin efecto la inscripción que rola a fojas 179 N° 174 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Tocopilla correspondiente al año 2022, la que deberá ser cancelada por el señor Conservador de Bienes Raíces de Tocopilla; d) El demandado debe restituir el inmueble referido, dentro de tres días de ejecutoriada la sentencia definitiva de autos, bajo ape

Fallo

se acuerda bien, se levantó en la mañana y lo primero que ve es una camioneta y como un esos que traen cama que no recuerda cómo se llaman, habían dos vehículos ahí en el terreno y dijo “esta la Loreto ahí”, pensó que era su amiga, Código: XXXCXCFEPNJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1184-2022 cruzó al frente y salió una señora, no le sabe el nombre, y ella le preguntó por Loreto; la mujer le contestó que no, la casa es mía, y le mostró unos papeles; llamó a su amiga y la puso al tanto y de ahí le mostró sus papeles y de ahí no ha sabido más de ella, estuvo dos días ahí y se fueron. Contrainterrogada si se acuerda cuando encontró a estas personas con dos vehículos frente a su casa, responde que más menos fue como en abril de ahora del 2022 de este año. Agrega que no sabe cómo se llaman esas personas, no las conocía tampoco Responde que son esas casas rodantes y una camioneta y no sé si había un auto también. Añade que ellos estuvieron ahí, dijeron que la casa era de ello y no se iban a mover y después de repente se fueron. Señala que si, pusieron un candado. Al segundo punto de prueba la testigo declara que en el momento ellos no estaban en ese inmueble, ellos vendieron ese inmueble, después apareció la otra persona a quien no le sabe los nombres, ellos aparecieron y se instalaron ahí, estuvieron dos días, estuvieron en la mañana, noche y se fueron al otro día, pero de ahí no he sabido nada más de él s

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C-1184-2022 FOJA: 41. PROCEDIMIENTO : ORDINARIO DE MAYOR CUANTÍA. MATERIA : ACCION REIVINDICATORIA. DEMANDANTE : LORETO PAULINA POBLETE ARANEDA. DEMANDADO : CRISTIAN ALEJANDRO CONTRERAS OLIVARES ROL : C-1184-2022 Antofagasta, veintiuno de noviembre de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, con fecha 09 de mayo de 2022, comparece doña Loreto Paulina Delgado Poblete, abogado, e

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