SILVA/MUNICIPALIDAD DE RENGO
Rol
C-783-2019
Fecha
18 de noviembre de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, con fecha 16 de abril de 2019, a folio N 1, compareci do a ° ó ñ NURIA CRUZ SILVA CARO, chilena, soltera, pensionada, c dula nacional de identidad Né ° 6.443.409-8, domiciliada en Los Alerces N 676 (ex casa 40), Lo Cartagena, comuna de° Rengo, quien interpuso demanda de prescripci n extintiva de deuda por concepto deó derechos de aseo domiciliario, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA COMUNA DE RENGO, R.U.T. N 69.081.200-2, representada legalmente por don° Carlos Ernesto Soto Gonz lezá , c dula nacional de identidad N 8.437.701-5, ambosé ° domiciliados en Bisquert N 262, comuna de Rengo, solicitando se declaren prescritas las° obligaciones que abarcan desde cuota 2 del a o 2007 hasta la cuota 1 del a o 2014,ñ ñ ambas inclusive, y que ascienden a la suma de $1.607.804, con costas, en caso de oposici n. ó Al fundar su demanda se al que es due a de derechos sobre un inmuebleñ ó ñ ubicado en Los Alerces N 676 (ex casa 40), Lo Cartagena, de la comuna de Rengo, el° que figura inscrito a fojas 1295 N 1719, del a o 1994, del Registro de Propiedad del° ñ Conservador de Bienes Ra ces de Rengo, y tambi n a fojas 476 N 599, del a o 2011,í é ° ñ del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Rengo.í Dicho inmueble, conforme a certificado de deuda extendido por la Ilustre Municipalidad de Rengo, se encontrar a con deudas por derechos de aseo domiciliario,í correspondiente al per odo que abarca desde el a o 1998 al a o 2018. De esta manera,í ñ ñ la deuda asciende a $1.676.860, seg n certificado de deuda emitido por la Ilustreú Municipalidad de Rengo de fecha 6 de febrero de 2019. No obstante, desde la segunda cuota del a o 2007 hasta la primera cuota del a o 2014, ambas inclusive, y queñ ñ ascienden a la suma de $1.607.804, deben ser declaradas prescritas. Cit al respecto lo dispuesto en los art culos 2492, 2493 y 2515 del C digo Civil. ó í ó Que, seg n consta en estampado receptorial con fecha 9 de julio de 2019, a folioú N 9, se notific person
Fundamentos
considerando las condiciones econ micas en los que stosó é se encuentran, en este caso do a ñ NURIA CRUZ SILVA CARO que est patrocinadaá por la Corporaci n de Asistencia Judicial, por lo que pertenece al 40% m s vulnerableó á de la poblaci n de Chile.ó Que, con fecha 30 de enero de 2020, a folio N 21, se llev a efecto el° ó comparendo de conciliaci n, respecto de la demanda principal y reconvencional, con laó asistencia de la parte demandante, representada por su abogado don Farit Guti rrezé Torres, y en rebeld a de la parte demandada. Llamadas las partes a conciliaci n, sta noí ó é se produjo, atendida la rebeld a de la parte demandada. í Que, con fecha 4 de diciembre de 2020, a folio N 28, se recibi la causa a° ó prueba, fij ndose los hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, sobre los que staá é deb a recaer. í Que, con fecha 9 de septiembre de 2022, a folio N 42, se cit a las partes a o r° ó í sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: EN CUANTO A LA DEMANDA PRINCIPAL: PRIMERO: Que, con fecha 16 de abril de 2019, a folio N 1, compareci do a° ó ñ NURIA CRUZ SILVA CARO, quien interpuso demanda de prescripci n extintiva deó deuda por concepto de derechos de aseo domiciliario, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA COMUNA DE RENGO, solicitando se declaren prescritas las obligaciones que abarcan desde cuota 2 del a o 2007 hasta la cuota 1 delñ a o 2014, ambas inclusive, y que ascienden a la suma de $1.607.804, con costas, en casoñ de oposici n, atendidas las razones de hecho y de derecho se aladas en lo expositivo deó ñ esta sentencia. SEGUNDO: Que, con fecha 19 de julio de 2019, a folio N 11, compareci don° ó FELIPE ORO VILLAL NÓ , por la Ilustre Municipalidad de Rengo, quien vino en contestar la demanda de autos, haciendo presente que la declaraci n de prescripci nó ó corresponde exclusivamente a los Tribunales de Justicia, atendidas las razones de hecho y de derecho se alados en lo expositivo del presente fallo.ñ TERCERO: Que, primeramente debe tenerse presente, que la instituci nó jur dica de la prescripci n extintiva, parte del supuesto de que exista v lidamente unaí ó á obligaci n, la cual no se ha hecho exigible ante los Tribunales competentes poró negligencia del acreedor, dentro de un per odo determinado de tiempo, para lo cual,í constituyen como requisitos legales de procedencia: 1.- la existencia de una obligaci n;ó 2.- que la acci n sea prescriptible; y 3.- la inactividad del acreedor durante unó determinado lapso de tiempo. CUARTO: Que, con el objeto de acreditar sus asertos, la parte demandante rindi la siguiente prueba ó documental: 1.- Inscripci n de fojas 1295 Vuelta N 1719 deló ° Código: SXXMXCFQRSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Rengo del a o 1994. 2.-í ñ Inscripci n de fojas 476 Vuelta N 599 del Registro de Propiedad del Conservador deó ° Bienes Ra ces de Rengo del a o 2011. 3.- Ce
Fallo
Por tanto, y previas citas legales solicit tener por interpuesta demandaó reconvencional de cobro de pesos en procedimiento ordinario, en contra de la demandada reconvencional, ya individualizada en autos, acogerla a tramitaci n y, enó definitiva, hacer lugar, declarando que debe pagar a su representada por concepto de morosidad en el pago de derechos de aseo domiciliario se alados, los per odos y montosñ í indicados, o las que S.S., determine conforme el m rito de autos, debidamente reajustadaé conforme variaci n que experimente el I.P.C. entre la fecha de interposici n de estaó ó demanda y la del pago efectivo y total de la deuda, o por el per odo que S.S., se ale,í ñ m s intereses por el mismo per odo, con costas. á í Que, con fecha 29 de julio de 2019, a folio N 13, compareci don ° ó FARIT GUTI RREZ TORRESÉ , evacuando el traslado conferido a folio N 12, solicitando se° resuelva la pretensi n deducida por la contraria conforme a derecho y de acuerdo a lasó probanzas que sta rinda dentro del juicio en la oportunidad procesal correspondiente.é Indic que con fecha 06 de febrero del a o 2019, su patrocinada do a ó ñ ñ NURIA CRUZ SILVA CARO, tom conocimiento de la deuda que se le cobra por conceptoó de derechos de aseo domiciliario por el inmueble del cual es due a, el cual se encuentrañ ubicado en Los Alerces N 679, (ex casa 40) Lo Cartagena, comuna de Rengo, tal y° como consta en el certificado de dominio vigente que se acompa en otros de lañó í demanda en autos. Código: SX
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Rengoº CAUSA ROL : C-783-2019 CARATULADO : SILVA/MUNICIPALIDAD DE RENGO Rengo, dieciocho de Noviembre de dos mil veintid s.ó Rengo, a dieciocho de noviembre del a o dos mil veintid s. ñ ó VISTOS: Que, con fecha 16 de abril de 2019, a folio N 1, compareci do a ° ó ñ NURIA CRUZ SILVA CARO, chilena, soltera, pensionada, c dula nacional
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