INVERSIONES BOSQUEMAR LIMITADA/
Rol
V-10-2022
Fecha
16 de noviembre de 2022
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, comparece AÍDA LORETO RETAMAL ZÚÑIGA, chilena, casada, abogado, cédula de identidad N°10.607.702-9, en representación de la sociedad INVERSIONES BOSQUEMAR LIMITADA, del giro de su denominación, RUT Nº 77.686.470-6, ambos con domicilio, para estos efectos, en O´Higgins N°940 Oficina 901, en la ciudad de Concepción solicitando constituir concesión minera de exploración de sustancias concesibles, sobre una superficie de 100 hectáreas denominada “MAICAS 36” y se ubica en la Provincia de Bío Bío, comuna de Mulchén, Octava Región, y sus coordenadas UTM, referidas al Datum Provisorio Sudamericano, La Canoa 1956, Elipsoide Internacional 1924, Huso 18, son: Norte 5.819.200,00 al Este 743.200,00. La superficie de la cara superior es de 100 hectáreas y conforman un cuadrángulo de 1.000 metros de norte a sur UTM, por 1.000 metros de Este a Oeste UTM. Pide dictar en favor de su representada, la sentencia constitutiva correspondiente, ordenando su inscripción y publicación, con arreglo a la ley. A folio 3 se tiene por iniciada la gestión. A folio 4 se acompañan copia de inscripción en el registro de descubrimientos del Conservador de minas de Mulchén de fojas 47 Nº 17, del Registro de Descubrimiento de Minas del año 2022, del Conservador de bienes raíces de Mulchén., publicación en el Boletín Oficial de Minería N°43.178 de fecha 14 de Código: XZHXXCTRXVH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 febrero de 2022, donde se publicó la inscripción del pedimento original., comprobante de pago de tasa del pedimento en Tesorería General de la República y patente proporcional; y plano de la concesión de exploración solicitada. A folio 6 se remite oficio al Servicio Nacional de Geología y Minería a fin de que informe sobre la materia de autos. A folio 9 se evacúa informe por el Servicio Nacional de Geología y Minería, indicando que la petición cumple los parámetros legales y reglamentarios. A foli
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que el peticionario presentó su solicitud con fecha 18 de enero de 2022, a las 17:00:15 a través de la Oficina Judicial Virtual, según consta a folio 1. En dicha solicitud se indica como datos de la concesión de exploración la siguiente superficie de 100 hectáreas denominada “MAICAS 36” y se ubica en la Provincia de Bío Bío, comuna de Mulchén, Octava Región, , y sus coordenadas UTM, referidas al Datum Provisorio Sudamericano, La Canoa 1956, Elipsoide Internacional 1924, Huso 18, son: Norte 5.819.200,00 al Este 743.200,00. La superficie de la cara superior es de 100 hectáreas y conforman un cuadrángulo de 1.000 metros de norte a sur UTM, por 1.000 metros de Este a Oeste UTM SEGUNDO: Que la solicitud de pedimento fue inscrita a fojas 47 Nº 17, del Registro de Descubrimiento de Minas del año 2022, del Conservador de Minas Mulchén TERCERO: Que la solicitud de pedimento fue publicada en el Boletín Oficial de Minería de Santiago Nº 43.178 de fecha 14 de febrero de 2022.- CUARTO: Que, además, se acreditó el pago de comprobante de pago de tasa del pedimento en Tesorería General de la República y patente proporcional. QUINTO: Que se acompañaron materialmente los planos de la concesión de exploración. SEXTO: Que el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió su informe mediante oficio Nº002460 de fecha 26 de agosto de 2022, que consta a folio 9, concluye que la petición de autos se ajusta a las normas legales, reglamentarias y técnicas relacionados con la Solicitud. SEPTIMO: Que habiéndose cumplido con las disposiciones legales y reglamentarias que regulan la materia de autos, se accederá a lo solicitado según se dirá en lo resolutivo de la sentencia Y, Visto lo dispuesto en los artículos 26, 27, 28, 34, 35, 37, 41, 43, 46, 55, 56, 57, 58, y siguientes del Código de Minería y artículos 160, 170, 817 y demás Código: XZHXXCTRXVH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 aplicables del Código de Procedimiento Civil, y habiendo cumplido la peticionaria con el procedimiento de constitución de la concesión de exploración,
Fallo
SE DECLARA: I.- Que HA LUGAR, a la solicitud de folio 1, y en consecuencia, otorga concesión de exploración denominada “Maicas 36” a la empresa sociedad INVERSIONES BOSQUEMAR LIMITADA, del giro de su denominación, RUT Nº 77.686.470-6, con domicilio, para estos efectos, en O´Higgins N°940 Oficina 901, en la ciudad de Concepción. II.-La concesión de exploración solicitada comprende un cuadrángulo de 1.000,00 metros de largo con rumbo U.T.M. Norte-Sur, por 1.000,00 metros de ancho con rumbo U.T.M. Este-Oeste. Los vértices de la cara superior de la concesión y el punto medio tienen las siguientes coordenadas U.T.M.: VERTICE NORTE (m) ESTE (m) Punto Medio (P.M.) 5.819.200,00 743.200,00 V 1 5.819.700,00 742.700,00 V 2 5.819.700,00 743.700,00 V 3 5.818.700,00 743.700,00 V 4 5.818.700,00 742.700,00 El punto medio está ubicado en las coordenadas U.T.M. ya señaladas, en el centro del cuadrángulo pedido. La relación de azimut y distancia entre el vértice V1 del perímetro y el Punto Medio del Pedimento está dado por una distancia UTM. de 707,11 metros y un azimut U.T.M. de 150,0000 grados centesimales. Las coordenadas están referidas al Datum Provisorio Sudamericano, La Canoa 1956, Elipsoide Internacional 1924, Huso 18. III- Que SE APRUEBA el plano de concesión de exploración minera denominada “Maicas 36”, acompañado a folio 11 el cual deberá ser debidamente autorizado por el Servicio Nacional de geología y Minería, previo a su archivo en el Registro respectivo.- IV.- PUBLÍQUESE, en e
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Foja: 1 FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Mulchen CAUSA ROL : V-10-2022 CARATULADO : INVERSIONES BOSQUEMAR LIMITADA/ Mulchen, dieciseis de Noviembre de dos mil veintidós VISTOS: A folio 1, comparece AÍDA LORETO RETAMAL ZÚÑIGA, chilena, casada, abogado, cédula de identidad N°10.607.702-9, en representación de la sociedad INVERSIONES BOSQUEMAR LIMIT
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